Siempre a medias

Comparte este artículo:

En días anteriores se reunió la Comisión de Puntos Constitucionales el H. Congreso del Estado de Nuevo León para la revisión de las iniciativas de reforma encaminadas a la garantía de la paridad total y del rezagado tema de violencia política en razón de género. 

Una vez más, las discusiones transitaron hacia un avance entorpecido, un avance “a medias” que no resarce la deuda histórica que se tiene para con las mujeres del estado. 

Si miramos un poco la historia reciente encontraremos que al Legislativo local le falta mucho por estar a la par de los avances en México en materia de derechos humanos e igualdad de género, específicamente en el tema de los derechos político electorales y las medidas que a nivel nacional parecieran avanzar con un paso diferente. 

Cuando en el país se estaba avanzando para hacer que la paridad de género en diputaciones locales fuera efectiva mediante distintas reglas que garantizaran que las mujeres no fueran postuladas exclusivamente a aquellos distritos en los que el partido político jamás hubiera ganado, en Nuevo León esto no se incluyó en la legislación electoral. Fue el organismo local electoral quien empujó el tema a través de lineamientos que, desde el proceso de 2015, incluían la división por partido de los distritos electorales conforme a su rentabilidad electoral histórica. Finalmente, en la reforma de 2017, el Congreso de NL agregó criterios cualitativos para diputaciones locales a la legislación.

Lo mismo sucedió en las modificaciones a la ley electoral en 2017, cuando el Legislativo local tenía la oportunidad para integrar la paridad en presidencias municipales (paridad horizontal), como sucedía en el resto del país. Tampoco sucedió. Una vez más, fue a través de lineamientos emitidos por la Comisión Estatal Electoral, que esto fue avanzando, ya que las reglas del juego para las postulaciones incluyeron por esta vía la obligación de postular 50% mujeres y 50% hombres para presidencias municipales, y no sólo para regidurías y sindicaturas. La labor del organismo público local electoral para ir más allá a través de lineamientos estuvo basada en la jurisprudencia electoral en la materia.

Pero aún con ello, Nuevo León iba un paso atrás que muchísimas entidades mexicanas que no sólo implementaban ya la paridad horizontal, sino que le agregaban reglas cualitativas para que, al igual que en el caso de las candidaturas a diputaciones locales, en los municipios también se garantizara que las mujeres no fueran relegadas a candidaturas sin importancia. Algunas entidades siguieron el ejemplo de la competitividad electoral histórica en municipios. Otros, como Coahuila, agregaron criterios con una mirada distinta: entendiendo la importancia de las administraciones municipales en relación a la cantidad de población a la cual dirigirían. 

Esto no sucedió en Nuevo León en las elecciones pasadas, y parece que el Congreso local tampoco reforzará la legislación electoral local para que suceda en la próxima. 

Lo mismo ocurre con el tema de violencia política que viven las mujeres que quieren insertarse en la vida pública. A falta de un marco normativo sólido que atendiera este tema, instituciones locales se unieron el proceso electoral anterior para impulsar un Protocolo de atención conjunta que pudiera sentar las vías de canalización y atención al tema de manera proactiva. Aun así, su atención sería muchísimo más eficaz si el Congreso local empujara las reformas necesarias para que la violencia política de género sea considerada un delito, y para implementar sanciones específicas al respecto. 

Por último, el Congreso local tiene la oportunidad histórica de derribar todo obstáculo y resistencia existente para el nombramiento de mujeres a los puestos de toma de decisiones en la entidad, al integrar la obligación de designar en igualdad a mujeres y hombres para todos los altos puestos de todos los organismos e instancias de la entidad. 

Esto tampoco se vio durante las discusiones vertidas en la sesión de la Comisión mencionada, al contrario, la “paridad en todo” se fue diluyendo poco a poco, desechándola para algunos organismos y “procurándola” para otros.

