AMLO: Parque Ecológico en el Lago de Texcoco será área natural protegida

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Como parte del proyecto de Parque Ecológico del Lago de Texcoco, el presidente Andrés Manuel López Obrador dijo que se llevará a cabo una consulta en 16 ejidos del Estado de México para declarar el lugar como Área Natural Protegida.

“Se está rescatando el Lago de Texcoco para la conservación de la flora y la fauna, en especial de patos y aves migratorias»

“Se llevará a cabo una consulta con los pueblos para declarar 14 mil hectáreas -10 mil de zona federal y 4 mil de propiedad social- como Área Natural Protegida”, difundió el Mandatario en su cuenta de Twitter.

Luego en un video, el titular del Ejecutivo dijo que de aprobarse la consulta se publicara el decreto de Área Natural Protegida el 24 de febrero de 2022 en el Diario Oficial de la Federación.

El Presidente estuvo acompañado por la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum; el gobernador del Estado de México, Alfredo del Mazo; el secretario de la Defensa, Luis Cresencio Sandoval y la secretaria del Medio Ambiente, María Luisa Albores.

El presidente López Obrador agradeció el apoyo de las Fuerzas Armadas para este proyecto y por la construcción del aeropuerto internacional Felipe Ángeles, que será inaugurado el 21 de marzo de 2022.

El Mandatario presumió los aves como los patos y las garzas que comienzan a habitar lo que fuera el Lago de Texcoco.

(Fuente: Luis Cardenas MX)

Decreto para que obras sean asunto de seguridad nacional es para agilizar trámites: AMLO

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Luego de que ayer se publicara en el Diario Oficial de la Federación el decreto para que obras del gobierno se consideren asunto de seguridad nacional, esta mañana el presidente López Obrador aclaró que se trata de un acuerdo para agilizar trámites y proteger las obras contra posibles amparos que busquen frenar los trabajos.

Durante su conferencia de prensa matutina, el titular del Ejecutivo detalló que el acuerdo publicado es un «asunto interno» entre dependencias de la federación para que puedan colaborar entre sí y de esta manera agilizar también las obras.

«Por eso contesto esto del decreto, es un acuerdo interno para facilitar y que podamos terminar las obras, porque cuántos días nos faltan para terminar el aeropuerto, como 120 días más o menos«, expresó el presidente desde Palacio Nacional.

Además, López Obrador aseguró que esta medida no tiene nada que ver con la transparencia y la rendición de cuentas pues su administración trabaja bajo principios de honestidad, rendición de cuentas, protección al medio ambiente y justicia.

Por otra parte, el primer mandatario criticó que existan opositores que están señalando que este decreto es para que no se informe sobre las obras y no haya honestidad. 

«Es un asunto interno entre dependencias, por ejemplo, que la Secretaría de Medio Ambiente ayude a Comunicaciones y Transportes y ayude a Fonatur en las empresas que están trabajando en el Tren Maya para que tengan tramo y no se detenga la obra porque tenemos que avanzar, terminar, concluir las obras. Esto no tiene que ver con la transparencia, las secretarías, todos estamos obligados a rendir cuentas«, señaló.

Asimismo, el presidente López Obrador aseveró que el gobierno federal tiene la convicción de actuar con honestidad y cero corrupción e impunidad.

«Ahora pensando que somos iguales, sacamos este acuerdo para facilitar el avance en la construcción de obras y están ellos suponiendo porque es un periódico de conjeturas, además de mala fe, de que es para ocultar información y para que no haya transparencia, así son los conservadores, les gusta mucho o su doctrina es esa cosa y esa cosa es la hipocresía«, puntualizó.

(Fuente: Luis Cárdenas MX)

AMLO declara de seguridad nacional los proyectos de infraestructura de su gobierno

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El presidente Andrés Manuel López Obrador declaró este lunes como de interés público y de seguridad nacional los proyectos de infraestructura y las obras de su Gobierno que estén asociados a infraestructura de diversos sectores.

