INE enfrenta obstáculos en notificar a AMLO sobre medidas adoptadas en su contra

Comparte este artículo:

El Instituto Nacional Electoral (INE) ha enfrentado dificultades para notificar al presidente Andrés Manuel López Obrador sobre las medidas interpuestas en su contra, que buscan evitar posicionamientos electorales tras sus señalamientos contra Xóchitl Gálvez. Esto se debe a que la Consejería Jurídica suspendió los plazos debido a su primer periodo vacacional.

El 13 de julio, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE aprobó medidas contra el Presidente de la República, solicitando que se abstenga de hacer pronunciamientos similares y ordenando el retiro de las conferencias matutinas del 3, 4, 5 y 7 de julio.

Al día siguiente, la Consejería Jurídica de la Presidencia, liderada por María Estela Ríos, publicó un acuerdo en el Diario Oficial de la Federación para suspender los plazos y términos legales de todas las actividades y trámites, incluyendo unidades administrativas, del 14 al 31 de julio debido al periodo vacacional.

El acuerdo señala que esta suspensión incluye la paralización de trámites, actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos, como la recepción de documentos e informes, acuerdos, inicio, substanciación, audiencias, resoluciones, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de información o documentos y medios de impugnación, entre otros.

Bajo este acuerdo, el presidente se ha justificado argumentando que aún no ha recibido la resolución para poder referirse al tema durante sus conferencias matutinas.

No obstante, es importante destacar que la cédula de notificación referente al acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias ya ha sido emitida por estratos, con el objetivo de notificar la resolución a todas las partes involucradas.

La senadora y aspirante a la presidencia, Xóchitl Gálvez, denunció al presidente Andrés Manuel López Obrador por sus pronunciamientos sobre ella durante la conferencia matutina.

(Fuente: Luis Cárdenas MX)

Medios de comunicación incitan a la violencia contra AMLO: Vocería de Presidencia

Comparte este artículo:

Ana Elizabeth García Vilchis, directora de Redes de la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería de Presidencia, acusó a los medios de comunicación de incitar a la violencia contra el presidente Andrés Manuel López Obrador, a través de las noticias falsas. 

La periodista Ana Elizabeth aseguró que con la presentación de este informe no se busca perseguir ni censurar a periodistas y medios de comunicación, sino “evidenciar la verdad”. 

“Los mal llamados líderes de opinión, cometen abusos emitiendo amenazas, injurias, calumnias, e incluso, incitaciones a la violencia que pueden estar dirigidas hacia el Presidente de la República, funcionarios del gobierno de Mexicano, instituciones y hasta usuarios que interactúan con alguna publicación”, puntualizó.

El presidente López Obrador afirmó que el gobierno mexicano se ha caracterizado porfomentar y respetar la libertad de expresión, además recalcó que este informe no busca perseguir ni censurar a los medios de información.

Lo que está en riesgo en el caso Tamaulipas

Comparte este artículo:

El asunto del gobernador Tamaulipas, Javier García Cabeza de Vaca, será en el futuro uno de los estudios de caso que el profesorado de derecho constitucional utilice con las y los alumnos de derecho. Pero también, peligrosa y tristemente, podría ser un hecho más que confirme el debilitmamiento de nuestra aún joven democracia. En estas líneas trataré de presentar lo que la sociedad mexicana se juega en el caso Tamaulipas.

La pregunta clave a resolver desde la perspectiva jurídica es si el gobernador cuenta aún con fuero constitucional por delitos federales. Desde mi perspectiva, el Ejecutivo tamaulipeco aún cuenta con la protección constitucional. Primero, porque en la Exposición de Motivos de la reforma constitucional de 1982 en que se adicionó esta porción normativa, expresamente, se señala que si bien la modificación busca evitar la impunidad de las autoridades locales por delitos federales, “con el más absoluto respeto al pacto federal, la declaratoria de procedencia que emitiere la Cámara de Diputados, no removería el obstáculo procesal, sino dejaría a las legislaturas locales la determinación correspondiente”. Y, en segundo término, debido a que  en la Ley que regula el procedimiento de la declaratoria de procedencia se aclara cuál es el alcance de la participación de los Congresos Locales: “para que en ejercicio de sus atribuciones proceda como corresponda y, en su caso, ponga al inculpado a disposición del Ministerio Público Federal o del Organo Jurisdiccional respectivo”. (Art. 28 Ley Federal de los Servidores Públicos).

