Gobierno de AMLO se queja ante la SCJN por reducción de casillas para la revocación de mandato

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La Consejería Jurídica de la Presidencia de la República denunció por medio de un recurso de queja que el Instituto Nacional Electoral (INE) incumplió con un mandato de la Suprema Cortede reducir el número de casillas que se instalarán en la consulta de revocación de mandato.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá dio un plazo de 15 días al organismo para informar a la Suprema Corte u ofrecer pruebas sobre la forma en que se ha organizado el ejercicio de revocación de mandato. “Precisando los actos que ha llevado a cabo para cumplir con la medida cautelar decretada apercibida que, de no hacerlo, se presumirán ciertos los hechos que se le atribuyen y se le impondrá una multa de 10 a 180 días de salario“, comentó el ministro.

La Presidencia argumentó que: “Si bien el ministro instructor modificó la suspensión para que el proceso de revocación de mandato se ejecutara de una manera más eficiente por parte del INE, con el presupuesto ya programado, ello no puede verse traducido en la disminución del número de casillas, ya que implicaría la afectación al derecho a la participación política de los ciudadanos“.

Con información de López-Dóriga Digital

Corte resuelve que noticiarios no están obligados a distinguir opinión de información

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) precisó que por el momento los programas de radio y televisión no estarán obligados a distinguir entre información y opinión o juicios de valor de quien los emite ante las audiencias.

Este jueves la Primera Sala de la Corte publicó la versión completa de la sentencia emitida el pasado 19 de enero en el amparo tramitado por la organización Litigio Estratégico para la Defensa de los Derechos Humanos contra la reforma de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTYR) de 2017.

En la votación, los integrantes de la Sala avalaron la propuesta de amparar a la organización pero hoy que notificaron la versión completa de la sentencia, precisaron que los efectos del amparo únicamente beneficiarán a la quejosa.

Es decir, que aunque le concedieron el amparo para obligar a los concesionarios a identificar entre información y opinión, esto no tiene efectos generales.

“El efecto principal de la concesión del amparo en su contra debe traducirse en la inaplicación presente y futura a la parte quejosa-recurrente“, señaló la Sala.

En la sentencia, la Sala señaló que en la abrogación de la obligación de distinguir entre información, publicidad y opinión se abrogó también el derecho de la organización a ejercer libremente su autonomía para decidir qué contenidos consumir.

(Fuente: Luis Cárdenas MX)

SCJN avala que INE organice revocación como lo permita el presupuesto

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Este jueves, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le concedió la suspensión al Instituto Nacional Electoral para que lleve a cabo la consulta de revocación de mandato de manera eficiente y tanto como se lo permita el presupuesto que hasta el momento tiene programado.

La medida cautelar también deslinda de algún tipo de responsabilidad penal o administrativa en contra de los consejeros del INE por sus decisiones sobre la consulta de revocación de mandato.

Se modifica la suspensión decretada el 10 de diciembre de 2021, solicitada por el Instituto Nacional Electoral, para que lleve a cabo el procedimiento de revocación de mandato de la manera más eficiente, tanto como lo permita el presupuesto que hasta el momento tiene programado; así como para que no se ejecute la resolución sobre algún tipo de responsabilidad penal o administrativa en contra de los integrantes del Consejo General de dicho Instituto, en los términos y para los efectos que se indican en este acuerdo“, detalla el acuerdo.

Con esta determinación, el órgano electoral podrá instalar un número menor de casillas que en el proceso electoral previo, sin que ello tenga alguna repercusión para los consejeros.

La medida suspensión concedida surtirá efectos de inmediato y sin necesidad de otorgar garantía alguna, sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse derivado de algún hecho superveniente. Dada la naturaleza e importancia de esta medida cautelar, se habilitan los días y horas que se requieran para llevar a cabo las notificaciones de este acuerdo“, estableció el acuerdo publicado por el máximo tribunal del país.