El acuerdo del presidente López Obrador fue publicado en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF). En este se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a otorgar “permisos provisionales” para la realización de los proyectos y obras del Gobierno federal, estableciendo un plazo de un año para su autorización definitiva.

López Obrador declaró que serán considerados proyectos de seguridad nacional e interés público aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios o estratégicos para el desarrollo nacional.

Los proyectos podrán estar asociados a los sectores de comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades, energético, puertos, aeropuertos, incluso turístico.

“La autorización provisional será emitida en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la presentación de solicitud correspondiente. Transcurrido dicho plazo sin que se emita una autorización provisional expresa, se considera resulta en sentido positivo”, se lee en el decretó.

Se detalla que la autorización provisional tendrá vigencia de un año, contando a partir de su emisión. En este periodo se deberá obtener la autorización definitiva.

Cabe mencionar que obras insignia del actual gobierno como el aeropuerto de Santa Lucía, el Tren Maya y la refinería de Dos Bocas entrarían en la definición de seguridad nacional, así que el gobierno federal podría negarse a entregar información vía transparencia sobre estos proyectos.

El mandatario justificó que su decisión se basa en el artículo 26 de la Constitución, debido a que “México requiere infraestructura para fomentar su desarrollo de manera incluyente y acercar oportunidades a las regiones más rezagadas”.

“Los proyectos regionales de infraestructura, desarrollo socioeconómico y turismo son importantes para incrementar la derrama económica del turismo, crear empleos, impulsar el desarrollo sostenible y proteger el medio ambiente”, agrega.

Cofece pide a CRE apegarse a proceso para regular precios de Gas LP establecido a la ley

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La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) pidió a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) apegarse al procedimiento legal previsto en la Ley de Hidrocarburos y la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) para, en su caso, regular los precios del gas LP.

La Secretaría de Energía (Sener) publicó en el Diario Oficial de la Federación la directriz de Emergencia para el bienestar del Consumidor de Gas Licuado de Petróleo, en la que exhorta a la CRE a establecer una metodología para fijar precios máximos al consumidor final de gas LP, en un plazo máximo de tres días, la cual tendría una vigencia de seis meses.

El regulador para la competencia dijo que esa acción es contraria al mecanismo establecido en la LH para regular los precios del gas LP, el cual requiere de una declaratoria de ausencia de condiciones de competencia por parte de la Cofece como condición necesaria, previa a una regulación de precios.

La Cofece señaló que esta decisión dependerá de que cada una de las autoridades involucradas cumpla, conforme a sus facultades, con el debido proceso establecido en la normativa, para lo cual la comisión deberá concluir una investigación y determine si existen o no condiciones de competencia efectiva.

(Fuente: Luis Cárdenas MX)

Publican la Ley Olimpia en el Diario Oficial de la Federación

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Las reforms a la Ley General de Acceso de las Mujeres a un Vida Libre de Violencia en materia de violencia digital y mediática, mejor conocida como Ley Olimpia, fue publicada este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

El decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal entrará en vigor a partir del 2 de junio.

La nueva ley dispone de tres artículos en donde detalla los tres modalidades de violencia contra las mujeres.

El artículo 20 Quáter define la violencia digital como toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación o sin su autorización y que le cause daño psicológico, emocional, en cualquier ámbito de su vida privada o en su imagen propia.

Así como aquellos actos dolosos que causen daño a la intimidad, privacidad y/o dignidad de las mujeres, que se cometan por medio de las tecnologías de la información y la comunicación.

El artículo 20 Quinquies afirma que la violencia mediática es todo acto a través de cualquier medio de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra las mujeres y las niñas, produzca o permita la producción y difusión de discurso de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres, que cause daño a las mujeres y niñas de tipo psicológico, sexual, físico, económico, patrimonial o feminicida.

La violencia mediática se ejerce por cualquier persona física o moral que utilice un medio de comunicación para producir y difundir contenidos que atentan contra la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de las mujeres y niñas, que impide su desarrollo y que atenta contra la igualdad.