¿Por qué entonces tanta confusión de parte de ciertas autoridades y actores políticos? Es en esta parte en donde se inscribe lo que está en juego para nuestra democracia constitucional.

En primer término, está en juego el papel de un órgano constitucionalmente autónomo (OCA) y el nivel de control que tiene sobre sus decisiones el Ejecutivo en turno. En México, los OCA nacieron justamente para controlar la partidización y el uso faccioso del poder de parte del Presidente de la República. Más aún, la autonomía de la Fiscalía General de la República debería ser un dique a las investigaciones penales con fines políticos. En este sentido, el fuero constitucional que sirve para proteger a ciertos funcionarios públicos “de eventuales acusaciones sin fundamento (…)” (P./J. 37/96), sólo podrá eliminarse completamente y recuperarse la igualdad procesal entre la ciudadanía, servidores públicos o no, cuando la Fiscalía dé prueba de su autonomía frente al poder presidencial. Si ni siquiera las personas con fuero constitucional están a salvo de la partidización de una investigación criminal, menos lo estarán activistas sociales, defensoras de derechos humanos, etc. Este caso, por tanto, representa el grave riesgo de perpetuar las investigaciones criminales con fines políticos, lo que puede significar una fractura más que acelere la erosión de la democracia en México.

Por otra parte, también nos jugamos la destrucción, en los hechos, del federalismo mexicano. Aunque las reformas y la práctica mexicana consoliden cada vez más un modelo centralizador de federalismo, continuamos siendo una República federal acorde a nuestra decisión soberana expresada en el artículo 40 constitucional, y seguíamos teniendo expresiones de diversidad política y social desde los estados, como fue la Alianza Federalista hace unos meses. Estas acciones persecutorias basadas en una interpretación errónea de la Constitución muy probablemente inhibirán el disenso y la creatividad local. Puesto en otros términos, por efecto del ejercicio ilegítimo del poder de la autoridad federal, cada vez más se privilegiará la unidad impuesta desde el centro y se debilitará la diversidad creada desde la periferia. Dicho efecto inhibiría el cumplimiento de la responsabilidad de las entidades federativas, como afirmó la Corte, “de hacer todo lo posible para mejorar la calidad de vida y ampliar los derechos de los ciudadanos que se encuentren dentro de su territorio o jurisdicción” (Acción de Inconstitucionalidad 15/2017 y acumuladas). Con ello, se cambiará el ideal de una coordinación eficiente fundada en el derecho, como en los más modernos federalismos, por la imposición arbitraria sustentada en el temor de una investigación penal o de la declaración de suspensión de poderes.

Finalmente, un riesgo más que podemos derivar del caso Tamaulipas es la afectación a la supremacía constitucional y a una cultura en la que se respete la Constitución porque se conoce y se valora su fuerza normativa para regular los conflictos. En primer término, claro, desde una perspectiva del alcance del artículo 133 constitucional de tener en nuestra constitución a la Ley Suprema, lo que se confirma con la obligación de todas las personas servidoras públicas de cumplir con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ya antes he dicho que para mí la interpretación del artículo 111 constitucional (párrafo quinto) debe privilegiar la participación de los Congresos estatales. De hecho, en el caso del desafuero de AMLO como Jefe de Gobierno la SCJN interpretó que, con relación a este párrafo del 111 constitucional, la decisión de la Cámara tiene un efecto meramente declarativo (Controversia Constitucional 24/2005). Y, desde este mirador, si desde las autoridades nacionales se desconoce el valor de la Constitución como límite al poder y como protección de derechos y libertades, el efecto anti pedagógico en la cultura constitucional del país es enorme. En realidad, el problema constitucional está resuelto. Lo que no está resuelto es el intento de ignorar la voluntad expresada por el Poder reformador de la Constitución en 1982 y, también, de hacer a un lado criterios o precedentes del máximo órgano judicial en el país. La consecuencia, desde mi perspectiva, será el forzar una interpretación de las normas según convenga y, con ello, puntualizar aún más que nuestra máxima Ley no sea respetada ni valorada por las personas.

