MORENA: Unidad. No solamente derechos de antigüedad.

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Como es público, el 17 de agosto del actual, Alfonso Ramírez Cuellar en su carácter de Presidente del Comité Ejecutivo Nacional de MORENA (CEN), presentó un escrito dirigido a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dentro del expediente SUP-JDC-1573/2019, solicitando:

1. Se conceda una prórroga de hasta noventa días, posteriores a que se terminen los cómputos distritales del proceso electoral federal 2020-2021, para renovar la Presidencia y Secretaría General de MORENA y;

2. Que en consecuencia, se autorizara que la integración actual del CEN siguiera en funciones hasta el cumplimiento correspondiente.

A lo anterior, recayó la sentencia incidental del 20 de agosto de 2020, que esencialmente declaró infundada la petición y concluyó que la renovación de la Presidencia y Secretaría General de MORENA se llevaría por encuesta abierta a militantes y quienes se auto adscriban como simpatizantes.

Situación, que generó esencialmente dos posturas dentro del partido, por un lado quienes celebran la resolución y por el otro, aquellos que la consideran un atentado a los estatutos y a la vida interna del partido.

Por mi parte, estimo que el fallo pronunciado por el Tribunal Electoral resulta sumamente atinado.

Lo anterior, básicamente por tres razones, a saber: 

Primero.- Por que contrario al argumento tramposo de quienes afirman que el Tribunal Electoral paso por alto los estatutos de MORENA, lo cierto es que la medida era necesaria, pues hoy, no se conoce con claridad y certeza el número de militantes del partido, porque mientras la autoridad electoral tiene registro de 278,332 militantes con corte al 31 de enero de 2020, el padrón que manifiesta el partido asciende a 3,072,000 de militantes con corte al 24 de marzo de 2020, del cual no se han conocido los mecanismos a través de los cuales se integró.

Así, pretender que la elección fuera únicamente para militantes, implicaría cerrar la participación a un conjunto de personas cuyo número no esta definido de manera cierta y confiable.

Por lo cual, considero que el Tribunal Electoral atinadamente concluyó, que únicamente con el método de encuesta abierta se garantizaría que todas las personas que militan o simpatizan con el partido puedan ejercer su derecho a elegir.

Segundo.- Por que más allá de la situación extraordinaria en la que se encontraba el partido, la decisión del Tribunal Electoral, representa un gran avance en nuestra democracia, no sólo de MORENA, sino en todo el País, pues prácticamente se abre la puerta para que la ciudadanía pueda escoger a los órganos de dirección de quienes ostentan el monopolio de las candidaturas a puestos de elección popular.

Tercero.- Por que en todo Estado de Derecho (como lo es el nuestro), el cumplimiento de las sentencias de autoridades jurisdiccionales resulta de orden público, por lo que su acatamiento no puede ser aplazado o condicionado.

Pensarlo de otra manera, sería contrario a nuestra Constitución y al derecho humano de seguridad jurídica.

Por lo anterior, es que considero atinada la resolución del Tribunal Electoral.

Finalmente, si MORENA quiere ser competitivo en los procesos electorales venideros, es imperativo atender el fallo del Tribunal y priorizar la unidad, más allá de los “derechos” que a conveniencia y arteramente reclaman quienes pierden de vista que si queremos un mejor País necesitamos servidores públicos con capacidad, no solamente antigüedad.

De la información a la acción

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Durante el transcurso de esta semana, conocí que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), publicó el 19 de febrero de 2020, el comunicado 038/2020 a través del cual, informa que su Primera Sala conocerá de un asunto para analizar si una aseguradora puede ser autoridad responsable cuando rechaza, por motivo de una discapacidad, la solicitud de alta de un menor en la póliza de gastos médicos.

Cabe mencionar, que a la fecha el asunto aún esta pendiente de resolverse, sin embargo, la sola existencia de un caso en el cual se debate si una aseguradora puede válidamente rechazar por motivo de una discapacidad la solicitud de alta de una persona, debe indignar profundamente a todos los mexicanos.

Lo anterior, pues se trata de un evidente caso de discriminación, el cual en el fondo únicamente puede implicar la retorcida idea de una negación de la condición de ser humano al otro.

Ahora bien, suponiendo sin conceder que la SCJN reconozca el acto de discriminación y condene a la aseguradora responsable a dar de alta al menor, lo cierto es que hoy, aún queda mucho por hacer en materia de discriminación tratándose de seguros médicos para personas con discapacidad.

Esto lo afirmo así, pues basta consultar el Registro de Contratos de Adhesión de Seguros de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), para advertir que diversas aseguradoras dentro de sus contratos, aún señalan como causales de exclusión de la cobertura las enfermedades y tratamientos derivados de “padecimientos preexistentes”.

Situación, que ha dado pie a las peores arbitrariedades, pues el concepto anterior (padecimientos preexistentes), atendiendo a su literalidad implica que todo aquello que derive de la situación desventajosa  que sufre una persona con anterioridad a la contratación del seguro quedará excluido de su cobertura, con lo cual prácticamente equiparan las discapacidades a enfermedades, perdiendo de vista que las discapacidades muchas veces son físicas o genéticas, que no tienen cura ni tratamiento y que no conllevan necesariamente afectaciones a la salud.