El artículo 20 Sexies afirma que tratándose de violencia digital o mediática para garantizar la integridad de la víctima, la o el Ministerio Público, la jueza o el juez, ordenarán de manera inmediata, las medidas de protección necesarias, ordenando vía electrónica o mediante escrito a las empresas de plataformas digitales, de medios de comunicación, redes sociales o páginas electrónicas, personas físicas o morales, la interrupción, bloqueo, destrucción, o eliminación de imágenes, audios o videos relacionados con la investigación previa satisfacción de los requisitos de Ley.

También se apuntó que la autoridad puede ordenar las medidas de protección contempladas en este artículo, por lo que se deberá solicitar el resguardo y conservación lícita e idónea del contenido que se denunció de acuerdo a las características del mismo.

Las plataformas digitales, medios de comunicación, redes sociales o páginas electrónicas darán aviso de forma inmediata al usuario que compartió el contenido, donde se establezca de forma clara y precisa que el contenido será inhabilitado por cumplimiento de una orden judicial.

En lo referente a la violación a la intimidad sexual, se establece que comete el delito de violación a la intimidad sexual, aquella persona que divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, su aprobación o su autorización.

Así como quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore, imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación, o sin su autorización.

Estas conductas se sancionarán con una pena de tres a seis años de prisión y una multa de quinientas a mil Unidades de Medida y Actualización.

Insiste Ignacio Mier en que García Cabeza de Vaca fue desaforado

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El presidente de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO) en la Cámara de Diputados, Ignacio Mier, afirmó que la Constitución es inatacable e incontrovertible, por lo que Francisco García Cabeza de Vaca, gobernador de Tamaulipas, ya no tiene fuero tras el proceso efectuado en San Lázaro.

Durante una entrevista con el periodista Joaquín López-Dóriga para Radio Fórmula el diputado detalló que, adelantándose al desafuero del gobernador, el Congreso de Tamaulipas presentó una controversia basándose en un artículo de la Ley de Responsabilidades de Funcionarios Públicos local.

En dicha ley, señaló Mier Velazco, hay un artículo “donde inventaron el término homologación” para evitar quitar el fuero constitucional a los gobernadores.

Sin embargo, el Congreso del estado no reformó su Constitución, y por ellos debió nombrar a un gobernador interino el pasado 4 de mayo, cuando se publicó la declaratoria de procedencia de desafuero en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

El diputado morenista adelantó que la JUCOPO de la Cámara de Diputados se analiza presentar una queja administrativa contra el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La queja sería “porque él en su razonamiento no tenía por qué haber invocado” la improcedencia de la controversia constitucional interpuesta por el Congreso de Tamaulipas.

“Él debió haber dijo ‘se desecha’. Se desechó, ya no existe la controversia, no se acordó que se iniciara el juicio con la controversia constitucional, entonces no hay nada, la nada es la nada”, expreso.

El legislador insistió que a su parecer, la Fiscalía General de la República (FGR) debió solicitar al juez la orden de aprehensión contra García Cabeza de Vaca porque “carece de fuero el gobernador”.

“Con todo respeto, lo que sigue es que se obsequie (la orden de aprehensión contra García Cabeza de Vaca) y que el Congreso (de Tamaulipas) no incurra en incumplimiento de las obligaciones que le establece su propia Constitución”, agregó.

El morenista aclaró que con la decisión del ministro González Alcántara Carrancá solo se desechó la controversia del Congreso de Tamaulipas mas no el acuerdo de la Cámara de Diputados.

“Desde el punto de vista de la Cámara, del presidente de la Junta de Coordinación Política, fue retirada la inmunidad procesal y debe estar sometido para demostrar su inocencia y nadie ha controvertido eso”.

Reiteró que conforme al artículo 84 de la Constitución de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca debió perder el fuero y también el cargo como gobernador.

Ignacio Mier agregó que podrían presentar una demanda de controversia por tres actos en los que incurrió el Congreso de Tamaulipas:

Primero por el artículo de la Ley de Responsabilidades de Funcionarios Públicos que establece el criterio de la homologación.