Como puede verse, no es el destino del Gobernador de Tamaulipas lo que me preocupa. En cierto sentido, tampoco estoy preocupado porque pueda evadirse a la justicia; ya lo dijo el Ministro González Alcántar, “existe la oportunidad de llevar a cabo el procedimiento penal una vez que el servidor público concluya en su cargo”. 

Lo que debe preocuparnos es que está en juego la supremacía constitucional y la cultura de cumplimiento de las normas. También, que está en riesgo el federalismo como expresión de la diversidad creativa que, dentro del conflicto reglado, coopere con la Federación para mejorar la calidad de vida de sus habitantes. Y, por último, debemos reflexionar que está en juego el acotar un poder presidencial que nos tardamos muchos años en limitar legítima e institucionalmente. En suma, desde mi punto de vista, está en riesgo la estabilidad democrática del país.

“Hay que tapar la boca a los reporteros”, dice Julio Scherer

Comparte este artículo:

El Consejero Jurídico de la Presidencia, Julio Scherer Ibarra, consideró que hay que tapar la boca a los reporteros” para que no tienten a AMLO con temas electorales durante sus conferencias de prensa. 

Lo anterior, para evitar sanciones del Instituto Nacional Electoral (INE) contra el Presidente de la República. 

Así lo dijo en entrevista con Aristegui Noticias, aunque después se retractó y ofreció disculpas por ello. 

“Bueno, el Presidente tiene un problema, hay que taparle la boca también a los reporteros y decirles: ‘oiga, por favor no pregunten eso’.

“Hay que decirle a los reporteros: ‘usted no puede preguntar de eso y no puede preguntar del otro’, porque entonces pone en riesgo al Presidente de que el INE le ponga una multa o lo meta a la cárcel”, afirmó el funcionario.  

Además, señaló que la autoridad electoral se extralimita en cuanto a sanciones tanto al Jefe del Ejecutivo como a los que encabezan las candidaturas del partido en el poder, a quienes les han incluso cancelado sus registros. 

El Consejero Jurídico de la Presidencia, dijo que era una falta de respeto plantear la posibilidad de un arresto del Mandatario.

“Me parece que son excesos a los que está llegando ese Instituto, como también son un exceso las faltas que están planteando para retirar candidaturas. La no presentación de un informe de gastos es un exceso, me parece que se sobrelimitan, creo que podría haber otras sanciones”, expresó.

Al respecto, la periodista Carmen Aristegui señaló que el Presidente López Obrador podría optar por no responder las preguntas o explicar por qué no puede hacerlo.

Scherer pidió entonces a Aristegui que se imaginara al sometimiento al que estaban expuestos. 

Tras el escándalo por su expresión, el Consejero Jurídico de Presidencia ofreció disculpas en redes sociales.

“Lamento que una frase coloquial que expresé esta mañana, se confunda con un llamado a la censura. Nada más alejado de mis convicciones que eso. Mi respeto incondicional a los periodistas es absoluto. Ofrezco una sincera disculpa por ello”, publicó en su cuenta de Twitter.

AMLO y su gobierno fueron calificados recientemente por la Sociedad Interamericano de Prensa como unos de los más hostiles con los miembros de los medios de comunicación en toda América, junto con el Mandatario de Brasil, Jair Bolsonaro; de El Salvador Nayib Bukele, y Alberto Fernández, de Argentina. 

(Fuente: El Mañanero Diario)

Sometimiento ineludible

Comparte este artículo:

Todos los mexicanos, tenemos el derecho y la obligación de votar en las elecciones populares.

A través del ejercicio del referido derecho, en nuestro País elegimos al Presidente de la República, a quien se le deposita el ejercicio del Poder Ejecutivo de la Unión.

Cada uno de los Presidentes electos tienen su propio proyecto y visión, respecto de hacia donde quieren llevar a nuestra Nación, para lo cual organizan un sistema de planeación democrática, que imprime solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y democratización política, social y cultural del País, al que se le denomina Plan Nacional de Desarrollo y al que deben sujetarse los programas de la Administración Pública Federal.