Las discusiones que se dieron en la Comisión de Puntos Constitucionales este 26 de junio, nos dan a entender que, una vez más, en Nuevo León vamos un paso atrás para que el marco normativo proteja los derechos político electorales de las mujeres, garantizando el efecto útil y material de la paridad. Las discusiones nos dan a entender que la legislación electoral está avanzando, pero avanzando a medias. 

#ParidadEnTodoNL: Convocan a Congreso a extraordinario para tratar reformas de paridad

Comparte este artículo:

Con el fin de dictaminar en primera vuelta las reformas constitucionales en materia de paridad total, la Diputación Permanente del Congreso de Nuevo León, convocó al Pleno a un período extraordinario para el próximo martes 30 de junio a las 11:00 horas.

La Comisión Permanente rechazó la propuesta del diputado de Movimiento Ciudadano (MC), Luis Donaldo Colosio, de exhortar a las comisiones de Puntos Constitucionales y Legislación para que en un pazo de dos días sesionarán para dictaminar esas reformas y otras en materia de violencia política de género.

El coordinador de la bancada del Partido Acción Nacional (PAN) y presidente de la Comisión de Coordinación y Régimen Interno (Cocri), Carlos De la Fuente, dijo que se espera poder contar con el dictamen con esas reformas para entonces.

Por otro lado, aseguró que no son reformas que se puedan considerar electorales y que, por lo tanto, no tienen el límite para aprobarlas y que entren en vigor antes del 9 de julio, como estiman coordinadores de otras bancadas.

Por su parte, Colosio, dijo que deben aprobarse antes de esa fecha porque hace referencia a las candidaturas y a obligaciones de los partidos políticos en el tema de paridad.

Congreso de Nuevo León aprueba sesiones virtuales

Comparte este artículo:

A propuesta del Diputado Juan Carlos Ruiz García, el Legislador Jorge de León Fernández presentó un dictamen para aprobar en segunda vuelta la reforma a la Constitución Política del Estado para autorizar, en el caso de emergencias sanitarias, las sesiones del Congreso de manera virtual.

“Es de advertir, que lo que lleva a analizar dicha iniciativa que se nos presenta que deviene de un caso de emergencia sanitaria que deriva de la situación de guardarse en casa o en su caso tener una sana distancia para mantener al mínimo contacto entre las personas y siendo que la labor legislativa es la de un Organo Colegiado y la presencia del virus denominado COVID-19 hace imposible que el Congreso pueda deliberar de forma presencial debido al riesgo de contagio y atendiendo las disposiciones de la autoridad sanitaria en el Estado, y se haría imposible el traslado al recinto y que el distanciamiento social haría imposible sesionar en el recinto complicando el desarrollo de las sesiones ya que al ser un órgano que requiere para su funcionamiento presencial el de asesores y los diversos órganos administrativos, la única alternativa posible es que se habiliten las sesiones en línea a través de alguna plataforma que permita auscultar confiablemente el quórum, garantizar la deliberación y verificar la votación final.

“Además de las situaciones como las anteriores no previstas en nuestra Constitución que conlleven a que pueda haber una parálisis legislativa se pueda sesionar en casos extraordinarios de manera virtual haciendo uso de las tecnologías con las que actualmente se cuentan”, señaló de León Fernández.

“Es inimaginable que al igual que los demás órganos del Estado, queden paralizados ante una situación así o alguna otra se debe de garantizar el Estado de derecho a los ciudadanos, atendiendo a la jerarquía de Ley para posteriormente estar en condiciones de adecuar la normativa correspondiente como son la Ley Orgánica del Poder Legislativo, el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, para establecer las reglas y procedimientos para realizar las sesiones, la manera que deberán de validarse las votaciones así como la plataforma digital que deberá usarse aprovechando las innovaciones científicas y tecnológicas” concluyó.

La iniciativa se aprobó por unanimidad y se turnó al Ejecutivo del Estado para su promulgación y publicación en el Periódico Oficial del Estado.