Segundo por el acuerdo del ‘Día del Niño’ que emitió el congreso tamaulipeco antes de tener conocimiento de cómo razonaría su voto la Cámara de Diputados ante la declaratoria.

Y tercero porque el 4 de mayo, cuando tuvo conocimiento de la declaratoria de procedencia de la Cámara de Diputados, el presidente de la Mesa Directiva ordenó que esta se archivara en el expediente, sin turnarla a comisiones o someterla a consideración del Pleno.

Juez detiene reforma de Hidrocarburos de AMLO

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El juez federal Juan Pablo Gómez Fierro suspendió hoy, con efectos generales, tres artículos de la reforma a la Ley de Hidrocarburos impulsada por Andrés Manuel López Obrador que entró en vigencia el pasado 5 de mayo.

El juez concedió una suspensión provisional en el amparo promovido por la empresa Grupo Base Energético, por la que quedan temporalmente sin efectos al artículo 57, así como el cuarto y sexto transitorios de la reforma.

El 57 faculta al gobierno para llevar a cabo la “ocupación temporal, la intervención o la suspensión” de cualquier permiso otorgado al amparo de la Ley de Hidrocarburos, así como a contratar a Pemex para tomar control de las instalaciones y mantener la operación de las actividades previstas en dicho permiso.

Los transitorios, por su parte, permiten a las autoridades revocar los permisos que, al 5 de mayo, no cumplieran los requisitos de almacenamiento de hidrocarburos ordenados por la Secretaría de Energía (Sener), y en general, los que no cumplan cualquier otro requisito.

Gómez Fierro consideró que, de un examen preliminar, estos artículos podrían ser declarados inconstitucionales, por violar los principios de libre concurrencia y competencia previstos por la reforman constitucional en materia energética de 2013.

“Se hace hincapié en que los efectos de esta medida cautelar comprenden no solamente a los quejosos, sino a todos los permisionarios de los mercados de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos”, detalló el juez.

Ahora, la Sener tendrá tres días para publicar esta resolución en el Diario Oficial, con el fin de darla a conocer a todos los interesados.

Explicó que de no dar efectos generales, se permitiría un trato de privilegio para los quejosos, ya que serían las únicas permisionarias a las que no se les aplicarían los supuestos de revocación que se encuentran previstos en los artículos transitorios que, en apariencia, resultan ser inconstitucionales.

Con lo anterior, se generarían efectos adversos para los consumidores.

El juez resolverá el 14 de mayo si concede una suspensión definitiva, que congelará estos artículos por tiempo indefinido.

La suspensión no incluye al artículo 59 bis, que contempla la suspensión de permisos “cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional”, pero en este caso, el Congreso incluyó un procedimiento administrativo previo ante las autoridades, para que el permisionario se pueda defender.

Rodrigo de la Peza, el otro juez especializado en competencia económica, también concedió hoy dos suspensiones provisionales en amparos que, aparentemente, impugnan la misma reforma, de las empresas Eder-Go Combustibles y Viga Express, pero no publicó ningún dato adicional.

Gómez Fierro y De la Peza, concedieron en marzo suspensiones que frenaron por completo una reforma a la Ley de la Industria Eléctrica que busca dar preferencia a la CFE sobre empresas privadas.

Otras medidas del actual gobierno que estos jueces han suspendido, en algunos casos ambos, y en otros, solo Gómez Fierro, incluyen restricciones a permisos de importación de combustibles; la Política de Contabilidad del Sistema Eléctrico Nacional y los aumentos de tarifas a productores privados de electricidad, conocidos como “electrolinazo”.

Además, Gómez Fierro también ha concedido suspensiones individuales a usuarios de telefonía que se oponen a entregar datos biométricos.

Así que el juzgador se ha convertido en blanco de la ira de López Obrador y de sus subalternos en las conferencias matutinas.

(Fuente: El Mañanero Diario)

A partir de hoy es obligatorio el uso de cubrebocas en Nuevo León

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El Gobierno de Nuevo León dio a conocer el nuevo decreto en donde se adicionan fracciones que declaran el uso obligatorio del cubrebocas debido a la pandemia del COVID-19.