Para poder materializar su visión, es necesario proponer al Congreso de la Unión reformas a disposiciones secundarias e incluso en ocasiones a la Constitución.

Sobre el particular, durante el mandato de Vicente Fox se reformaron 31 artículos, con Felipe Calderón 110 artículos, Peña Nieto 155 artículos, mientras que durante la administración del Presidente López Obrador se han reformado 42 artículos, todos los anteriores de nuestra Constitución.

La facilidad y cantidad de reformas me parece deplorable, pues se trata de la Norma Fundamental en la que descansa la totalidad del sistema jurídico mexicano, el federalismo, la división de poderes, etc.

Máxime, que en cualquier Estado Constitucional lo conducente es que la actuación de las autoridades, incluyendo al Presidente, se subordinen a la Magna Carta y no, que ésta se subordine a su visión de la Nación.

Sobre este punto, una de las cuestiones que me parecen más alarmantes respecto a las modificaciones del texto Constitucional, es que cualquiera de sus preceptos puede ser reformado con la misma facilidad, pues su artículo 135 únicamente establece que las adiciones a nuestra Norma Fundamental requieren que el Congreso con el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes acuerden las reformas y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México, pero sin distinguir entre tipos de normas.

A efecto de ejemplificar la gravedad de la situación, hoy esta en análisis la pertinencia de reformar la Constitución para desaparecer algunos Organos Constitucionales Autónomos. De realizarse la referida reforma, debemos dimensionar que con la misma facilidad con la que pueden desaparecer dichos Organos podría llegar otro Presidente y Congreso, proponiendo y aprobando una reforma para modificar el sistema federal, subordinar al Poder Judicial, entre otras, pues insisto, el artículo 135 de nuestra Norma Fundamental no distingue entre los preceptos que pueden ser sujetos de modificación.

En atención a ésta problemática, ante sociedades y Constituciones cada vez más flageladas por sus gobernantes, considero oportuno que nuestro máximo ordenamiento reconozca algunas disposiciones como normas pétreas, esto es, disposiciones rígidas inmutables o con mayores requisitos que las demás para su modificación, a efecto de salvaguardar las instituciones prioritarias y la identidad nacional.

Un ejemplo de las normas que estimo deberían catalogarse como pétreas, son: la progresividad de los derechos humanos (artículo 1º), la nación única e indivisible (artículo 2º) principio de legalidad (artículos 14 y 16), derecho al voto (artículo 35), soberanía nacional (artículo 39), sistema republicano y federal (artículos 40), división de poderes (artículo 49), periodo de seis años y no reelección para los presidentes (artículo 83), independencia del poder judicial (artículo 94), medios de control constitucional (artículos 103, 105 y 107), responsabilidad de servidores públicos (artículo 108), obligación de los gobernadores para cumplir leyes federales (artículo 120), separación iglesia – estado (artículo 130), Supremacía Constitucional (artículo 133) y finalmente inviolabilidad de la Constitución (artículo 136).

Esto, pues son los preceptos sobre los que sin lugar a dudas descansa la identidad nacional, que a toda costa debemos salvaguardar y que definitivamente ninguna visión particular debe vulnerar.

Finalmente, debo insistir, en cualquier Sistema Constitucional todas las autoridades deben actuar con sometimiento ineludible a la Norma Fundamental.

El “inicio del rompimiento del Pacto Federal”

Comparte este artículo:

Hace un par de días los Gobernadores que integran la denominada “Alianza Federalista” declararon que algunas acciones y omisiones del Presidente de la República podían significar el “inicio del rompimiento del Pacto Federal”. Estas declaraciones tuvieron varias interpretaciones. Una ellas consideró que estas palabras significaban que algunos estados podrían “abandonar” la Federación. El objetivo de esta colaboración es el tratar de delimitar el alcance las declaraciones de los Gobernadores aliancistas.

No considero que el significado político buscado por los Gobernadores sea el iniciar un proceso político separatista en México. 