Solicitan suspensión y multa para “el Bronco” por “broncofirmas”

Comparte este artículo:

El ex consejero del INE, Marco Antonio Baños, indicó que el Congreso local de Nuevo León debe ejercer su soberanía u , dejando a un lado intereses políticos, sancionar al Gobernador Jaime Rodríguez Calderón con una multa ejemplar y su separación temporal del cargo.

Baños, quien participó en la investigación del Instituto Nacional Electoral sobre el uso de recursos públicos para obtener las firmas de apoyo que requería Rodríguez para su candidatura presidencial en el 2018, dijo que la gravedad de las faltas está acreditada y no pueden darle un castigo “light”.

Por otro lado, lamentó que el Congreso esté a punto de cumplir dos años sin concretar un castigo para el gobernador y el Secretario General de Gobierno, Manuel González, como lo ordenó la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Además, estimó que la multa debe ser mucho mayor a los 317 mil 022 pesos que se plantearon en el dictamen que se voto el pasado viernes en el Congreso.

“Me parece ridículo que se considere una amonestación pública y una multa apenitas por arriba de los 300 mil pesos, porque si el castigo es una multa, pues esta debe ser ejemplar. Y para ellos debe definirse con exactitud cuántas fueron las horas que estos 572 servidores públicos dedicaron a recabar las firmas del Bronco… y eso debería ser lo que tendría que regresar, más un porcentaje que, en mi opinión, debería de ser de un 50 por ciento más. También se tiene que revisar la posibilidad de una suspensión en el ejercicio del cargo, a lo mejor no una destitución, pero sí una suspensión para que cumpla una sanción, no soy partidario de la destitución, pero sí debe proceder la suspensión”, señaló.

“Más allá de propósitos políticos tiene que establecerse una sanción ejemplar, porque una multa de 300 mil pesos no lo es, muerto de la risa lo vuelve a hacer. Si el Bronco se separó del cargo con una licencia para ir con una candidatura, también se le puede separar para sancionarlo, sin que sea por lo que resta de su gestión, para que no se entienda como una destitución. Sé que están pendientes recursos en la Suprema Corte, pero en ejercicio de su soberanía, el Congreso local debe tomar una decisión ya”.

Cabe recordar que el pasado viernes, luego de incumplir en dos ocasiones con plazos establecidos por el TEPJF para que se castigue a los dos funcionarios por desvío de recursos, el Congreso intentó hacerlo llevando al Pleno una propuesta para amonestarlos públicamente y multarlos con 90 días de su salario a cada uno, dictamen que no fue aprobado, y el expediente regresó a la Comisión Anticorrupción para que se elabore otra propuesta.

#ParidadEnTodo: deuda pendiente con las mujeres

Comparte este artículo:

A la histórica integración paritaria de las Cámaras Alta y Baja, le siguieron una serie de reformas para alcanzar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres. Una de ellas fue la reforma constitucional para marcar la obligación de la integración de todos los organismos, de todas las instancias, en paridad. Esto quiere decir que tanto mujeres y hombres ocuparían, en igualdad de condiciones y de oportunidades, los puestos del poder público. Con ello, México tomó pasos firmes para poner fin a una deuda histórica con las mujeres en relación a su obstaculización para acceder a los puestos de toma de decisiones.

Al interior de la República mexicana, la paridad en la integración de órganos legislativos se vio materializada en varias entidades, incluida Nuevo León. 

Hoy, a unos días del vencimiento del plazo para la armonización legislativa sobre las reformas de paridad en los tres poderes del Gobierno estatal, el Congreso de NL aún no ha tomado cartas en el asunto. 

Recordemos que fue apenas en 1953 cuando el reconocimiento al sufragio femenino fue efectivo en nuestro país. Recordemos también que, a partir de ahí, una serie de nuevos obstáculos y barreras se han presentado en el camino para que las mujeres puedan acceder a candidaturas y al poder público.  Con la reforma #ParidadEnTodo México demostró un claro compromiso para derribar dichas barreras. 

