Congreso CEEAD de Educación Jurídica 2016

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¿Cómo dejar de tener esperanza en la consolidación del Estado de Derecho en México y en América Latina cuando hay tantas personas e instituciones interesadas por la enseñanza y el aprendizaje del derecho?

La semana pasada, el Centro de Estudios sobre la Enseñanza y el Aprendizaje del Derecho (CEEAD) llevó a cabo en Monterrey el Congreso de Educación Jurídica 2016. En él participaron el CIDE, la Facultad Libre de Derecho de Monterrey, el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, el ITAM, el Tecnológico de Monterrey, la Universidad Autónoma de Coahuila, la UANL, la UDEM, la IBERO Ciudad de México, la Universidad Metropolitana de Monterrey y la U-ERRE.

La sola reunión de Instituciones Educativas públicas y privadas en un ambiente colaborativo es de por sí un triunfo del equipo que lidera Luis Fernando Pérez Hurtado. Un aspecto positivo más del Congreso fue la participación de profesoras y profesores de Derecho de todo el país, así como de países como Argentina, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, España, Estados Unidos de América y Francia. La organización y los formatos para el trabajo en equipo resultaron también muy bien pensados y óptimamente ejecutados.

La semana pasada, el Centro de Estudios sobre la Enseñanza y el Aprendizaje del Derecho (CEEAD) llevó a cabo en Monterrey el Congreso de Educación Jurídica 2016.

No obstante, lo fundamental resultaron las temáticas expuestas y discutidas durante los cuatro días que duró el Congreso. Las áreas temáticas fueron tan importantes como modelos e innovaciones curriculares para la licenciatura, desarrollo de competencias docentes, el impacto de la tecnología en la educación jurídica, así como ética jurídica y responsabilidad profesional. Si bien todas las mesas y foros dejaron una huella esperanzadora en las personas que participamos en el Congreso, es la ética jurídica y la responsabilidad profesional el tema que mejor cristaliza, creo, la función de las escuelas de Derecho, de sus docentes y, sobre todo, de los abogados y las abogadas que se forman en ellas.

A riesgo de simplificar, intento sintetizar la teoría del profesor argentino Martin Böhmer (UBA/UDESA):

Los abogados y las abogadas cumplen una función política en el sistema de justicia de los Estados Constitucionales Democráticos de Derecho. Esto es así, porque son eslabón indispensable para llegar a los esquemas de impartición de justicia y, en ese sentido, su preparación técnica y su estructura ética hace posible que se conviertan en traductores e igualadores. Traducen para sus clientes sus derechos y posibilidades de triunfo, pero también traducen para los juzgadores las pretensiones de las partes. Para representar y defender correcta y éticamente a sus clientes, abogadas y abogados deben ser iguales entre sí. Todo lo cual permite que jueces y juezas tomen la mejor decisión posible, bajo los argumentos más razonables.

Los abogados y las abogadas cumplen una función política en el sistema de justicia de los Estados Constitucionales Democráticos de Derecho. Esto es así, porque son eslabón indispensable para llegar a los esquemas de impartición de justicia y, en ese sentido, su preparación técnica y su estructura ética hace posible que se conviertan en traductores e igualadores.

Como puede apreciarse, esta función no solamente requiere entrenamiento técnico, sino también estructura ética y responsabilidad profesional. En este sentido, las escuelas de Derecho, independientemente de su mercado y de su tamaño, deben contribuir a la formación de juristas con preparación, pero conscientes de su papel en una democracia constitucional.

El riesgo de no asumir individual y colectivamente estas responsabilidades es la deslegitimación de la justicia, la desconfianza y, en el extremo, la “justicia” por propia mano. En México sabemos de esto. En efecto, en nivel de confianza, los jueces mexicanos están reprobados (ENCUP 2012); además, entre 1988 y 2014 ha habido en nuestro país 366 linchamientos (http://www.elcotidianoenlinea.com.mx/pdf/18706.pdf).

En resumen, la abogacía no es una profesión liberal. Tiene una función esencial en las Democracias Constitucionales. Por tanto, las escuelas de Derecho cuentan también con una responsabilidad mayúscula: Hacer posible un entrenamiento técnico igual para todo estudiante de Derecho, independientemente del poder económico o político, y corresponsabilizarse del comportamiento ético y profesional de sus egresados, a fin de que puedan ser fieles traductores e igualadores de sus clientes, es decir, para que en verdad sean agentes democráticos de pacificación social.

