Desde el año 2008, en virtud de la notoria ineficiencia y corrupción del sistema procesal mixto empleado desde hace tiempo en nuestro país, se optó por iniciar un camino para modificar dicho sistema por uno de carácter acusatorio. Actualmente, se ha llegado al plazo límite en el que cada entidad federativa debió haber adecuado todos los elementos necesarios para que estos se acoplasen con las reformas planteadas.
Aspectos que radican desde la óptima capacitación de la policía, hasta la creación de nuevos espacios donde puedan llevarse a cabo los juicios orales, constituyen algunas de las piezas imprescindibles para asegurar la correcta aplicación del proceso de carácter garantista e igualitario que se decidió poner en marcha.
No obstante, luego de haberse cumplido el plazo para que cada estado modificara todo lo necesario, valdría la pena hacerse la pregunta: ¿Se incluyó todo lo necesario a las reformas de nuestro sistema procesal? ¿O acaso existen fundamentos que pasamos de largo y que deberíamos plantear, con el fin de acrecentar las posibilidades de éxito en lo que la administración de justicia se refiere? Dentro de las consideraciones que probablemente debieron contemplarse, considero la implementación de un jurado como una de las más urgentes; definido como una institución en la cual los ciudadanos contribuyen a la administración de justicia mediante la emisión de un veredicto que decide la culpabilidad o inocencia de un imputado en un juicio, la figura del jurado es aplicada actualmente en un diverso grupo de países (en los cuales es variable el rango de aplicación de dicha figura, por ejemplo: Brasil sólo utiliza al jurado para ciertos delitos) , entre los que son parte: España, Estados Unidos, Noruega, Escocia, Brasil, Italia, Suecia, entre otros. De esta forma, los países que cuentan con un jurado incluyen, de una forma mayor a la ciudadanía, en lo que la administración de la justicia se refiere.
Si bien hay actualmente objeciones a tal institución, bajo argumentos como la considerable posibilidad de persuadir a un grupo personas que no son precisamente conocedores del derecho, absolviendo así a individuos culpables de los delitos que se les imputan, habría que preguntarse ¿qué hay de los demás poderes de la unión? Pues se habla mucho del riesgo antes mencionado, sin tomar en cuenta que actualmente un gran número de nuestros legisladores no cuentan exactamente con una carrera afín a la creación de normas; lo siguiente tomando en cuenta que, son ellos los que pueden modificar nuestra ley suprema: la Constitución Mexicana.
Dicho esto, no se trata por otro lado, de sugerir la existencia de un poder legislativo donde imperen los conocedores del derecho y la política sobre la voluntad del pueblo, sino al contrario: habría que ampliar esa voluntad del pueblo hacia nuestro poder judicial, el cual hoy carece de democracia.
Igualmente, por el hecho de ser necesaria la progresividad de las leyes, entendiéndose esto como el llevar a cabo una reforma de proporción considerable por etapas, (tal como se llevó a cabo la transición del sistema mixto al sistema acusatorio) considero que la propuesta de crear un jurado debería implementarse por pasos, comenzando por implementar jurados para casos civiles, así como para delitos menores. Esto, con el fin de dotar a la democracia de un carácter progresivo, para que de esta forma los ciudadanos estemos más adentrados en los asuntos que nos conciernen.
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