El fallo de la Corte se da luego de que este lunes la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) rechazó otorgarle la ampliación presupuestal al INE por mil 700 millones de pesos para llevar a cabo dicho ejercicio democrático.

(Fuente: Luis Cárdenas MX)

Prohíbe SCJN a los partidos promocionar la revocación de mandato

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La Suprema Corte de Justicia prohibió la participación de los partidos políticos en la promoción de la revocación de mandato.

Con 8 votos a favor y 2 en contra, la Corte anuló el último párrafo del art. 32 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, que establece que los partidos políticos pueden promover la participación ciudadana durante la consulta. Esto, ya que el artículo 32 de la Ley representa un conflicto constitucional con el artículo 35 de la misma, en la que se le reserva la facultad de promoción exclusivamente al INE. 

“El Constituyente no previó la más mínima participación de los partidos en la revocación, sino que puso reglas que de manera categórica privilegian la participación directa de la ciudadanía”, afirmó la Ministra Norma Piña.

De la misma manera, el ministro Alberto Pérez Dayan mencionó que “La participación de los partidos desde el primer momento sería trasladar la contienda electoral ya perdida a un ejercicio de revocación”.

Por su parte, la ministra Yasmin Esquivel, cuyo voto fue en contra de la anulación, sostuvo que no se puede limitar la libertad de expresión de los partidos,

Las disidentes fueron las Ministras Loretta Ortiz y Yasmin Esquivel. Esta última dijo que no se puede limitar la libertad de expresión de los partidos, añadiendo que el artículo 41 de la Constitución les da participación en los procesos democráticos.

Con información de: “El Norte”. 

INE informará a TEPJF y SCJN que está imposibilitado a cumplir con la ley para revocación

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Este lunes, el consejero presidente del Instituto Nacional Electoral, Lorenzo Córdova ordenó al secretario Ejecutivo, Edmundo Jacobo, informar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que, debido a que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público notificó que no dará recursos para la revocación de mandato, el INE está imposibilitado a cumplir lo establecido en la ley.

El lunes por la tarde, el Consejo General del INE conoció de la negativa de la Secretaría de Hacienda de otorgarle los más de mil 700 millones de pesos adicionales que solicitó para que la consulta de revocación de mandato se lleve a cabo en la dimensión de una elección federal con más de 161 mil casillas.

Córdova Vianello dio la instrucción al secretario Ejecutivo de informar “para todos los efectos a los que jurídicamente haya lugar“, para aclarar que el INE cumplió con todas las indicaciones ordenadas por las autoridades superiores.

Y le ordeno comenzar los ajustes normativos que sean necesarios para realizar la revocación de mandato hasta donde los recursos presupuestarios sean posibles“, señaló.

Por su parte, el diputado Mario Llergo, representante de Morena ante el órgano electoral, criticó que el consejero presidente del INE haya ordenado leer las conclusiones de la respuesta de la Secretaría de Hacienda en la que se indicó que no era viable jurídicamente entregarles dinero.

Señalar que no estaba en la orden del día la lectura del oficio de Hacienda“, por lo que exhibió que no se apegaron al orden del día.

En respuesta, Lorenzo Córdova recordó que el reglamento le da facultades como presidente del Consejo General, y resaltó que el tema en el orden del día era la revocación de mandato, cuyo informe que estaba sujeto a la respuesta de Hacienda.

Con esta negativa el Consejo General y las áreas técnicas comenzarán los trabajos preparativos para el próximo viernes presentar una propuesta concreta que indique cuántas de las 161 mil casillas se podrán instalar. No obstante, las estimaciones previas señalan que podrían alcanzar sólo las 60 mil.

