AMLO expropia un millón de metros cuadrados para tramo 5 del Tren Maya

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El Presidente Andrés Manuel López Obrador oficializó la expropiación de un millón 93 mil 118 metros cuadrados de cuatro municipios para la construcción del tramo 5 del Tren Maya, de acuerdo con el decreto publicado en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF).

La superficie de propiedad privada comprende los municipios de Benito Juárez, Puerto Morelos, Solidaridad y Tulum, ubicados en Quintana Roo.

“Se expropia por causa de utilidad pública una superficie total de 1,093,118.93 m2 (un millón noventa y tres mil ciento dieciocho punto noventa y tres metros cuadrados) a favor de la Federación para la ejecución del tramo 5, subtramos norte y sur del Proyecto Tren Maya, correspondiente a treinta y seis inmuebles de propiedad privada”.

De acuerdo con el documento, la expropiación incluye construcciones e instalaciones que se encuentran en los predios.

A partir del decreto, que entrará en vigor mañana, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) tomará posesión de los terrenos y “cubrirá el monto de la indemnización que en términos de ley deba pagarse a quienes acrediten su legítimo derecho, de conformidad con los avalúos que emita el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales“.

Este lunes se informó sobre una segunda suspensión definitiva de las obras del Tren Maya en el Tramo 5, otorgada por un juez del Primer Distrito del estado de Yucatán, mismo juzgado que había resuelto la primera suspensión.

(Fuente: Luis Cárdenas MX)

Senado aprueba en lo general y particular reforma a la Ley Minera; pasa al Ejecutivo

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El Pleno del Senado aprobó en lo general y lo particular las reformas a la Ley Minera, que establecen que el litio es patrimonio de la nación y se declara de utilidad pública, por lo que no se otorgarán concesiones, licencias, contratos, permisos, asignaciones o autorizaciones para su exploración y explotación. 

El decreto se envió al titular del Ejecutivo Federal para su promulgación en el Diario Oficial de la Federación (DOF). 

A pesar de que se presentaron casi 40 reservas, éstas fueron desechadas. Desde la mañana, el morenista y empresario minero, Armando Guadiana, reconoció que estos cambios pueden ahuyentar inversiones. 

La presidenta del Senado, Olga Sánchez Cordero, reconoció el trabajo de los legisladores y de la Mesa Directiva por el análisis y aprobación de dicha ley. 

Por su parte, Ricardo Monreal, coordinador de Morena en el Senado, descartó que las reformas a la Ley Minera para nacionalizar el litio abrirán un conflicto con Estados Unidos y Canadá en el marco del T-MEC y señaló que reservar el litio como una actividad estratégica es una decisión importante para el país.

(Fuente: Luis Cárdenas MX)

INE llama a respetar veda de propaganda por revocación de mandato

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Este domingo, Lorenzo Córdova, consejero presidente del Instituto Nacional Electoral, llamó a actores políticos a respetar la veda impuesta por el proceso de revocación de mandato, que está en marcha, y no hacer propaganda gubernamental.

“Hoy reitero el llamado a los titulares de las dependencias y entidades de la administración pública federal y cualquier otro ente de los tres órdenes de Gobierno a respetar las reglas del modelo de comunicación política que los partidos han pactado y plasmado en la ley de la materia”, enfatizó el consejero presidente del INE a través de un video publicado en sus redes sociales.

En su mensaje, Córdova Vianello recordó que la ley en la materia establece que deberá suspenderse cualquier difusión de acciones y obras de gobierno a través de cualquier medio de comunicación.

“Desde la emisión de la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de votación, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno y sólo podrán difundirse las campañas relativas a servicios educativos, de salud o de Protección Civil”, subrayó.

Por otra parte, aseguró que, pese a que solo se instalarán 57 mil 300 de las 161 mil casillas que se habían previsto para el ejercicio democrático, la ciudadanía tendrá cerca una casilla para poder emitir su voto el próximo 10 de abril.

“Aunque las limitaciones presupuestales impuestas al INE hacen imposible que se instalen las 161 mil casillas que originalmente habíamos previsto y que están dispuestas en la ley, hoy el hecho indiscutible y contundente es que la ciudadanía tendrá a su alcance una casilla para ejercer su legítimo derecho de participar en este ejercicio histórico”,

Córdova Vianello remarcó que el Consejo General del INE emitió la convocatoria al proceso de revocación de mandato, el viernes pasado, con lo que ha comenzado formal y legalmente “este inédito ejercicio de democracia participativa”.