El decreto que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, establece en el Artículo 119, que durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria, las autoridades de salud podrá declarar el uso del cubrebocas a todas las personas excepto a menores de 2 años.

Dicha ley permanecerá vigente hasta que las autoridades competentes declaren su conclusión oficial.

Por otro lado, se reitera que las personas de 2 a 18 años y con alguna discapacidad intelectual no serán sujetos de sanción, pero será responsabilidad de los padres o tutor la falta de cubrebocas.

Además, se detalla que la mascarilla será obligatoria en espacios públicos de uso común tales como centros de trabajo, centros comerciales, usuarios, operadores o conductores de servicios de transporte público o privado, así como pasajeros.

Entre las sanciones que se plantean en caso de violar la ley, esta una multa que podría ser por 36 horas o trabajo comunitario por 8 horas.

La (In)Justicia Mexicana

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A inicios de los años 60s, el activista y premio Nobel de la Paz, Martin Luther King, dijo que “la injusticia en cualquier lugar es una amenaza para la justicia en todas partes”, esto me parece íntimamente ligado con uno de los grandes pendientes en nuestro país: el acceso a la justicia y la impunidad. En ese sentido y ante la relevancia del fenómeno, la organización México Evalúa publicó los hallazgos 2019 del seguimiento y evaluación del sistema de justicia penal en México. 

Dicho estudio resulta fundamental para saber cuales son los retrocesos o avances en la consolidación del sistema de justicia penal acusatorio y adversarial o llamados comúnmente como “Juicios Orales”. Ello tiene como origen una reforma constitucional en el año 2008 que tenía el objetivo de transformar profundamente los principios, procesos, operadores y prácticas del sistema penal mexicano, para establecer uno que disminuya los altos estándares de impunidad y violaciones a derechos humanos tanto de víctimas como de acusados y procesados. 

Del mencionado estudio, resalta que en 2019 afirma que existe un rezago a nivel nacional en la consolidación de este sistema de justicia penal, ya que de los datos recabados en cada entidad federativa, ninguna pudo alcanzar los estándares mínimo para el cumplimiento de dicha reforma y el objetivo o intención de este modelo judicial. Me parece fundamental que el principal indicador que este estudio utiliza son los índices de impunidad, ya que esta ausencia de actos de investigación y una incapacidad del Estado en resolver los máximos conflictos en una sociedad, que generan diversas violaciones a derechos humanos. Cabe mencionar que la media nacional del índice de impunidad en 2019 fue de un 92.4%, uno de los mayores de continente en términos comparativos, reflejando la gravedad del problema así como el fracaso rotundo de este nuevo sistema penal. 

Un dato preocupante fue la reducción del presupuesto en el sistema de procuración de justicia en 2019 asignado a las entidades federativas que de $172,036,947,408.02 pesos, el cual tuvo una disminución del 15% respecto al año pasado, lo cual generó que las instituciones no puedan contar con los recursos suficientes para alcanzar las metas, si bien, el estudio hace énfasis en que un presupuesto no garantiza el éxito, también se plasma que estos recursos deben ir orientados a obtener mejores resultados a través de un ejercicio racional. Este problema también se repite en los presupuestos de los poderes judiciales y las comisiones estatales de atención a víctimas. 

Un retroceso grave fue el sentido garantista sobre la prisión preventiva, ya que  debe ser vista como una medida extraordinaria que no debe violar la presunción de inocencia, sin embargo, en el Diario Oficial de la Federación el 12 de abril de 2019 se publicó la reforma al artículo 19 constitucional con la cual se anexaron 10 delitos graves más para la prisión preventiva, ello como una supuesta respuesta, sin embargo, aumentar el catálogo de delitos graves no está ligado al mejoramiento del sistema de justicia y sólo concibe la prisión ante la falta de una política de paz, justicia y prevención del delito. Esto genera que existan enormes cargas de trabajo, como bien plasma el estudio, por cada defensor, el promedio nacional fueron 163 asuntos, y en asesor jurídico son 95 asuntos por cada uno, lo que tiene como consecuencia tasas elevadas de carpetas de investigación saturaras con el 44.5% en promedio que no tienen respuesta. 