A efecto de ejemplificar la gravedad de la situación, comparto el razonamiento utilizado por la Comisión Nacional para Prevenir la Discriminación en el expediente CONAPRED/DGAQR/504/15/DQ/II/QR/Q504, en donde se señaló lo siguiente:

“Una persona con condición genética particular: de piel muy blanca y cabello rojizo: tiene una más alta probabilidad de desarrollar lunares, manchas en la piel y hasta melanomas (cáncer de piel) que una persona cuya genética sea de tez oscura. ¿se diría por ello que esta persona es enferma?, ¿o que padece una enfermedad congénita? Claro que no. Todos somos diversos genéticamente.

De igual manera las personas con Síndrome de Down tienen una condición genética que no conlleva enfermedades que se presenten inexorablemente”.

Así, es claro que este tipo de cláusulas en los contratos de seguros médicos, implican un riesgo real, pues prácticamente queda al arbitrio de la aseguradora considerar si la enfermedad tiene relación con la discapacidad preexistente y en consecuencia negarse a cubrir los gastos médicos.

Lo cual, en el Estado Mexicano no se debe tolerar, pues nuestra Constitución y la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, prohíben expresamente cualquier tipo de discriminación en contra de las personas con discapacidad en el otorgamiento de seguros de salud o de vida.

Particularmente, lo que me sorprende no es la existencia de cláusulas criminales que atenten contra la dignidad humana, sino el hecho de que hasta hoy la CONDUSEF aún no ha exigido a las aseguradoras la modificación de estas cláusulas a efecto de erradicar la discriminación.

Esto, pues por reforma Constitucional desde el 10 de junio de 2011, todas las autoridades en el ámbito de sus competencias deben prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a derechos humanos.

Finalmente, si aspiramos al bien común, lo primero por hacer es erradicar la discriminación, pasando de la información a la acción.

Fraude a la Constitución

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Como es público, el 11 de mayo del presente, a través de sesión remota el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la acción de inconstitucionalidad 112/2019, en la cual mediante sentencia se determinó declarar la invalidez del Decreto No. 351 publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California que extendía el periodo de Jaime Bonilla como Gobernador electo de 2 a 5 años.

La referida sentencia, desde su emisión y en lo sucesivo será de absoluta relevancia para la vida pública de nuestro País.

Esto, no precisamente por haber invalidado la ampliación del mandato intentado, sino porque la SCJN por segunda ocasión para resolver un asunto utilizó el concepto de “fraude a la Constitución”; siendo la primera vez que se utilizó cuando la SCJN analizó la Ley de Seguridad Interior.

Concepto, que parafraseando las palabras del Ministro Arturo Zaldívar (en la sesión y en su columna publicada en Milenio) implica que “una autoridad en simulación de actuar en uso de sus competencias pretenda vulnerar la esencia o un mandato constitucional”.

Así, el “fraude a la Constitución” deja de ser un concepto retórico y se consolida como un verdadero principio de teoría del derecho para invalidar actos disfrazados de constitucionales, cuando no lo son.

Sobre el particular, considero que este concepto podría ser utilizado nuevamente en el corto plazo, cuando nuestros tribunales federales tengan que resolver sobre la constitucionalidad de las “contribuciones verdes” que la Asociación de Gobernadores de Acción Nacional y Enrique Alfaro de Movimiento Ciudadano han amagado con implementar y, que en el caso del Estado de Tamaulipas ya fueron aprobadas y entraran en vigor el siguiente año.

Lo anterior, pues simulando que están en uso de sus facultades para establecer contribuciones ambientales, lo que realmente se pretende es intervenir en la política sobre el sistema eléctrico nacional, violentando con esto los artículos 25 y 28 de nuestra Constitución, pues la rectoría en esa materia le corresponde exclusivamente a la Federación.

Sostengo esto, pues basta consultar las manifestaciones que han efectuado el grupo gobernadores sobre la implementación de las referidas contribuciones.

Incluso, en el caso de Tamaulipas en donde ya fueron aprobadas por el Congreso del Estado, al consultar la exposición de motivos de la reforma se observa:

“… la Federación ha optado de manera no razonable por promover los combustibles fósiles y establecer barreras de entrada a las alternativas limpias, lo que impacta en las decisiones que previamente ha tomado el Estado de Tamaulipas para la adopción al cambio climático, la mitigación de emisión de gases y compuestos de efecto invernadero y la transición hacia una economía competitiva y sustentable.

El cambio regulatorio federal obliga, por tanto, a establecer medidas para internalizar los costos sociales derivados de un viraje hacia un modelo de desarrollo y productividad basado en combustibles fósiles.

Por tanto, a través de la presente iniciativa, se propone recurrir a instrumentos fiscales que no sólo generen recaudación para sufragar los gastos públicos sino que, también desincentiven la emisión de gases contaminantes que contribuyen al cambio climático, esto es, “contribuciones verdes” que trasladen a los agentes económicos la carga de la contaminación y degradación de los elementos que, en conjunto, componen el medioambiente como un interés jurídicamente tutelado.