El problema no es que no haya mujeres capaces, es que no las voltean a ver. El problema no es llegar “gracias a una cuota”, el problema es esa enorme resistencia a nombrar mujeres para dirigir, administrar, decidir. El problema también consiste en seguir viendo la paridad como algo nocivo para alguna de las partes, cuando en realidad presenta igualdad de oportunidades para ambas. 

Necesitamos un Congreso local que entienda que la paridad de género no es parte de ninguna agenda política, sino un esfuerzo de reconocimiento a la igualdad de derechos, a la igualdad al acceso a un cargo público: un tema de contrarrestar la deuda pendiente con las mujeres del estado. 

Urge que los Congresos estatales, incluido el de Nuevo León, demuestren que la garantía de la igualdad de género forma parte de sus prioridades. Urge que diputadas y diputados aprueben los cambios legislativos que nos ayuden a acercarnos a una democracia de calidad, una democracia en la que las mujeres participemos en igualdad. 

Piden remoción de Karina Barrón de la Comisión de Género del Congreso Local

Comparte este artículo:

Organizaciones de la sociedad civil y ciudadanas de Nuevo Leon pidieron al Congreso de Nuevo León que se remueva a la diputada Karina Barrón de su cargo como presidente de la Comisión para la Igualdad de Género.

En la petición, ponen como motivo que la labor de la diputada de Movimiento Ciudadano (MC) ha fallado en la protección a los derechos de las mujeres, niñas y adolescentes”.

En un comunicado, el colectivo Mujeres+Mujeres, explicaron que la diputada preside la Comisión desde el 2016, aún cuando estaba en funciones de la legislatura pasada, con lo que acumula casi cuatro años en el cargo.

“El Congreso de Nuevo Leon, que debe en todo momento respetar su propia Ley Orgánica y Reglamento Interior, ha incumplido con su obligación expresa de rotar la Presidencia de la Comisión anualmente”, se lee la misiva.

Por otro lado explican que Karina Barrón no representa los intereses de las mujeres, niñas y adolescentes en Nuevo León, ni los principios convencionales y constitucionales, entre ellos el de progresividad y no regresividad de los derechos humanos.

“La mujeres, niñas y adolescentes de Nuevo León merecemos estar representadas por una diputada cuyo trabajo parlamentario sea con perspectiva de género, que comprenda las desigualdades y violencias que enfrentamos y defienda nuestros intereses de manera real y efectiva. La diputada Barrón dista mucho de ser la legisladora ideal para este trabajo”, agregan.

Además hacen referencia a que votó a favor de la reforma al artículo 1 de la Constitución local en marzo de 2019, en el que se reconoció el derecho a la vida “desde la concepción y hasta la muerte natural”, y su reciente postura a favor del PIN Parental.

El colectivo Mujeres + Mujeres señala en la petición para recolectar firmas a favor de la destitución de Karina Barrón que el documento será entregado en la Oficialía de Partes del Congreso del Estado de Nuevo León.

La ultraderecha, enemiga de las ciencias sociales

Comparte este artículo:

Las instituciones educativas en cualquier nivel tienen el objetivo de exponer la mente a perspectivas diversas que generen un rebote de ideas y que estimulen un enriquecimiento en la manera de ver al mundo. Cuando el alcance de la educación integral se ve limitado, se coarta con ello la posibilidad de construir ciudadanos críticos y objetivos que aboguen por la construcción de un mundo más tolerante, y por lo tanto, más pacífico. 

Para fundamentar la iniciativa de reforma de ley en el Congreso de Nuevo León, conocida como el “pin parental”, el Diputado Carlos Leal del PES; anunció que en las escuelas se adoctrina a los niños con “ideología de género”, y con eso refiere a la supuesta imposición de ideas sobre la sexualidad y el género que atentan contra la moral de las familias de los mismos niños. En esencia, el concepto de “ideología de género” ha sido un recurso de la extrema derecha empleado en diferentes países de América Latina para desacreditar la lucha por los derechos de la comunidad LGBTTIQ+ y satanizar la educación sexual integral al exagerar su propósito y establecer que busca homosexualizar a la sociedad. 