Esto, y muchos temás más, discutimos y aprendimos en el Congreso CEEAD de Educación Jurídica 2016.

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– “Todos los puntos de vista son a título personal y no representan la opinión de Altavoz México o sus miembros.”

Es tiempo de una nueva Constitución para México

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En un año la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) será centenaria. Si la Constitución fuera una persona, formaría parte del 1.8% de los adultos mayores con cien o más años de edad en nuestro país (INAPAM); y si se viera a sí misma en un espejo, tal vez reconocería muy poco de su cara de recién nacida en aquel lejano 5 de febrero de 1917.

La CPEUM ha acumulado tiempo pero también peso. Tomando en cuenta hasta el mes de febrero del 2014, su texto ha crecido 2.7 veces con relación al original, es decir, pasó de aproximadamente 22 mil palabras a 59 mil (Fix-Fierro); más las que se acumularan esta semana ya que en enero se agregaron dos reformas más a la Constitución (el nuevo régimen de la Ciudad de México y la desindexación del salario mínimo).

Por otro lado, puede resultar más difícil cancelar una tarjeta de crédito que aprobar una reforma para la Constitución. En efecto, la Constitución se modifica con tanta facilidad que las adecuaciones son “discutidas” y aprobadas en los Congresos Locales con la rapidez de un mero trámite procedimental; adicionalmente, nuestra Ley Fundamental cambia con tanta frecuencia que para “conocer” el texto más actualizado es necesario revisar prácticamente todos los días las páginas web de las Cámaras del Congreso de la Unión.

La Constitución tiene tantas memorias y objetivos que es probable que ya se sienta afectada por el mal de Alzheimer. Esto es, hemos incluido tantas cosas en nuestra Constitución que aparentemente es incongruente en algunos temas. Por ejemplo, reconocemos la posibilidad de reelección consecutiva en Ayuntamientos, diputaciones (locales y federales) y senadurías, pero no respecto de los ejecutivos (estatales y federales). Esto es, sí…, pero no. Otro ejemplo es que no se pueden otorgar concesiones en materia de petróleo e hidrocarburos, pero sí pueden firmarse contratos de licencia. Es decir, no…, pero sí.

En efecto, la Constitución se modifica con tanta facilidad que las adecuaciones son “discutidas” y aprobadas en los Congresos Locales con la rapidez de un mero trámite procedimental…

¿No será tiempo de dejar las simulaciones y constituirnos como realmente somos y queremos ser?
Hasta ahora, he señalado únicamente aspectos supuestamente formales que plantean la necesidad política de una nueva Constitución para México: La extensión y complejidad gramatical del texto constitucional, la inutilidad de un procedimiento dificultado para la reforma constitucional que, en los hechos, demerita la supremacía de la Constitución; así como las adecuaciones constitucionales basadas en agendas políticas particulares y sin un debate público nacional.

Sin embargo, un hecho probablemente aún más importante y meritorio de que contemos con una nueva Constitución es que cuando aquella persona centenaria observa al país a través de la ventana de su casa, ya no reconoce las calles del barrio ni a las personas que viven en él. Es, en cierta medida, una extraña para los demás. La Constitución misma desconoce a la sociedad que pretende constituir, dirigir, guiar.

En efecto, siendo México un país de migrantes (expulsor y receptor), aún no aceptamos que un extranjero con residencia legal en nuestro país pueda elegir a sus autoridades locales. Siendo un país con fuerzas locales muy importantes, aún no hemos siquiera formulado, y menos respondido, la pregunta: ¿Qué federalismo deseamos para el siglo XXI? En última instancia, siendo que México atraviesa por una grave crisis de derechos humanos, aceptamos que el artículo 1° constitucional tenga su límite protector de las personas en la propia Constitución y no en un instrumento internacional.

La Constitución misma desconoce a la sociedad que pretende constituir, dirigir, guiar.

La crisis de derechos humanos que vivimos en México (así como la corrupción generalizada, el desconocimiento de la ley, la impunidad de los actores con poder, la simulación en la aplicación de las normas, el temor y la desconfianza en las autoridades…) debe ser motivo de enorme tristeza para quien en un año cumplirá 100 años. Tristeza por ver frustrados algunos de sus planes de juventud, por ver que pocas personas la conocen o la toman en serio, por la ampliación de las diferencias sociales, en suma, tristeza por no ser reconocida como factor de unión y como guía de una comunidad.