Además, sostuvo que durante los próximos días, “el INE concentrará sus energías, su tiempo, sus recursos materiales y humanos y sus capacidades institucionales, en lo que mejor sabe hacer: la organización de un proceso democrático para el ejercicio de los derechos políticos de la ciudadanía, bajo los principios constitucionales de legalidad, certeza, imparcialidad, objetividad, independencia y máxima publicidad”.

El consejero presidente del INE detalló que, como parte de sus atribuciones constitucionales, a partir de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el INE iniciará una campaña de difusión para promover la participación de la ciudadanía a través de los tiempos oficiales en radio y televisión.

Asimismo, explicó que se mantendrá habilitado el micrositio de revocación de mandato en la página del INE, para que todas las personas interesadas consulten todo lo relativo al proceso, y dio a conocer que se organizarán foros de discusión sobre este “importantísimo evento” de participación ciudadana.

(Fuente: Luis Cárdenas MX)

Senado avala reforma al control del tabaco; prohíbe publicidad

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El Senado de la República aprobó por unanimidad la reforma a la Ley General para el Control del Tabaco en relación con espacios libres de humo y eliminación de la publicidad.

Durante la sesión ordinaria, los senadores avalaron el dictamen que presentó el senador Américo Villarreal, presidente de la Comisión de Salud.

Con la reforma se elimina todo tipo de publicidad y patrocinio de cigarrillos, y se declara espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y vapeo.

Por su parte, la senadora por el PAN, Xóchitl Gálvez Ruiz, aseguró que esta reforma beneficiará a la salud de los mexicanos.

Además, Manuel Añorve Baños del PRI aseguró que la reforma busca proteger a losjóvenes y niños de las consecuencias del consumo del tabaco.

Dicho dictamen fue turnado al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

(Fuente: Luis Cárdenas MX)

AMLO declara de seguridad nacional los proyectos de infraestructura de su gobierno

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El presidente Andrés Manuel López Obrador declaró este lunes como de interés público y de seguridad nacional los proyectos de infraestructura y las obras de su Gobierno que estén asociados a infraestructura de diversos sectores.

El acuerdo del presidente López Obrador fue publicado en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF). En este se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a otorgar “permisos provisionales” para la realización de los proyectos y obras del Gobierno federal, estableciendo un plazo de un año para su autorización definitiva.

López Obrador declaró que serán considerados proyectos de seguridad nacional e interés público aquellos que, por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud, se consideren prioritarios o estratégicos para el desarrollo nacional.

Los proyectos podrán estar asociados a los sectores de comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades, energético, puertos, aeropuertos, incluso turístico.

“La autorización provisional será emitida en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la presentación de solicitud correspondiente. Transcurrido dicho plazo sin que se emita una autorización provisional expresa, se considera resulta en sentido positivo”, se lee en el decretó.

Se detalla que la autorización provisional tendrá vigencia de un año, contando a partir de su emisión. En este periodo se deberá obtener la autorización definitiva.

Cabe mencionar que obras insignia del actual gobierno como el aeropuerto de Santa Lucía, el Tren Maya y la refinería de Dos Bocas entrarían en la definición de seguridad nacional, así que el gobierno federal podría negarse a entregar información vía transparencia sobre estos proyectos.

El mandatario justificó que su decisión se basa en el artículo 26 de la Constitución, debido a que “México requiere infraestructura para fomentar su desarrollo de manera incluyente y acercar oportunidades a las regiones más rezagadas”.

“Los proyectos regionales de infraestructura, desarrollo socioeconómico y turismo son importantes para incrementar la derrama económica del turismo, crear empleos, impulsar el desarrollo sostenible y proteger el medio ambiente”, agrega.

Insiste Ignacio Mier en que García Cabeza de Vaca fue desaforado

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El presidente de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO) en la Cámara de Diputados, Ignacio Mier, afirmó que la Constitución es inatacable e incontrovertible, por lo que Francisco García Cabeza de Vaca, gobernador de Tamaulipas, ya no tiene fuero tras el proceso efectuado en San Lázaro.