También hay que señalar las llamadas “señales de esperanza” mencionadas en dicho informe, ya que al momento de la detención de una persona, sólo el 27.9% fueron calificadas como ilegales, que en comparación con el año anterior, presupone una tendencia de avance en este rubro. De la misma manera, los estados han hecho mayor de uso de la justicia alternativa, como la mediación para arreglar un asunto entre las partes y no tener que llegar a un juicio. Otro dato esperanzador esta la duración promedio de un proceso penal, ya que en promedio nacional es de 291 días para una persona imputada, lo cual a diferencia del anterior sistema resulta un avance significativo. 

Sin duda estos datos invitan a tomar medidas urgentes, ya que los niveles de impunidad son más que cifras y son vidas de millones de personas en nuestro país a la espera del derecho a la verdad, a la certeza jurídica, a que se respeten sus derechos humanos, y términos generales, a una justicia efectiva y no sólo simulaciones. Más allá de reformas, necesitamos cambiar las malas prácticas de los operadores del sistema de justicia penal para que sus actos atiendan cabalmente a la ley y el reconocimiento de los derechos que se ven involucrados en este tipo de asuntos. Urgen estrategias locales y coordinación entre los estados para compartir prácticas exitosas con el ánimo de compartir con otras entidades federativas, conformando redes exitosas para mejorar y consolidar nuestro sistema de justicia penal. También los poderes legislativos deben frenar esta corriente política de engrosar los códigos penales y catálogos de delitos graves de manera innecesaria, esto sólo nos deja ver la ausencia de una política criminal real que atienda a los orígenes y prevención del delito, así como políticas públicas para reducir la impunidad y garantizar el acceso a la justicia. No podemos dejar que el tiempo siga corriendo, dejando pasar miles de crímenes en la total impunidad, porque la injusticia en México parece la regla. 

Anuncian cierre de Puente Grande

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El Gobierno Federal, mediante el Diario Oficial de la Federación, informó este lunes que el penal federal de Puente Grande, ubicado en el municipio de Tonalá, Jalisco, cerrará sus puertas.

Dicho documento señala que los prisioneros que se encuentran en el Centro Federal de Readaptación Social número 2 “Occidente” serán “trasladados a los centros federales de readaptación social que determine el Comisionado de Prevención y Readaptación Social, quien realizará las acciones y gestiones necesarias para ello, respetando en todo momento sus derechos humanos.

Además, se señala que los derechos de los trabajadores del penal serán respetados conforme a la ley, y serán reubicados en otros centros penitenciarios federales que determine la autoridad correspondiente.

A través de la Dirección General de Administración de Prevención y Readaptación Social, el Comisionado de Prevención y Readaptación Social, se dijo dispuesto a realizará las acciones conducentes para el destino final de los bienes muebles pertenecientes al Centro, haciendo uso de los recursos materiales, financieros y humanos que sean necesarios para tal fin.

En el acuerdo también se precisa que la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana determinará en su momento el destino final del bien inmueble que ocupa el Centro Federal de Readaptación Social número 2 “Occidente”. Esta prisión ha albergado a líderes del narcotráfico y se distingue porque se escapó Joaquín “El Chapo” Guzmán.

Tiene Cefereso de Puente Grande 376 internos

Al cierre de julio pasado el Centro Federal de Readaptación Social número 2 “Occidente” contaba con 376 internos. De acuerdo con el cuaderno mensual de Información Estadística Penitenciaria Nacional las estas personas representan el 2.25 por ciento del total de la población privada de su libertad en todo el país en los centros federales que asciende a 16 mil 722. Siendo que la mayor parte de la población recluida en dicho Cefereso proviene de Tamaulipas, Ciudad de México, Jalisco y Michoacán.

Con información de El Informador