Casi podemos escuchar, a lo lejos, una voz orgullosa pero fatigada que nos dice: “Es tiempo de aceptar mis triunfos pero también mis propios límites; es tiempo de unirnos de nuevo y convenir en lo esencial para el país. Es tiempo de una nueva Constitución para México…”

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Transparencia e información como garantía democrática: El procedimiento para la CEDHNL

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El próximo 1° de febrero, el Congreso del Estado iniciará el segundo período ordinario de su primer año legislativo. Entre otros pendientes de la agenda legislativa se encuentra la designación de la persona que deberá fungir por los próximos cuatro años como titular de la Presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León (CEDHNL).

Estas breves líneas las escribo más bien para sostener la validez constitucional y democrática del procedimiento de consulta que se siguió para que el Ejecutivo pudiera enviar su propuesta.

El 14 de enero pasado, el Ejecutivo estatal remitió al Congreso su primera opción como propuesta: el profesor Eduardo Román González. En segunda posición, está la también profesora universitaria Magda Yadira Robles y, como tercer lugar, la actual consejera electoral de la Comisión Estatal Electoral, Sofía Velasco. Aunque por razones profesionales estimo que el mejor perfil es justamente el del profesor Román, estas breves líneas las escribo más bien para sostener la validez constitucional y democrática del procedimiento de consulta que se siguió para que el Ejecutivo pudiera enviar su propuesta.

Tanto el procedimiento seguido como su resultado representan para todas las personas en Nuevo León una garantía democrática.

Afirmo que el resultado del procedimiento no solamente es constitucionalmente sólido, sino, además, y tal vez más importante aún, que el resultado de dicho procedimiento; por primera vez en la historia de la integración del organismo protector de derechos humanos en nuestro estado, se ha permitido que todas las personas antes referidas sean una garantía de seriedad, conocimiento, profesionalismo y honradez en la encomienda de presidir la CEDHNL. En otras palabras, sostengo que tanto el procedimiento seguido como su resultado representan para todas las personas en Nuevo León una garantía democrática.

En efecto, conforme a modelos de democracia participativa o de autonomía democrática, una de sus características fundamentales es un sistema abierto de información con el fin de garantizar decisiones informadas acerca de todas las cuestiones públicas (Held, Modelos de democracia, 1992). Pues bien, el procedimiento delineado en la convocatoria publicada el 16 de diciembre pasado, así como su implementación y posteriores decisiones, fue transparente y permitió, notablemente, que las personas contáramos con información relevante del perfil, trayectoria, plan de trabajo y habilidades de los aspirantes registrados. Valga un solo ejemplo, la etapa de desempate que se realizó entre el profesor Román y la Doctora Robles, resultó un ejercicio de apertura democrática sin paralelo. Todo el procedimiento mismo, ojalá sea considerado para futuras designaciones de órganos públicos con relevancia constitucional.

Por otra parte, el fundamento de la convocatoria misma es un adelanto en la práctica constitucional de nuestro país que no puede tener marcha atrás. Me explico: uno de los fundamentos de la convocatoria es el artículo 102, apartado B, párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM). Dicho párrafo fue adicionado mediante reforma publicada el 10 de junio de 2011 (Diario Oficial de la Federación), y en él se estableció que los “titulares de los organismos de protección de los derechos humanos de las entidades federativas, se ajustarán a un procedimiento de consulta pública, que deberá ser transparente, en los términos y condiciones que determine la ley.” En los artículos transitorios de la señalada reforma se fijó un plazo de un año a fin de que las legislaturas estatales realizaran la adecuación correspondiente: si el Congreso del Estado no realizó la reforma pertinente, ¿significaba esto que no era constitucionalmente válido realizar un procedimiento de consulta abierto y transparente? Me parece que en un régimen democrático la Constitución es la guía principal en la actuación de las autoridades. Estimo que si la Constitución es en verdad normativa, el procedimiento y su resultado son jurídicamente correctos.