Durante una entrevista con el periodista Joaquín López-Dóriga para Radio Fórmula el diputado detalló que, adelantándose al desafuero del gobernador, el Congreso de Tamaulipas presentó una controversia basándose en un artículo de la Ley de Responsabilidades de Funcionarios Públicos local.

En dicha ley, señaló Mier Velazco, hay un artículo “donde inventaron el término homologación” para evitar quitar el fuero constitucional a los gobernadores.

Sin embargo, el Congreso del estado no reformó su Constitución, y por ellos debió nombrar a un gobernador interino el pasado 4 de mayo, cuando se publicó la declaratoria de procedencia de desafuero en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

El diputado morenista adelantó que la JUCOPO de la Cámara de Diputados se analiza presentar una queja administrativa contra el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La queja sería “porque él en su razonamiento no tenía por qué haber invocado” la improcedencia de la controversia constitucional interpuesta por el Congreso de Tamaulipas.

“Él debió haber dijo ‘se desecha’. Se desechó, ya no existe la controversia, no se acordó que se iniciara el juicio con la controversia constitucional, entonces no hay nada, la nada es la nada”, expreso.

El legislador insistió que a su parecer, la Fiscalía General de la República (FGR) debió solicitar al juez la orden de aprehensión contra García Cabeza de Vaca porque “carece de fuero el gobernador”.

“Con todo respeto, lo que sigue es que se obsequie (la orden de aprehensión contra García Cabeza de Vaca) y que el Congreso (de Tamaulipas) no incurra en incumplimiento de las obligaciones que le establece su propia Constitución”, agregó.

El morenista aclaró que con la decisión del ministro González Alcántara Carrancá solo se desechó la controversia del Congreso de Tamaulipas mas no el acuerdo de la Cámara de Diputados.

“Desde el punto de vista de la Cámara, del presidente de la Junta de Coordinación Política, fue retirada la inmunidad procesal y debe estar sometido para demostrar su inocencia y nadie ha controvertido eso”.

Reiteró que conforme al artículo 84 de la Constitución de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca debió perder el fuero y también el cargo como gobernador.

Ignacio Mier agregó que podrían presentar una demanda de controversia por tres actos en los que incurrió el Congreso de Tamaulipas:

Primero por el artículo de la Ley de Responsabilidades de Funcionarios Públicos que establece el criterio de la homologación.

Segundo por el acuerdo del ‘Día del Niño’ que emitió el congreso tamaulipeco antes de tener conocimiento de cómo razonaría su voto la Cámara de Diputados ante la declaratoria.

Y tercero porque el 4 de mayo, cuando tuvo conocimiento de la declaratoria de procedencia de la Cámara de Diputados, el presidente de la Mesa Directiva ordenó que esta se archivara en el expediente, sin turnarla a comisiones o someterla a consideración del Pleno.

Juez detiene reforma de Hidrocarburos de AMLO

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El juez federal Juan Pablo Gómez Fierro suspendió hoy, con efectos generales, tres artículos de la reforma a la Ley de Hidrocarburos impulsada por Andrés Manuel López Obrador que entró en vigencia el pasado 5 de mayo.

El juez concedió una suspensión provisional en el amparo promovido por la empresa Grupo Base Energético, por la que quedan temporalmente sin efectos al artículo 57, así como el cuarto y sexto transitorios de la reforma.

El 57 faculta al gobierno para llevar a cabo la “ocupación temporal, la intervención o la suspensión” de cualquier permiso otorgado al amparo de la Ley de Hidrocarburos, así como a contratar a Pemex para tomar control de las instalaciones y mantener la operación de las actividades previstas en dicho permiso.

Los transitorios, por su parte, permiten a las autoridades revocar los permisos que, al 5 de mayo, no cumplieran los requisitos de almacenamiento de hidrocarburos ordenados por la Secretaría de Energía (Sener), y en general, los que no cumplan cualquier otro requisito.

Gómez Fierro consideró que, de un examen preliminar, estos artículos podrían ser declarados inconstitucionales, por violar los principios de libre concurrencia y competencia previstos por la reforman constitucional en materia energética de 2013.

“Se hace hincapié en que los efectos de esta medida cautelar comprenden no solamente a los quejosos, sino a todos los permisionarios de los mercados de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos”, detalló el juez.