En efecto, si bien se aprecian dos bloques de estados, uno en el norte y noreste de México (Chihuahua, Durango, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas) y otro en el occidente-Bajío (Aguascalientes, Guanajuato, Jalisco, Colima y Michoacán), sería iluso pensar que las poblaciones y las estructuras sociales, políticas y económicas de dichas entidades, por sí mismas o aglutinadas en dichos bloques, forman una homogeneidad suficientemente articulada para pensar que en ellas se está viviendo un impulso separatista de la Federación. En otras palabras, por más graves que sean los problemas que tengamos en el país y en dichos estados, ni cercanamente se asemejan a procesos políticos como los que vivió en su momento Quebec en Canadá o actualmente tiene Cataluña en España. 

Por otro lado, si dichas entidades “abandonasen” la Federación esto implicaría una modificación al artículo 43 de la Constitución, en donde se establecen las partes integrantes de la Federación. Para esa modificación no hay un procedimiento expreso en el propio texto constitucional. Lo que tenemos es la facultad del Congreso de la Unión para “admitir nuevos Estados a la Unión Federal” (art. 73, fracción I) y para “formar nuevos Estados dentro de los límites de los existentes” (art. 73, fracción III), pero para esto último es necesaria la participación del Congreso de la Unión, del Ejecutivo Federal, de las Legislaturas estatales de que se trate su territorio y del resto de las Legislaturas estatales. De hecho, este es uno de los mecanismos para modificar la Constitución, siendo el otro el establecido en el artículo 135 constitucional (Carbonell 1999: 253). Aun pensando que interpretativamente podría utilizarse este método para el sentido de abandonar la Federación que se ha dado a las declaraciones de los aliancistas, se requeriría la participación de otros Poderes federales y estatales. Sin embargo, no estimo que esta pueda ser la interpretación de dichas normas constitucionales, porque históricamente “el Estado federal, como el unitario, es obra de una Asamblea constituyente, que reduce la soberanía nacional a la independencia del Estado y no reconoce a los estados federados capacidad para cambiar la forma de gobierno (monarquía, república) o para abandonar el Estado en el que se han integrado”. (Artola 2005: 96).

Es por estas razones que el significado de las declaraciones de los Gobernadores aliancistas no puede ser el de “abandonar” la Federación. 

No obstante, sí creo que, si bien de forma un poco obscura, el contenido de sus declaraciones tiene un peso político importante para la discusión y eventual modificación del arreglo constitucional federal en México, el Pacto Federal. Si esto es a lo que realmente quisieron referirse, bienvenida la propuesta.

Si por Pacto Federal entendemos ese convenio fundante entre las partes integrantes de la Federación por el cual, como afirma Arteaga (2017), se (i) distribuyen entre dos fuentes de autoridad las facultades y atribuciones, (ii) se distribuyen los medios o principios para que ambas fuentes de autoridad sean autosuficientes, (iii) se hace funcional u operante la división de poderes y la distribución de las funciones en los ámbitos federal y local, (iv) se establecen las bases para que no exista ambigüedad sobre a qué autoridad le compete una facultad y (v) se establecen los principios para evitar la duplicidad de acciones; entonces, sin duda, el significado de la declaración de los Gobernadores debe llevar a la redefinición del federalismo mexicano.

Efectivamente, tal vez el grito de los aliancistas sea el grito de todas las entidades, aunque algunas no deseen que se les identifique como federalistas. Esto es así, si entendemos que “el federalismo se presenta como un mecanismo de pacificación institucional, que contribuye a encontrar soluciones acordadas (no impuestas desde el gobierno central) entre las partes que integran diversas unidades territoriales federadas”. (Tortolero 2018: 212). 

Aun con sus evidentes orígenes partidistas opositores al Gobierno de López Obrador, considero que la declaración de los Gobernadores aliancistas constituye una contundente afirmación política de que el arreglo constitucional federal (el Pacto Federal) y las decisiones que con base en él se timan diariamente en México, están fallando en lograr la pacificación institucional y en construir en común las soluciones que requieren nuestros graves problemas nacionales. Creo que ese es el sentido que quisieron dar los Gobernadores a sus declaraciones. Y por el bien del país, esperemos que ese sea el el sentido que todas y todos le demos a estas palabras.

