Sometimiento ineludible

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Todos los mexicanos, tenemos el derecho y la obligación de votar en las elecciones populares.

A través del ejercicio del referido derecho, en nuestro País elegimos al Presidente de la República, a quien se le deposita el ejercicio del Poder Ejecutivo de la Unión.

Cada uno de los Presidentes electos tienen su propio proyecto y visión, respecto de hacia donde quieren llevar a nuestra Nación, para lo cual organizan un sistema de planeación democrática, que imprime solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y democratización política, social y cultural del País, al que se le denomina Plan Nacional de Desarrollo y al que deben sujetarse los programas de la Administración Pública Federal.

Para poder materializar su visión, es necesario proponer al Congreso de la Unión reformas a disposiciones secundarias e incluso en ocasiones a la Constitución.

Sobre el particular, durante el mandato de Vicente Fox se reformaron 31 artículos, con Felipe Calderón 110 artículos, Peña Nieto 155 artículos, mientras que durante la administración del Presidente López Obrador se han reformado 42 artículos, todos los anteriores de nuestra Constitución.

La facilidad y cantidad de reformas me parece deplorable, pues se trata de la Norma Fundamental en la que descansa la totalidad del sistema jurídico mexicano, el federalismo, la división de poderes, etc.

Máxime, que en cualquier Estado Constitucional lo conducente es que la actuación de las autoridades, incluyendo al Presidente, se subordinen a la Magna Carta y no, que ésta se subordine a su visión de la Nación.

Sobre este punto, una de las cuestiones que me parecen más alarmantes respecto a las modificaciones del texto Constitucional, es que cualquiera de sus preceptos puede ser reformado con la misma facilidad, pues su artículo 135 únicamente establece que las adiciones a nuestra Norma Fundamental requieren que el Congreso con el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes acuerden las reformas y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México, pero sin distinguir entre tipos de normas.

A efecto de ejemplificar la gravedad de la situación, hoy esta en análisis la pertinencia de reformar la Constitución para desaparecer algunos Organos Constitucionales Autónomos. De realizarse la referida reforma, debemos dimensionar que con la misma facilidad con la que pueden desaparecer dichos Organos podría llegar otro Presidente y Congreso, proponiendo y aprobando una reforma para modificar el sistema federal, subordinar al Poder Judicial, entre otras, pues insisto, el artículo 135 de nuestra Norma Fundamental no distingue entre los preceptos que pueden ser sujetos de modificación.

En atención a ésta problemática, ante sociedades y Constituciones cada vez más flageladas por sus gobernantes, considero oportuno que nuestro máximo ordenamiento reconozca algunas disposiciones como normas pétreas, esto es, disposiciones rígidas inmutables o con mayores requisitos que las demás para su modificación, a efecto de salvaguardar las instituciones prioritarias y la identidad nacional.

Un ejemplo de las normas que estimo deberían catalogarse como pétreas, son: la progresividad de los derechos humanos (artículo 1º), la nación única e indivisible (artículo 2º) principio de legalidad (artículos 14 y 16), derecho al voto (artículo 35), soberanía nacional (artículo 39), sistema republicano y federal (artículos 40), división de poderes (artículo 49), periodo de seis años y no reelección para los presidentes (artículo 83), independencia del poder judicial (artículo 94), medios de control constitucional (artículos 103, 105 y 107), responsabilidad de servidores públicos (artículo 108), obligación de los gobernadores para cumplir leyes federales (artículo 120), separación iglesia – estado (artículo 130), Supremacía Constitucional (artículo 133) y finalmente inviolabilidad de la Constitución (artículo 136).

Esto, pues son los preceptos sobre los que sin lugar a dudas descansa la identidad nacional, que a toda costa debemos salvaguardar y que definitivamente ninguna visión particular debe vulnerar.

Finalmente, debo insistir, en cualquier Sistema Constitucional todas las autoridades deben actuar con sometimiento ineludible a la Norma Fundamental.

Los absurdos jurídicos legislativos: castración química al debate

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Uno de los fenómenos constantes en los poderes legislativos locales, es el claro desconocimiento del orden constitucional y jurídico mexicano, así como de todos los tratados internacionales de los que México es parte, y esto, resulta evidente cuando entramos al estudio sobre la objeto o naturaleza de las iniciativas y productos legislativos que emiten dichos poderes. Esto resulta preocupante, ya que en aras de la rentabilidad política o popularidad, legisladores locales presentan iniciativas sin sustento científico-jurídico, que en lugar de abonar a los problemas que mencionan, se convierten en medidas contraproducentes, violatorias de derechos humanos e incluso absurdas. En ese sentido, me gustaría poner en análisis un ejemplo de este tipo de fenómenos a nivel local, y para ello propongo como muestra una iniciativa presentada por un diputado local de Quintana Roo, el cual propone que una persona se someta a tratamientos farmacológicos de inhibición del deseo sexual para solicitar la libertad condicional. 