Ahora, la Sener tendrá tres días para publicar esta resolución en el Diario Oficial, con el fin de darla a conocer a todos los interesados.

Explicó que de no dar efectos generales, se permitiría un trato de privilegio para los quejosos, ya que serían las únicas permisionarias a las que no se les aplicarían los supuestos de revocación que se encuentran previstos en los artículos transitorios que, en apariencia, resultan ser inconstitucionales.

Con lo anterior, se generarían efectos adversos para los consumidores.

El juez resolverá el 14 de mayo si concede una suspensión definitiva, que congelará estos artículos por tiempo indefinido.

La suspensión no incluye al artículo 59 bis, que contempla la suspensión de permisos “cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional”, pero en este caso, el Congreso incluyó un procedimiento administrativo previo ante las autoridades, para que el permisionario se pueda defender.

Rodrigo de la Peza, el otro juez especializado en competencia económica, también concedió hoy dos suspensiones provisionales en amparos que, aparentemente, impugnan la misma reforma, de las empresas Eder-Go Combustibles y Viga Express, pero no publicó ningún dato adicional.

Gómez Fierro y De la Peza, concedieron en marzo suspensiones que frenaron por completo una reforma a la Ley de la Industria Eléctrica que busca dar preferencia a la CFE sobre empresas privadas.

Otras medidas del actual gobierno que estos jueces han suspendido, en algunos casos ambos, y en otros, solo Gómez Fierro, incluyen restricciones a permisos de importación de combustibles; la Política de Contabilidad del Sistema Eléctrico Nacional y los aumentos de tarifas a productores privados de electricidad, conocidos como “electrolinazo”.

Además, Gómez Fierro también ha concedido suspensiones individuales a usuarios de telefonía que se oponen a entregar datos biométricos.

Así que el juzgador se ha convertido en blanco de la ira de López Obrador y de sus subalternos en las conferencias matutinas.

(Fuente: El Mañanero Diario)

Suspende Sener ley eléctrica tras fallo de juez

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La Secretaría de Energía (Sener) se obligó a dar cumplimiento de la suspensión provisional que fue otorgada a la reforma de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).

La dependencia envío a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) un anteproyecto con el que se suspenden, provisionalmente, los efectos generales de la reforma eléctrica que busca favorecer la participación de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) ante participantes privados.

Este instrumento publica lo ordenado por, Juan Pablo Gómez Fierro, el Juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia, quien otorgó la primera suspensión el pasado 11 de marzo, un día después de la entrada en vigor de la regulación; pese al fallo, la Sener no cumplió con el plazo de tres días, a partir de que fue notificada de la suspensión para su publicación en el Diario Oficial y hasta la fecha no se ha hecho. Tras los nuevas suspensiones, ahora es necesario que la Secretaría emita otro aviso con dicha modificación y tiene hasta el próximo 26 de marzo para publicarlo en el DOF.

Para dar publicidad a la suspensión provisional otorgada con efectos generales y hacer del conocimiento que las consecuencias y efectos del Decreto en cuestión están suspendidos mientras se resuelven los juicios de amparo del que deriva el incidente respectivo, restableciendo de manera provisional la legislación abrogada, a fin de generar certeza jurídica sobre la aplicación de dicha normativa”, se lee en el resumen del anteproyecto.

Se destaca que la reforma ya cuenta con dos suspensiones definitivas, otorgada por el juez Gómez Fierro, mientras se resuelve el fondo del asunto.

Con información de Reforma

Dará INE 7,226 millones de pesos a partidos políticos

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Pese a la crisis económica y sanitaria que se vive en el país, el Diario Oficial de la Federación (DOF) formalizó ayer la disposición oficial para que en las elecciones federales intermedias de 2021 los partidos políticos nacionales gasten 7 mil 226 millones de pesos de recursos públicos.

En las elecciones del año que viene se renovará la Cámara de Diputados, 15 gubernaturas, congresos locales, ayuntamientos y alcaldías en 30 entidades, entre otros.

La elección, considerada como la más grande en la historia del país será mil 870 millones de pesos más cara que la federal intermedia del 2015, en la que los partidos se gastaron 5 mil 356 millones de pesos.