Bibliografía

Arteaga Nava, Elisur. (2017). Derecho constitucional. Parte general: Teoría y política. México: Oxford University Press.

Artola, Miguel. (2005). Constitucionalismo en la historia. Barcelona: Crítica.

Carbonell, Miguel. (2008). Constitución, reforma constitucional y fuentes del derecho en México. México: Porrúa.

Tortolero Cervantes, Francisco. (2018). “IV. El federalismo mexicano actual”. En Barceló Rojas et al., Manual de derecho constitucional. Estructura y organización del Estado mexicano. México: Fondo de Cultura Económica.

Acusa Muñoz Ledo a Ebrard de tratar de quitarle poder a AMLO

Comparte este artículo:

Porfirio Muñoz Ledo, aspirante a la dirigencia nacional de Morena, aseguró que si su contrincante, Mario Delgado, gana la elección interna, el Canciller Marcelo Ebrard se convertirá de facto en el Presidente de la República, lo que pondría fin anticipado, políticamente hablando, al sexenio de Andrés Manuel López Obrador.

Durante una reunión virtual con militantes morenistas, que residen en los estados de Puebla y Morelos, el diputado federal acusó a Delgado y al Secretario de Relaciones Exteriores de tratar de acortar el periodo del tabasqueño.

¿Qué pasaría si ellos ganan? Pues ya va a ser presidente Marcelo, pues ya va a estar pelas, políticamente, el Presidente, me entienden, le van a hacer un sexenio corto, de tres años“, expresó.

En videoconferencia, el ex presidente de la Cámara de Diputados sostuvo que, en contraste, su candidatura garantizará que López Obrador pueda concluir su sexenio y que el partido que fundó tenga futuro para poder gobernar durante más periodos.

Durante la transmisión, el legislador hizo una pausa para ofrecer una entrevista radiofónica, en la que acusó al Canciller de conducir la política exterior de México en alianza con el Gobierno de Donald Trump.

Marcelo Ebrard era una gente de negocios, cuando Manuel Camacho lo acoge, hacen el partido de Centro, es ligeramente de derecha, en algunas cosas. Marcelo condujo y ha conducido la política exterior del País en alianza con el Gobierno de Donald Trump. Esto lo dice cualquier embajador con agallas y como yo soy un ex embajador con agallas, yo luché contra la política de Trump en materia migratoria“, dijo.

En otro momento de la conversación, Muñoz Ledo se lanzó en contra de la encuesta organizada por el Instituto Nacional Electoral (INE) -que se aplicará entre el 2 y el 8 de octubre-, para elegir al nuevo dirigente de Morena.

Consideró que se trata de un método que sólo beneficia a los candidatos que gastan más recursos.

El aspirante también se lanzó contra Delgado por conseguir adeptos para su candidatura a cambio de promesas como la reelección legislativa.

Según el diputado, su contrincante pretende integrar su propia “mafia”.

 

 

(Con información de Reforma)

La importancia del 6 de junio

Comparte este artículo:

Seguramente ya a estas alturas escuchas día tras día algo relacionado a las elecciones del 2021. Yo ya te platiqué sobre la magnitud de este proceso y la cantidad de cargos que se están en juego. Pero hay cosas que normalmente a primera vista no se notan, y que vale la pena resaltar, con la finalidad de que en nueve meses el voto de la ciudadanía sea informado y responsable.

Antes que nada, la importancia que se le debe de dar al proceso de renovación de la Cámara de Diputados. En primera, se juega la mayoría que mantiene la alianza de la Cuarta Transformación, que de perderla dificultaría que muchos de los proyectos del Presidente avancen. Los partidos de oposición (PAN, PRI, PRD, MC y posiblemente México Libre) buscan diversificar el voto para romper con el altísimo número de diputadas y diputados que la 4T mantiene, con la finalidad de restarles poder legislativo. 

Al Artículo 84 Constitucional, que habla sobre los escenarios en caso de la falta del Presidente, se le añadió lo siguiente el 20 de diciembre de 2019:

“En caso de haberse revocado el mandato del Presidente de la República, asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo quien ocupe la presidencia del Congreso; dentro de los treinta días siguientes, el Congreso nombrará a quien concluirá el período constitucional.”