Una de las razones por las que sigue habiendo un importante apoyo hacia las iniciativas de reformas que coartan el acceso al conocimiento sobre la sexualidad y el género, es la desinformación entre quienes apoyan estas normas tradicionalistas. A partir del comienzo de los estudios de género, con John Money en 1955, y Robert Stoller en 1968, se estableció la diferencia sociológica entre los conceptos de sexo y de género; para explicar la disimilitud entre el estado biológico del cuerpo y las conductas sociales de las personas. En su libro, Sexo y género, Stoller muestra el sexo como un concepto binario, puesto que solo se puede nacer con uno de dos órganos reproductivos; vulva o pene. Por otro lado, explica el género como el conjunto de conductas aprendidas en sociedad y que rigen la manera de vestir, de comportarse y de seguir los roles de género (las tareas asignadas para cada sexo según la cultura). Con esto, se establece con base en conocimiento científico social que los conceptos de sexo y de género son independientes entre sí y no hay una razón para que cierto sexo empate con un determinado género. Es más, debido a que el género es un constructo social que se desarrolla con base en la formación recibida, éste puede manifestarse de múltiples formas y, por consiguiente, no es binario. De esta manera, las ciencias sociales explican que, en efecto, el género es un concepto abstracto, y que, por lo mismo, no debe ser el objeto de discriminación o de negación de derechos entre las personas. La ciencia debe ser la que rige la formación para construir un mundo tolerante, y no la postura moral de cada padre, que bien se encuentra sesgada por convicciones personales.

El acceso a la educación sexual permite a las personas crecer con la idea de que las diferencias en la elección de la identidad de género, no son un criterio válido para la exclusión social. Censurar la información con base en una moral personal, solo marca brechas entre quienes piensan distinto, en lugar de abrir un espacio para la discusión saludable y la coexistencia pacífica. 

Segob solicita no aprobar “PIN Parental”

Comparte este artículo:

La Secretaría de Gobernación se sumió a las voces que se oponen a las reformas constitucionales que iban a ser votadas este viernes en el Congreso de Nuevo León y que abren la puerta para el establecimiento del PIN Parental.

En su cuenta de Twitter, la dependencia federal se pronunció sobre el tema.

“La Secretaría de Gobernación exhorta al Congreso de Nuevo León a velar por los derechos de niñas, niños y adolescentes y proteger la Constitución y a no aprobar reformas que infrinjan la rectoría del Estado sobre todos los contenidos educativos”, se lee en el tweet publicado la mañana del jueves,

De acuerdo a las reformas educativas, se busca que los padres puedan tener injerencia sobre el tipo de educación que reciban sus hijos, lo que abre la puerta al la implementación del llamado PIN Parental, que obligaría a las escuelas a avisar a los padres cuando vayan a ver contenidos relacionados con asuntos morales o de educación sexual o de género.

OSCs y activistas han señalado que el PIN Parental coarta el derecho humano de los niños a recibir una educación integral y sin sesgos religiosos.

Reforma en materia de educación ¿podría ser violatoria de derechos humanos?

Comparte este artículo:

La semana pasada la Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso del Estado de Nuevo León aprobó una controvertida reforma al artículo tercero de la Constitución estatal. En esencia, se busca que dicha reforma sea una homologación con la Constitución federal y los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos. Sin embargo, dentro del dictamen aprobado se contempla un apartado que textualmente dice: “Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos“. 

Quienes defienden esta parte de la reforma argumentan que dicho texto está en sintonía con el tercer párrafo del artículo 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en la que se reconoce la libertad que tienen los padres y las madres de familia para incidir en el tipo de educación que recibirán sus hijos o hijas. 

