La Secretaría de Salud anunció ajustes a las acciones de vigilancia epidemiológica, con al cual se contabilizará, sin necesidad de confirmación de laboratorio, a personas que tuvieron contacto con pacientes de COVID-19 como positivos, por lo que ayer se reportaron 28 mil 115 casos confirmados y 2 mil 789 muertes por coronavirus más con respecto al informe del domingo por la noche.
Así, hasta ayer se tenían reportados en el país 789 mil 780 casos totales de COVID-19, así como 81 mil 877 defunciones por el virus en lo que va de la pandemia. El domingo las autoritarias sanitarias informaron de 79 mil 88 defunciones y 761 mil 665 contagios confirmados.
El subsecretario de Salud, Hugo López-Gatell, dijo que el uso del laboratorio es útil en el diagnóstico, pero no es el único mecanismo para determinar COVID-19.
“No solamente mediante pruebas de laboratorio se determina si una persona que tiene una enfermedad o que fallece por esa enfermedad, en este caso COVID-19, la tenía o no. La vigilancia epidemiológica busca ampliar el panorama de diagnóstico y en muchas circunstancias no se puede tener el resultado de una prueba de laboratorio, pero analizando la situación, el contexto, si una persona tuvo contacto con alguien que tiene diagnóstico por laboratorio por COVID-19 se infiere que también esa personas, que tenga los mismos síntomas o parecidos, tiene COVID-19, no necesitamos tener la información del laboratorio para considerarla”, dijo el subsecretario.
Por su parte, el director de Epidemiología de la Secretaría de Salud, José Luis Alomía, detalló que esta modalidad de vigilancia, denominada “asociación epidemiológica”, se ha utilizado a lo largo de los últimos dos meses.
“A partir de que se emitió esta nueva disposición ya no solamente podría tener casos confirmados por laboratorio, sino también tener casos confirmados por asociación epidemiológica sin la necesidad de tener una muestra”, dijo.
Alomía Zegarra indicó que desde este lunes 5 de octubre se estará integrando a la estadística una nueva definición operacional denominada “caso confirmado por asociación epidemiológica”, la cual se refiere a los sospechosos de enfermedad respiratoria viral sin muestra de laboratorio y que hubieran tenido contacto en los 14 días previos al inicio de síntomas con un caso de defunción confirmada.
“Durante los últimos dos meses, básicamente después de que se activó esta nueva definición operacional las entidades empezaron a usarla, tanto esta definición como una previa que también ya habíamos comentado, que era el dictamen clínico-epidemiológico, que, como su nombre lo dice, o para efectos del dictamen se aplica a las lamentables defunciones”, detalló el funcionario de Salud.
Por otro lado, puntualizó que hablará de este grupo de defunciones en los informes siguientes incluyendo aquellos casos que en su momento no pudieron acceder a una tomada muestra o, también, una defunción que ni siquiera tuvo acceso en un momento determinado a atención médica, por ello el área correspondiente, sea la jurisdicción sanitaria o el estado, puede llevar a cabo “dictámenes”.
El dictamen se emite con base en signos, síntomas, evolución clínica, determinantes alrededor de la persona o, inclusive, si era un contacto confirmado previamente por laboratorio.