La revocación de mandato, según lo estipulado, se llevará a cabo en 2022. Si López Obrador es revocado de su sexenio, y la oposición en ese entonces ocupara la mayoría en la Cámara de Diputados, existe la posibilidad de que asuma el Ejecutivo Federal un político ajeno a MORENA, según lo establece la Constitución. De ahí la razón por la cual la 4T no se puede permitir perder.

También el presidente y los partidos ya iniciaron sus movimientos de cara al siguiente año:

Sabemos que la campaña de firmas para “enjuiciar a los expresidentes” es grilla electoral, pues en este país se puede enjuiciar si hay suficientes pruebas sólidas en su contra, no hace falta una encuesta. Todo este tema es para medir la popularidad del Presidente, nada más. También la rifa del avión.

El partido del gobierno, MORENA, se encuentra en un proceso interno para elegir a sus dirigentes, aquellos que guíen al partido a mantener y aumentar su presencia en toda la República. Las divisiones internas se tienen que resolver para evitar una ruptura profunda que termine por significar su derrota electoral, apenas tres años después de ascender a la cima.

PRI y PAN, por su parte, lanzan campañas de desprestigio en contra del gobierno federal por el pésimo manejo de la pandemia, de la seguridad y de las finanzas, para posicionarse como opciones capaces de gobernar y legislar a partir de 2021. Ambos partidos se mantienen punteros en algunos distritos y municipios donde MORENA no ha podido establecerse del todo.

Movimiento Ciudadano este mes ha anunciado que competirá sólo en las elecciones en todos los niveles, y se establecen como una oposición ordenada y cercana a la gente, lo que descarta una alianza con el PAN o el PRD, y que les abre las puertas a aumentar su presencia en San Lázaro y buscar ganar algunas gubernaturas.

México Libre sigue luchando contra corriente para consolidarse como partido político. El PVEM reafirma su alianza (sin sentido) con el bloque de la Cuarta Transformación.

Consideren, estimados lectores, que de lo que suceda el 6 de junio de 2021 se establecerá el rumbo de la nación por al menos los siguientes tres años. Tenemos aún mucho tiempo para informarnos, involucrarnos de así quererlo, y votar responsablemente.

¿Qué opinas?

Contrapeso o Mera Formalidad

Comparte este artículo:

Desde el 27 de febrero de 2020, nuestro País se encuentra en una lucha sin cuartel contra un enemigo peligroso, silencioso y a veces letal al que resulta imperativo derrotar denominado COVID-19.

Aunque al día de hoy, el panorama aparentemente es alentador en comparación con lo que experimentaron otros países como Italia, España, Estados Unidos, etc., los mexicanos debemos seguir preparados y no bajar la guardia, pues todavía no ha pasado la peor parte de esta batalla.

Sin embargo, como en todas las batallas, esta situación ha vuelto patente algunas de nuestras fortalezas, como por ejemplo la solidaridad que internacionalmente nos ha sido reconocida y que ha sido pieza fundamental en esta lucha, pues entre todos hemos apoyado siguiendo las recomendaciones de aislamiento voluntario, sana distancia, ayuda entre vecinos, apoyos alimentarios, donaciones de sangre, entre otras.

Por su parte, también se han evidenciado algunas de nuestras flaquezas, dentro de las cuales identifico como la más destacada la fragilidad material de nuestro sistema de división de poderes.

Sobre todo, tratándose del servilismo villano que el poder Legislativo realiza para el poder Ejecutivo en las Entidades federativas y la Federación.

Al respecto, en nuestro País el principio de división de poderes se encuentra en el artículo 49 de la Constitución y esencialmente tutela que el poder público para su ejercicio se dividirá en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

Dicho principio, históricamente tiene su base en los postulados de Aristóteles, Locke, y Montesquieu, quienes advirtieron la necesidad de dividir el poder público a fin de impedir su abuso, generando contrapesos pues solo el poder puede detener al poder.

Y es que hoy, al igual que hace 272 años vale la pena preguntarnos “cómo un gobierno puede no ser tiránico si el encargado de hacer ejecutar las leyes es al mismo tiempo el legislador”, “qué protección pueden tener los ciudadanos contra la arbitrariedad si en una sola mano se reúnen confundidos los poderes legislativo, ejecutivo y judicial” (El espíritu de las Leyes – Montesquieu).