(Fuente: Luis Cárdenas MX)

Corte avanza en cancelar pregunta de ratificación de AMLO

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Esta tarde de lunes, una falla reportada en el sistema de aire acondicionado que provocó la aparición de humo en el pleno reportado por el Presidente Zaldívar, impidió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolver si elimina la pregunta de ratificación incluida por el Congreso en la consulta de revocación de mandato del Presidente Andrés Manuel López Obrador, prevista para el 10 de abril. Minutos después, los ministros se reunieron de nuevo, pero solo para el anuncio de que la sesión continuará mañana, mientras se arregla el aire acondicionado.

Cabe destacar que hasta el momento de la suspensión, cuatro Ministros, la mitad de los ocho votos necesarios (Alberto Pérez Dayan, Luis María Aguilar y Alfredo Gutiérrez), se han pronunciado en favor del proyecto de Pardo, que propone anular parte del artículo 19 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, que establece: “La pregunta objeto del proceso, la cual deberá ser: ¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?“. Lo que ministro Pardo propone eliminar la porción dice “o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo“, y que las boletas de la consulta solo contengan las opciones de respuesta “Si” o “No” a la pregunta de revocación.

Al contener esta pregunta, no solo el tema referente a la revocación, sino también si el Presidente debe seguir en su cargo hasta terminar el periodo, está incluyendo en forma expresa un tema adicional que no corresponde al objeto Constitucional de esta figura, con lo cual se desacredita el objeto del proceso de la consulta de revocación“, dijo Aguilar.

La Corte, de no tener la mayoría calificada, no se tendría lo necesario para invalidar, o aceptar el proyecto. Además de este tema, también discutirá otros aspectos de la ley de revocación ya que Pardo propuso a sus colegas anular la porción que permite la participación de los partidos políticos para promover la revocación y para designar representantes ante las mesas directivas de casilla el día de la consulta.

Con información de El Norte

SCJN admite acción de inconstitucionalidad promovida por diputados de oposición contra el Presupuesto de Egresos 2022

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Este día jueves, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite una acción de inconstitucionalidad presentada por un grupo de diputados de oposición contra el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2022; la acción se da en lo referente a recortes de recursos en materia de medio ambiente, atención a menores de edad e igualdad de género.

El ministro Juan Luis Gonzáles Alcántara Carrancá fue quien admitió a trámite esta impugnación, aunque rechazando la solicitud de los legisladores que había pedido que este asunto se “resuelva de manera prioritaria“, pero que fueron rechazados dado que al ser una minoría legislativa “no están legitimados para promover la referida solicitud“.

Esta impugnación fue promovida por legisladores de los partidos PAN, PRI y PRD, es decir por la oposición legislativa, quienes argumentan que estos recortes han violado diversos principios en materia de derechos humanos. Los diputados reclaman la invalidez de los recortes a las erogaciones para la igualdad, del medio ambiente y recursos naturales; recursos para la atención de niñas, niños y adolescentes; acciones para la prevención del delito combate a las adicciones, rescate de espacios públicos y promoción de proyectos productivos, entre otras aportaciones federales para entidades federativas y municipios.

Si bien la Corte tramita de manera rutinaria impugnaciones de órganos locales contra presupuestos locales, este asunto cobra relevancia dado que es la segunda vez que integrantes de uno de los tres poderes de la unión tramita un recurso contra el PEF.

La primera acción de inconstitucionalidad presentada en este sentido fue hecha por el expresidente Vicente Fox, que se quejó contra diversas determinaciones de la entonces Cámara de Diputados contra recortes al PEF 2005.

Con información del Sol de México

Ministro de la SCJN propone modificar pregunta de revocación de mandato.

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El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Jorge Mario Pardo Rebolledo, propuso modificar la pregunta que se utilizará durante la consulta de revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Al dictaminar la acción de inconstitucionalidad presentada por diputados de oposición, el ministro sugirió retirar el siguiente fragmento:

(…) o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo”.

Pardo Rebolledo argumentó que dicha parte abre la posibilidad de que el ejercicio se considere como una ratificación de mandato.

“¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”, dice la pregunta original.