Lo anterior puede resultar “atractivo” para un sector de la población, e incluso, se presenta como una “solución a la impunidad de los delitos sexuales”. Sin embargo, todas esas afirmaciones son falaces y de manera breve tenemos desenmascarar este tipo de prácticas legislativas equívocas y sin fundamento. 

En primer término, la iniciativa es inconstitucional por incompetencia, ya que el artículo 73 fracción XXI inciso b), establece la facultad exclusiva del Congreso de la Unión para legislar en materia de ejecución de penas, eso quiere decir, que los Congresos Locales carecen de facultades para reformar absolutamente todo aquello relacionado al internamiento por prisión preventiva, ejecución de penas y medidas de seguridad impuestas como consecuencia de una resolución judicial o los medios de reinserción social, ya que la norma en la materia es la Ley Nacional de Ejecución Penal. Resulta desconcertante que dicho legislador y su equipo, desconocieran algo tan básico en el derecho parlamentario y técnica legislativa como es la viabilidad jurídica por  competencia. 

En segundo término, la iniciativa contraviene el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), donde se establece la prohibición de penas de muerte, mutilación, entre otras, ya que ese tipo de penas trasgreden diversos ordenamientos internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que en su artículo 5to se establece la prohibición de torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes; el artículo 2do de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura que prohibe las penas de sufrimiento; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que en su artículo 10  consagra el derecho a tratos humanos de las personas privadas de su libertad y la readaptación social de los penados. También, los diversos derechos reconocidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) cómo son el derecho a la integridad personal (art. 5) y el desarrollo progresivo de la protección de los derechos humanos (art. 26). En ese sentido, tenemos que hacer énfasis en que todos esos tratados y convenciones internacionales en materia de derechos humanos, han sido suscritos por México y tienen  carácter vinculante. El origen de todo esto, es el hecho de que no importa que seas una persona sentenciada, tienes derechos humanos plenamente reconocidos por nuestra carta magna y ordenamientos  de carácter internacional, por lo que promover una iniciativa de castración química trasgrede de manera directa todas estas normas. 

En tercer término, hay que entender que uno de los principios fundamentales del sistema penitenciario es la reinserción social, tal y como se encuentra plasmado en el artículo 18 segundo párrafo constitucional; esto es estableció desde la reforma al sistema de justicia penal en el año 2008, porque este principio de reinserción social tiene como fin el “encauzar a la persona delincuente dentro de la sociedad que lo vio cometer un delito […] y va dirigido a obtener la responsabilización del reo hacia él mismo y hacia la sociedad a través del logro, sea un mayor reconocimiento de sus deberes y una mayor capacidad de resistencia a los estímulos criminosos, sea el reconocimiento de su culpabilidad o de los errores cometidos en el pasado” (Velázquez Jorge, 2012). Una pena química no se funda en esta lógica, y con su argumento tergiversa los fines del derecho penal, ya que se “modifican los fines de la pena, […] y tampoco se sustenta en la culpabilidad, sino que se encamina hacia el concepto de temibilidad del sujeto activo del injusto” (Cobos Patricia, 2015). 

En cuarto término, este tipo de iniciativas pertenecen a una figura denominada “derecho penal simbólico” el cual podemos definirlo como esa serie de iniciativas y normas vigentes en materia penal que son un “engaño, de inexistente efectividad y eficacia, como cualidad objetiva de la norma” (Van Oordt Lizet, 2017) siendo sólo un instrumento político que pretende castigar en lugar de resolver problemas, sin prevenir ni atender los orígenes reales del fenómeno y es un mero mecanismo mediático. La iniciativa de este diputado local obedece a fines falaces, tanto es así, que ignora la motivación de los delitos sexuales, que “no se sustenta en cuestiones relacionadas al libido del sujeto activo, por el contrario, se ha reiterado que éste actúa motivado por deseos de control o dominio sobre el sujeto pasivo” (Ciani Italy, 2013) y por lo tanto no resuelve en nada el problema, confirmando mi hipótesis sobre la motivación política. 