Lo anterior, pues si bien es cierto, en nuestro País la separación de poderes obedece a la necesidad de contar con contrapesos, equilibrio y erradicar la arbitrariedad en el ejercicio del poder público y; aunque formalmente cumplimos con el referido principio al contar con un Presidente de la República, Cámara de Diputados (federal) Cámara de Senadores y Juzgadores, así como Gobernadores y Legislaturas Locales, la realidad es que materialmente el poder Legislativo a nivel federal y en las Entidades federativas resultan una mera o insignificante formalidad para la aprobación de determinadas acciones del poder Ejecutivo.

Esto, pues basta observar cómo esta pandemia que hoy nos aqueja ha sido un nicho de oportunidad para el titular del poder Ejecutivo federal proponiendo realizar modificaciones al presupuesto y para los titulares de los Ejecutivos estatales solicitando endeudamientos y ejerciendo acciones que desde su redacción se advierte que no necesariamente servirán para contrarrestar al COVID-19 y que han sido aprobadas, o lo serán, sin debatir, razonar u opinar por los poderes Legislativos.

Evidenciando así, la fragilidad material de nuestro sistema de división de poderes, en tanto el poder Legislativo más que un verdadero contrapeso que sirva para enriquecer las decisiones y el ejercicio del poder público, se ha convertido en un paso más que el Ejecutivo debe realizar antes de ejercer determinada acción.

Siendo oportuno precisar, que tampoco se trata de enfrentar ambos poderes como muchos legisladores de oposición (respectivamente) realizan su función, sino por el contrario, de enriquecer la toma de decisiones.

Ante esto, como ciudadanos resulta válido preguntarnos si verdaderamente nuestros Diputados Locales, Diputados Federales y Senadores ejercen un contrapeso o bien, si únicamente resultan una formalidad necesaria.

Finalmente, los legisladores deben tomar en cuenta que pertenecer a un partido político o grupo parlamentario nunca puede significar renunciar a su indormia o capacidad de razonar.

Colectivo tiñe de rojo sangre fuentes de la CdMx en protesta por la Ley de Seguridad

Comparte este artículo:

Al menos seis fuentes de la Ciudad de México fueron teñidas de rojo sangre como parte de las acciones que emprendió el Colectivo Seguridad Sin Guerra en contra de la aprobación de la Ley de Seguridad Interior.

Se trata de las fuentes San Sebastián, Sátiro y Amor, Doríforo, Mercurio y Argos, y El Pescador, ubicadas en la colonia Roma, así como la fuente de Los Coyotes en Coyoacán.

Ayer, el Congreso de la Unión aprobó la iniciativa de Ley de Seguridad Interior. Tras ser avalada, el Senado de la República deberá aprobarla. De ser así, el Ejecutivo federal tendría más atribuciones legales para disponer, a discreción y sin controles legislativos, de la totalidad de la fuerzas armadas (Ejército, Armada y Fuerza Aérea) y de las instituciones de seguridad pública para preservar el orden y prevenir “el surgimiento de amenazas”.

El riesgo, señalan analistas consultados, es la violación de derechos humanos a partir de una estrategia autoritaria.

A su vez el colectivo lanzó un llamado e invitación a la ciudadanía para que el próximo martes 12 de diciembre acudan a la Cámara de Senadores para protestar y presionar a los Senadores para que no aprueben dicha legislación.

Otra forma de ejercer presión es por medio de redes sociales o bien, ingresar a la plataforma de Seguridad sin guerra, en donde los ciudadanos se pueden sumar y enviar desde ahí un mail a los Senadores pidiendo no aprobar la ley.

Con la aprobación de Ley de Seguridad Interior, las autoridades estatales y el Presidente de la República podrán solicitar la intervención del Gobierno federal para contener cualquier “grave peligro a la integridad colectiva”, a partir de la emisión de una “Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior“. Esto significa que, en todo caso en que haya una circunstancia de crisis en las que las fuerzas de seguridad pública no se den abasto, las fuerzas armadas podrán interceder.