El ministro explicó que el problema surge en que existe una disyuntiva en la que se pregunta “si es deseo que el Presidente de la República continúe su mandato hasta que termine su periodo”.

“Así, en realidad, materialmente se están formulando dos preguntas en la que tendría que ser una sola interrogante, estando una de ellas, sí referida de forma estricta a un ejercicio de revocación, pero la diversa, más bien infiere o da espacio a construir una pregunta sobre la ratificación, renovación o refrendo del nombramiento de quien es sujeto al referido ejercicio; situación que también se refleja en las opciones de respuesta que integran dicho sistema normativo”, señaló.

Además argumentó que el resultado negativo en el ejercicio de revocación de mandato implica que “el efecto natural” será que el funcionario permanezca en el cargo, por lo que dicha consecuencia “no debe contaminar el diseño de la respectiva pregunta o de sus opciones de respuesta, sino sólo ser, en su caso, la secuela o efecto normal del resultado del ejercicio”.

 

(Con Información de López Dóriga) 

 

CIRT rechaza sentencia para distinguir entre información y opinión; “es un ataque a la libertad de expresión”

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Este jueves, la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) expresó su “absoluto rechazo” a la sentencia aprobada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual ordena a los programas de radio y televisión distinguir claramente entre lo que es información y opinión.

A través de un comunicado, la CIRT advirtió que dicha sentencia es un ataque directo e inusitado a la libertad de expresión en México.

Además, sostuvo que dicha resolución se trata de una obligación imposible de cumplir y va en contra del más elemental sentido común, ya que con su aplicación, advirtió, “se corre el riesgo inminente de que sean canceladas la mayor parte de los programas noticiosos y que se eliminen aquellas notas informativas en que terceros nos distinguen entre información y opinión”.

“La libertad de expresión de los medios de comunicación y de sus comunicadores es la que les permite entreverar noticia y opinión; decidir la agilidad con la que se hace uso la comunicación; el derecho a la libertad editorial y el momento y la forma en que se utiliza”, añadió.

Asimismo, indicó que tal medida afectará la dinámica de trabajo de todos los medios de comunicación, tanto públicos como privados, como es el caso de la transmisión de los encuentros en las conferencias matutinas del presidente de la República, si no hace una clara distinción entre noticia y opinión.

La CIRT indicó que harán uso de todos los recursos legales que la ley les otorga para continuar defendiendo a las audiencias mexicanas con “contenidos de calidad, ágiles, entretenidos comprometidos con la verdad y antes que cualquier otra cosa: emitidos con total libertad sin controles del Estado”.

“Es absurdo que desde el Estado se pretenda someter a la radio y televisión a controles y sanciones burocráticas, que rompan con el flujo y el ritmo de la comunicación”, puntualizó.

Por último, hizo un llamado al Gobierno Federal, al Congreso de la Unión, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y al IFETEL para que este asunto pueda resolverse con pleno respeto a la Constitución, a los tratados internacionales celebrados por nuestro país, y la defensa del desarrollo democrático de México.

(Fuente: Luis Cárdenas MX)

INE interpone 4 impugnaciones ante la Corte por revocación de mandato

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite cuatro recursos de reclamación interpuestos por el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra de la revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador.

La autoridad electoral impugnó las resoluciones de la Comisión de Receso de la SCJN, integrada por las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Margarita Ríos Farjat, la cual en diciembre pasado admitió a trámite las controversias constitucionales presentadas por el Poder Ejecutivo y el Legislativo en contra de la decisión del Consejo General del INE de aplazar la revocación de mandato. 

A través de su secretario ejecutivo, Edmundo Jacobo Molina, el INE también impugnó la decisión de ambas ministras de la SCJN de otorgar, en esas dos controversias constitucionales la suspensión del acto reclamado, medida que obligó a esta autoridad electoral a seguir con la organización de la revocación de mandato.

(Fuente: Luis Cárdenas MX)