En suma, Constitución y democracia son términos inescindibles. En este sentido, la convocatoria, el procedimiento y el resultado obtenido para la propuesta del Ejecutivo a fin de integrar la Presidencia de la CEDHNL son, a no dudarlo, una garantía objetiva y democrática para las personas que vivimos en Nuevo León. Quien aún tenga dudas al respecto sólo debe analizar los perfiles y trayectorias de las tres personas que llegaron a la terna final. Estoy seguro que cualquiera realizará una excelente labor en la protección de los derechos humanos en nuestro estado.

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La segunda vuelta electoral en México: Una vieja y no tan buena idea.

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Recientemente, el Grupo Parlamentario del PAN en el Senado de la República revivió el tema de la segunda vuelta electoral para la elección del Ejecutivo Federal, por lo cual presentó una iniciativa de reforma constitucional para introducir el sistema electoral que se establece en el artículo 81 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (http://www.senado.gob.mx/index.php?ver=sp&mn=2&sm=2&id=59336). Básicamente, lo que hacen es replantear el tema que ya desde 2012 había presentado Felipe Calderón. Parece que el PAN aún no se recupera del 0.56% de la elección de 2006.

Escribo estas palabras para presentar argumentos de por qué estimo que no se trata de una buena idea para el sistema electoral.

¿En verdad la segunda vuelta electoral es el mejor sistema para la selección de ejecutivos?, ¿es producto de la evolución histórica?, y ¿responde al acuerdo de poder de los partidos políticos?

Primero, en la iniciativa se señala que para Giovanni Sartori la segunda vuelta electoral es el mejor sistema electoral. Esto puede ser cierto, pero también lo es que para Dieter Nohlen, y creo que en esto también estaría de acuerdo el mismo Sartori, “no existe un sistema electoral óptimo. Sólo existen soluciones técnicas y políticamente más aceptables y viables que otras para países diferentes, en épocas distintas.” (Nohlen 2000, 1173-5). El mismo Nohlen nos recuerda que los sistemas electorales son el producto de la evolución histórica y que al final del camino se trata de decisiones de poder. Por ende, aunque la herida aún esté abierta para el calderonismo dentro del PAN, ¿en verdad la segunda vuelta electoral es el mejor sistema para la selección de ejecutivos?, ¿es producto de la evolución histórica?, y ¿responde al acuerdo de poder de los partidos políticos?

¿De qué sirve introducir la segunda vuelta electoral para la elección presidencial y no contemplarla para la selección de la Cámara de Diputadas y Diputados, al estilo francés?

Segundo, aducen en la Exposición de Motivos de la Iniciativa que la segunda vuelta electoral “solucionaría, en parte, este problema de gobernabilidad, pues obligaría a los candidatos a formar alianzas con distintas fuerzas políticas.” No obstante, ¿no cuenta ya el Ejecutivo con la facultad de “optar por un gobierno de coalición con uno o varios de los partidos políticos representados en el Congreso de la Unión”? (art. 89, fracción XVII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos). Por otra parte, continuando con el apoyo de Nohlen, si los sistemas electorales “dependen de los diversos elementos que componen a los sistemas electorales y de la forma en que éstos se combinan”, ¿de qué sirve introducir la segunda vuelta electoral para la elección presidencial y no contemplarla para la selección de la Cámara de Diputadas y Diputados, al estilo francés? En otras palabras, ¿no tendremos suficientemente claro que los electores desde 1997 deseamos gobiernos divididos?

Tercero y último, se propone que entre la primera y la segunda ronda de elecciones existan aproximadamente cinco semanas. Aunque sería óptimo que entre ambas rondas existiera menos tiempo, es decir, que solo mediaran 15 días, a fin de aprovechar la participación de los electores y no aumentar el abstencionismo en la segunda ronda, lo que sí es absolutamente inoperante es que… ¡además deben haberse agotado todas las impugnaciones en contra de la primera vuelta! En otros términos, si no existe confianza en el resultado de la primera vuelta, ¿cómo se conseguirá esto cinco semanas después? No, el ballotage requiere de rapidez entre la primera y la segunda fecha de elección, pero sobre todo, necesita de altos grados de confianza y de mínima conflictividad y judialización, fundamentalmente para reducir justamente los niveles de ingobernabilidad y los costos de una segunda ronda electoral.

Antes de aventurarse en modificar un elemento del sistema electoral mexicano que parece importarle solamente a un actor político con miras al 2018, y con el fantasma del 2006 aún en su inconsciente político, sería recomendable que las legisladoras y legisladores que apoyen la iniciativa e investiguen por qué San Luis Potosí eliminó de su sistema local la segunda vuelta para Ayuntamientos.