Esta bolsa de 7 mil 226 millones se repartirá entre los siete partidos políticos nacionales con registro ante el INE -Morena, PAN, PRI, PRD, PT, MC y PVEM-, además de algunos de los siete que buscan también ese registro y que en los próximos días tendrán respuesta.

Por otro lado, el INE contempla parte de estos recursos para el financiamiento de los candidatos independientes que logren obtener su registro, para los que ya quedó aprobado un financiamiento de 31 millones 505 mil pesos.

El monto total aprobado para el 2021 representa un aumento de mil 987 millones de pesos con respecto a la bolsa que hoy aún gastan en este 2020, en el que se destinó a los partidos un gasto de 5 mil 239 millones de pesos, un año sin elecciones.

Para el próximo año, los partidos podrán disponer de 5 mil 250 millones de pesos para “actividades ordinarias permanentes”; mil 575 millones para “gastos de campaña”; 157 millones 528 mil pesos para “actividades específicas”; 210 millones 38 mil pesos “franquicia postal; 693 mil pesos para “franquicia telegráfica”, entre otros rubros.

En cuanto a la distribución de los recursos, para este 2020, mil 700 millones de pesos fueron para Morena; PAN, 950 millones; PRI, 896 millones; PRD, 445 millones; PVEM, 426 millones, MC, 411 millones, y PT 391 millones de pesos.

La reforma sobre violencia política contra las mujeres en razón de género

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El 13 de abril se publicó en el DOF el Decreto por el cual se modificaron varias leyes que constituyen un nuevo conjunto de normas jurídicas relacionadas con la violencia política contra las mujeres en razón de género (VPCMERG o violencia política de género). Esta será, sin duda, una reforma muy importante para la construcción de una vida política igualitaria en el país y, en particular, para prevenir y sancionar conductas que discriminen a las mujeres en las campañas electorales que habrán de llevarse a cabo durante el 2021 en México. La presente colaboración tiene como finalidad brindar una breve explicación sobre sus principales características.

La reforma se sustenta en una de las observaciones finales al 9º Informe periódico de México del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés). En este documento, el Comité CEDAW, en materia de participación en la vida política y pública de las mujeres en nuestro país, observaba con preocupación “[e]l aumento de los actos de violencia política contra las mujeres, la falta de un marco normativo armonizado que tipifique como delito la violencia política y los bajos niveles de enjuiciamiento de los autores de esos actos, que pueden disuadir a las mujeres de presentarse a las elecciones en todos los planos, especialmente el municipal”. (COMITÉ CEDAW/ONU 2018). 

El aumento de casos de VPCMERG a que se refirió el Comité CEDAW se puede evidenciar cada vez más, desafortunadamente, en los casos documentados durante las elecciones en México, por ejemplo los procesos electorales federal y locales de 2017-2018. Cada uno de estos casos implica la expresión de relaciones desiguales y discriminatorias entre hombres y mujeres que refuerzan estereotipos de género que, además, ponen en riesgo no solamente los derechos político-electorales de las mexicanas, sino también su integridad e, incluso, su vida. Por ello, el nuevo régimen sancionatorio es una parte de la respuesta a una competencia política que vulnera la dignidad, la integridad y la libertad de las mujeres políticas.

En ese sentido, el contenido básico de la reforma se centra en el castigo de conductas que constituyen alguna expresión de violencia política de género. Para tales efectos, según las Leyes modificadas, se entiende por violencia política contra las mujeres en razón de género lo siguiente:

toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo.

La violencia política de género se castigará en México de acuerdo con tres tipos de sanciones: el electoral, el penal y el de responsabilidades administrativas. 

Conforme al subsistema electoral, será competencia del INE y de los OPLEs investigar e integrar los expedientes por denuncias de VPCMERG, y los Tribunales Electorales deberán, en su caso, aplicar castigos mediante procedimientos especiales sancionadores a las personas que incurran en conductas que dañen la dignidad, la integridad y la libertad de las mujeres. Estos procedimientos son de rápida tramitación, buscan castigar a las personas infractoras y también reparar la afectación al proceso electoral. Y ahora las autoridades electorales podrán decretar medidas cautelares, como la suspensión inmediata de propaganda electoral y de mensajes en radio y televisión con contenidos de VPCMERG; también se podrán ordenar medidas de reparación, por ejemplo la indemnización de la víctima, la disculpa pública y la garantía de no repetición. Los partidos políticos, además, deberán contar con mecanismos internos de sanción para quienes ejerzan violencia política en contra de las mujeres en razón de género, según se lee en la Ley General de Partidos Políticos.