Sin embargo, lo que no mencionan es que dicha libertad, en primer lugar, no es absoluta y, en segundo, ya está regulada en el marco jurídico mexicano desde hace varios años. Tan es así que miles de niñas y niños en todo México estudian en escuelas privadas en lugar de en escuelas públicas o asisten a instituciones educativas religiosas, de acuerdo con lo que sus padres y madres han considerado como más adecuado. Lo anterior encuentra sustento en el artículo 3 de la Constitución mexicana y en diversos artículos de la Ley General de Educación. 

Ante este panorama surgen ciertas preguntas: si esto ya está reconocido en la legislación actual, ¿cuál es la necesidad de incluir ese ambiguo texto en la Constitución del Estado?, ¿es solo una deficiencia de técnica legislativa o hay una razón detrás?, ¿es esta una forma para, más adelante, regular el pin parental en la Ley de Educación del estado? 

La libertad de los padres y las madres de familia para incidir en la educación de sus hijos e hijas tiene como límite los principios educativos contenidos en la Constitución mexicana y en los tratados internacionales de los que México es parte. Sin embargo, la reforma, en su redacción, no establece dicha limitación. 

A continuación presento cinco razones para considerar porque la redacción propuesta en la reforma podría desembocar en violaciones a los derechos humanos de la niñez, contenidos en nuestra Constitución y en los tratados internacionales ratificados por el Estado mexicano.

1. La educación es un derecho de la infancia, no de los padres de familia o del Gobierno. En tal sentido, Unicef ha establecido que las niñas y los niños son sujetos de derechos, antes que sujetos de protección. 

2. El Comité de Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño ha reconocido que la educación que se le brinda a la infancia deberá estar -necesariamente- encaminada a una amplia gama de valores, y que dicho consenso atraviesa las líneas divisorias que han trazado las religiones, las naciones y las culturas en muchas partes del mundo, permitiendo conciliar valores distintos por medio del diálogo y el respeto a las diferencias.  

3. El mismo Comité también ha establecido que cualquier forma de educación que no respete las diferencias, los derechos humanos, la igualdad o la dignidad de las personas contraviene directamente la Convención sobre Derechos del Niños y es en sí misma discriminatoria. 

4. El Comité de Naciones Unidas sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Comité DESC) ha sostenido que la educación integral sobre sexualidad y reproducción es obligatoria, no debe ser discriminatoria, debe estar basada en pruebas, ser científicamente rigurosa y estar adecuada en función de la edad.

5. Por otro lado, en la Observación General núm. 13, el Comité DESC estableció que la influencia de los padres y las madres en la educación de sus hijos o hijas está supeditada por las normas mínimas de educación que establezca el Estado y deberá, en todo momento, estar guiada por la comprensión, la no discriminación, la educación para la paz y la supresión de los estereotipos sexuales y de otro tipo en la educación.

Sería preocupante que la reforma se aprobara con la redacción propuesta, ya que esto abriría el paso a una eventual reforma a la Ley de Educación del Estado, para consentir la creación del pin parental y que las familias pudieran impedir que sus hijos o hijas participen en actividades con las que no están de acuerdo. Es preocupante porque el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación ha mostrado datos alarmantes en relación con la percepción de discriminación e intolerancia hacia algunos grupos de población en Nuevo León. 

Es preocupante porque la reforma, tal como está, parece que reconoce a la educación como una libertad de los padres y las madres y no como un derecho inherente de la infancia. Los niños y las niñas son sujetos de derechos, no son objeto de propiedad de nadie. 

Y, sobre todo, es preocupante porque parece que algunos legisladores no entienden que el derecho a la educación de la infancia no permite una “objeción de conciencia” de los padres y las madres para impedir que sus hijos o hijas accedan a la educación contenida en los planes de educación del Estado. 

El siguiente paso en el proceso legislativo es la votación de la reforma en el Pleno del Congreso, por lo que este mensaje está dirigido a las y los legisladores que están a punto de votar el mencionado dictamen: No usen a la infancia como un campo de batalla para dirimir intereses políticos; su trabajo es garantizar los derechos de las niñas, los niños y los adolescentes, no limitarlos ni cuestionarlos.