Es muy importante que como ciudadanos estemos vigilantes de este tipo de “propuestas”y fiscalizar las iniciativas o productos legislativos que nuestros representantes locales promuevan, ya que en muchas ocasiones, es a nivel local en donde se cometen grandes irresponsabilidades jurídicas, violando todo nuestro orden constitucional. Como país merecemos representantes que estén a la altura de los problemas para los que fueron electos; es fundamental exigir a nuestros legisladores que sus iniciativas se apeguen a criterios científicos, lógicos y socialmente responsables. No pueden continuar las propuestas basadas en política y no en la realidad. 

Exposición “Identidad Nacional Fortaleza de México: Objetos que cuentan nuestra historia”

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El día 12 de septiembre de 2017 se inauguró la exposición “Identidad Nacional Fortaleza de México: Objetos que cuentan nuestra historia”, organizada en conjunto con Federico Pearl de la Galería Windsor. El evento se realizó en el Patio Sur del Palacio Legislativo de San Lázaro y contó la presencia de actores responsables del conocimiento, análisis y difusión de los temas históricos nacionales como la Dra. Patricia Galeana, Directora General del Instituto de Estudios Históricos de las Revoluciones de México; el Maestro Carlos Reta, Presidente del Instituto Nacional de Administración Pública, la Lic. Rosa Chávez Aguilar que representó al gobierno de Nuevo León, y del Lic. Sergio Martínez Chavarría Galindo delegado de SAGARPA. La exposición estará abierta hasta el día 22 de Septiembre en la Cámara de Diputados.
El que escribe estas líneas, tuvo el privilegio de participar en la inauguración, donde señalé que la responsabilidad como Presidente de la Comisión Bicameral de Seguridad Nacional ha significado un mayor conocimiento de nuestro país y de la identidad nacional; sin duda la labor como Legislador es una oportunidad y un privilegio que permite trabajar para fortalecer las instituciones, las cuales distan de ser patrimonio o pertenencia de un partido, grupo o una persona, en cambio son de la ciudadanía; es deber de los servidores públicos fortalecer la disponibilidad estatal al ser fuente de bienes públicos, que habrían de ser para todos.
La exposición a que se hace referencia constituye una puerta hacia la historia de nuestra nación y de los personajes que al lado de grupos sociales, mayorías o minorías fraguaron lo que es la historia patria. La exposición contribuye a comprender cómo se crearon nuestras instituciones a partir de las decisiones que personajes clave tomaron en su tiempo y circunstancia, por ello en este espacio he de reiterar lo que asenté en la citada exposición “A cien años de la creación de nuestra Constitución Política, celebremos las cosas positivas de nuestro país, hay elementos heroicos de nuestras Fuerzas Armadas, amemos a México, pero también hagamos un esfuerzo por nuestra nación”.
Es tiempo de sacudirnos a los agoreros de la tragedia, la crisis, la denigración nacional, y la desintegración, esa sí fallida,  de la República, es tiempo de cerrar el paso a los grupos que concitan a la división, porque instituciones y ciudadanía tienen la capacidad de conducir a México a buenos puertos. México no es un Estado fallido con todo y que lo digan en la Casa Blanca y tampoco un narco-estado, cualquier cosa que eso signifique; más aún después de analizar las revelaciones de wikileaks que muestran el nivel de “conocimiento” de algunos sectores de la inteligencia extranjera.
Entre los objetos que se muestran en la exposición están los siguientes: una carta firmada por Don Miguel Hidalgo y Costilla; una carta del General don José María Morelos y Pavón; un escritorio que perteneció a Doña Leona Vicario; el último bando de Don Agustín de Iturbide dirigido al pueblo de México; el documento que anunciaba la llegada del Emperador Maximiliano; la espada del General Porfirio Díaz; un manuscrito “La Sucesión Presidencial” de Francisco I. Madero; la libreta personal de Don Justo Sierra así como estatuas de Emiliano Zapata y Francisco Villa sólo por mencionar algunos de una colección de más de 250 artículos históricos que permiten reencontrarnos con nuestro pasado y raíces nacionales.
Los objetos transportan memoria e historia, no hay neutralidad ni pasividad, en cambio aparecen el debate, los contrastes, las visiones yuxtapuestas y  también posiciones, más aún cuando se trata de la historia nacional. Cada objeto condensa un momento, una decisión, un plantarse ante el mundo para abrir, desarrollar o cerrar un episodio. Baste decir que las propias paredes de San Lázaro expresan en cada nombre de personas o instituciones una contribución, un recuerdo inmarcesible, y  también un silencio deliberado en la ausencia. Los esfuerzos responsables por enseñar, conocer, y difundir la historia patria son loables y necesarios, porque el conocimiento de los intereses y objetivos nacionales que se fraguan en nuestras leyes deben ser la guía para el presente y para la hechura del porvenir, los objetos de esa historia son sin duda una puerta de acceso.