Si bien no se trata de un régimen sancionador, la reforma incluyó como supuesto de procedencia del Juicio de Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano la violencia política de género (art. 80 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral). En estos casos el juicio buscará restituir a las mujeres en el uso y disfrute de su derecho político-electoral violado. La ausencia en el Decreto de reforma es no haber señalado como causal expresa de nulidad de una elección la violencia política contra las mujeres en razón de género, asumiendo que este tipo de conducta, por sí misma, implica una afectación substancial y cualitativamente determinante para la validez de las elecciones democráticas.

De acuerdo con el subsistema penal, ahora sí se tipifica claramente como delito electoral la violencia política contra las mujeres en razón de género. Y, para ello, en un nuevo artículo 20 Bis de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, se señalan quince conductas que pueden actualizar este delito; por ejemplo, ahora constituye un delito electoral publicar o divulgar “imágenes, mensajes o información privada de una mujer, que no tenga relación con su vida pública, utilizando estereotipos de género que limiten o menoscaben el ejercicio de sus derechos políticos y electorales” (fracción VIII),  el cual se castigará con una pena de 2 a 4 años de prisión y multa de 100 a 200 días. También es un delito amenazar o intimidar “a una mujer, directa o indirectamente, con el objeto de inducirla u obligarla a presentar su renuncia al cargo para el que haya sido electa o designada” (fracción IV), el cual se sancionará con una pena de 4 a 6 años de prisión y multa de 200 a 300 días.

Según el tercer subsistema sancionatorio, se incluye a la VPCMENRG como uno de los supuestos que actualizan la falta administrativa grave consistente en el abuso de funciones, cuando una persona servidora pública “realiza por sí o a través de un tercero, alguna de las conductas descritas en el artículo 20 Ter, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia”. (Art. 57 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas).

En síntesis, la reforma es positiva porque responde a la necesidad de castigar, incluso penalmente, la violencia política contra las mujeres en razón de género. Además, porque busca incidir, desde la técnica represiva, en la erradicación de las condiciones de desigualdad y subordinación estructural que excluye violentamente a las mujeres de la gobernanza del país. (Bardall 2018: 4). 

¿Tendrá o no éxito la reforma en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género? No lo podemos saber a priori; sin embargo, considero que la reforma requerirá dos premisas básicas: Que las mujeres conozcan y utilicen estos mecanismos sancionatorios y sus medidas protectoras y reparadoras; pero, además, que las autoridades y personas servidoras públicas apliquen dichos instrumentos libres de estereotipos de género. Las dos premisas están íntimamente vinculadas, y en razón de ello la segunda sólo será posible cuando los hombres reeduquemos nuestra masculinidad y abandonemos la injusta asignación de roles que preservan la desigualdad y la discriminación de las mujeres en la vida cotidiana y en la vida política. 

En una palabra, sí se debe desde luego sancionar la violencia política contra las mujeres en razón de género, pero igualmente debemos fortalecer la prevención de estas conductas que permita “(…) abordar y erradicar los estereotipos, los prejuicios, las costumbres y las prácticas (…)  que consienten o promueven la violencia por razón de género contra la mujer y sustentan la desigualdad estructural entre la mujer y el hombre”. (COMITÉ CEDAW/ONU 2017: 14).

Referencias bibliográficas.

BARDALL, Gabrielle S. (2018). “Violence, Politics and Gender”. En Oxford Research Encyclopedia of Politics, publicado en línea en https://www.ifes.org/sites/default/files/violence_politics_and_gender.pdf  (consultado el 30 de mayo del 2020).

COMITÉ CEDAW/ONU. (2017). CEDAW/C/GC/35, Recomendación general num. 35 sobre la violencia
por razón de género contra la mujer, por la que se
actualiza la recomendación general num. 19
, 67º período de sesiones, 26 de julio.

COMITÉ CEDAW/ONU. (2018). CEDAW/C/MEX/CO/9, Observaciones finales sobre el noveno informe periódico de México, 70º período de sesiones, 2 al 10 de julio.

SEGOB. (2020). DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. DOF lunes 13 de abril.