En una palabra, la segunda vuelta electoral propuesta por el PAN en el Senado es una vieja y no tan buena idea teniendo en la mira la elección de 2018.

En una palabra, la segunda vuelta electoral propuesta por el PAN en el Senado es una vieja y no tan buena idea teniendo en la mira la elección de 2018. Representantes legislativos, particularmente del Partido Acción Nacional, recuerden el monstruo antifederalista que crearon con la reforma de 2014. Pero sobre todo, traten de responderse esta pregunta: aún contando con segunda vuelta electoral, ¿en verdad creen que López Obrador y su partido reconocerán algún día que perdieron una elección?


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El costo de hacer trampa

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Hacer trampa tiene costos. Recientemente, fuimos testigos de dos elecciones en las cuales se hizo trampa para ganar y se debe pagar por ello. Me refiero a la elección de la Gubernatura en Colima y la de Ayuntamiento en Juárez, N.L.

Fuimos testigos de dos elecciones en las cuales se hizo trampa para ganar y se debe pagar por ello. Me refiero a la elección de la Gubernatura en Colima y la de Ayuntamiento en Juárez, N.L.

No me refiero únicamente a los costos económicos de organizar una nueva elección en Colima y al costo político derivado del cambio en el resultado de la planilla ganadora en Juárez. Me refiero, además, a las consecuencias institucionales y sociales de que se normalicen prácticas contrarias al derecho que ponen en riesgo la libertad del sufragio. Me explico.

Para 2015, el presupuesto del Instituto Electoral del Estado de Colima ascendió aproximadamente a 90 millones de pesos, lo que implicaría un costo por voto de 180 pesos, de haber votado el cien por ciento del casi medio millón de electores de ese estado. Ahora se espera por el INE que la elección extraordinaria en 2016 ascienda a 35 millones. Ya esto es un costo inadmisible para la ciudadanía, derivado de la trampa de servidores públicos del gobierno estatal a favor de una candidatura.

Pero este no es el único costo de la anulación. Uno más tiene que ver con el diseño de competencias entre el INE y el Instituto Electoral de Colima. En resumidas cuentas, el Tribunal Electoral determinó que la intervención del poder Ejecutivo en las elecciones hacía inviable la organización de éstas por parte del referido Instituto Electoral local, por lo que el INE debía hacerse cargo de la elección extraordinaria. El costo de la trampa impacta en lo poco que queda del federalismo electoral en México. Ahora tendremos un Organismo Público Local desacreditado e inoperante. Un buen pretexto para que los legisladores terminen su labor de recentralización de la organización de las elecciones.

El caso de Juárez en Nuevo León tiene un primer costo en la dimensión política. En efecto, sin la trampa acreditada en el expediente, tal vez la planilla postulada por el Partido Encuentro Social estaría ahora gobernando el municipio. Gracias a la presión en los electores que se probó en las 7 casillas de la sección 841 de dicha población, el PES y su candidato a la Alcaldía intercambiaron la mayoría por solamente dos regidurías de representación proporcional. Mal negocio para dicho partido.

Un costo adicional en el caso de Juárez es la insatisfacción social derivada de la sentencia del Tribunal Electoral. Es prácticamente imposible imaginar que los cientos de electores que votaron por el PES y sus candidatos estén contentos con el resultado de la sentencia. Ahora, con los resultados tan cercanos entre primer y segundo lugar, es decir, con la polarización que implican éstos, hace previsible que una buena parte de la sociedad juarense esté inconforme con el resultado derivado del fallo.

Podemos repetir la elección, podemos cambiar al ganador, pero eso no repara la enfermedad.

Finalmente, tanto en el caso de Colima como en el de Juárez, creo que el mayor costo de hacer trampa es el efecto anti-pedagógico que tienen dichas conductas (intervención del Ejecutivo y presión sobre los electores) en el conjunto de la sociedad. Cuando podíamos empezar a creer en la erradicación de ciertas prácticas corruptoras, nos damos cuenta que aún pueden resultar algo “común”, “normal” de la vida política electoral en nuestro país. Podemos repetir la elección, podemos cambiar al ganador, pero eso no repara la enfermedad.

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