…”

Lo anterior, vuelve patente no solo la intención de violentar el marco constitucional, sino que incluso se pretende desincentivar la política eléctrica nacional que en uso de sus facultades dirige el gobierno federal.

Así, estimo que en el caso narrado podríamos estar en presencia de un nuevo “fraude a la Constitución”, pues las entidades federativas simulando estar actuando en usos de sus facultades para imponer contribuciones ambientales pretenden interferir en la política eléctrica nacional, violentando con esto los artículos 25 y 28 de nuestra norma fundamental.

Finalmente, a quien le corresponderá pronunciarse sobre su constitucionalidad será a nuestro valeroso Poder Judicial Federal.

Disciplina y unidad. No catervas por conveniencia.

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El primero de julio, en Palacio Nacional se celebró el segundo aniversario del triunfo del Presidente Andrés Manuel López Obrador y su partido, el cual atinadamente se calificó como un hecho histórico en nuestro País.

Esto, pues por primera vez un partido de izquierda asume la titularidad del poder ejecutivo, obtuvo más de treinta millones de votos, se convirtió en el candidato más votado de la historia y MORENA se instauró como la principal fuerza política de México.

Sin embargo, hoy la realidad de nuestro Presidente dista considerablemente de la de su partido, pues mientras el primero cuenta con una aprobación aproximada del 50%, el segundo se encuentra inmerso en una crisis institucional.

Estimo que MORENA se encuentra en una crisis, esencialmente por el desapego y desconocimiento de sus militantes a su normativa interna.

Lo anterior, pues así como las relaciones entre ciudadanos e incluso las naciones encuentran su degradación al perder de vista sus principios y leyes, la degradación de los partidos de manera análoga comienza cuando los militantes no observan sus normas estatutarias, pues generalmente son versos y reglas utópicas que ningún ciudadano podría rechazar.

Así, considero que la crisis de MORENA es consecuencia directa de la notoria inobservancia por sus militantes de tres premisas fundamentales contenidas en la “Declaración de Principios de MORENA (DPM) y sus estatutos, mismas que a saber son las siguientes: 

1. Que el partido reconoce su esencia en la pluralidad, cultural, religiosa y política (numeral 6 de la DPM).

Este principio, ha sido abiertamente inobservado, en tanto que diversos militantes han rechazado categóricamente que quienes simpatizan con el movimiento pero que en algún momento han formado parte de otro partido o bien, que no compartan sus designios, lleguen a integrar las filas de MORENA, a tal grado que cuando estos últimos han logrado tener cierta posición dentro de la administración, en vez de apoyarlos o integrarlos, se decide sabotearlos.

Incluso, el año pasado durante las elecciones en los Estados de Tamaulipas, Puebla, Aguascalientes, Baja California, Durango y Quintana Roo, vulgarmente la militancia cayo en trapacería de “Morena para el Moreno”, frase que además de falaz, se contrapone con el principio al que hasta ahora me he referido.

2. Que cada militante se convertirá en un medio de comunicación para informar al pueblo. (numeral 7 de la DPM).

Este principio, salvo excepciones no ha sido atendido por la militancia, pues hoy gran parte de la población desconoce las labores el partido, el trabajo de sus diputados locales y federales, senadores, etc.

Inobservancia anterior, que incluso hoy puedo afirmar que un considerable número de militantes desconocen la publicación de la Convocatoria al III Congreso Nacional Ordinario de Morena, en la que entre otras cuestiones, se votará por coordinadores distritales, congresistas estatales, consejeros estatales y congresistas nacionales. 

3. Que el partido rechaza la denostación o calumnia pública entre sus miembros (artículo 3º de sus estatutos).

Basta consultar los medios de comunicación para concluir que se ha inobservado esta regla.

Así, concluyo que la inobservancia a los anteriores preceptos ha traído como consecuencia la fragmentación del partido, la imposibilidad de marcar una agenda y formular una propuesta atractiva para la población, situación por la que afirmo existe una crisis en MORENA.

No obstante, si verdaderamente quieren competir en 2021, recomiendo atender cuanto antes a la naturaleza del partido, misma que se encuentra plasmada en sus normas, pues sin ser alarmista debo manifestar que tienen dos años de retraso.

De no hacerlo así, la consecuencia natural será su degradación.

Finalmente, soy un convencido de que MORENA necesita disciplina y unidad más que catervas por conveniencia.

Contrapeso a la arbitrariedad

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El martes 16 de junio, a través del comunicado 22/2020 la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura Federal, hicieron público un crimen atroz que todos los mexicanos debemos deplorar.

Se trata, del asesinato en el Estado de Colima y en su domicilio del Juez de Distrito Uriel Villegas Ortiz y su esposa Verónica Barajas.

Lo cual, verdaderamente constituye un hecho que como sociedad debemos lamentar.

Primero, por que se trata de la privación ilegítima de dos vidas humanas, lo cual, además de un delito, siempre será una tragedia.

Pero también, porque el fallecido se trata de un Juez federal, es decir, de un funcionario público que no es elegido por sufragio, que constantemente es susceptible de ser calumniado y difamado pues su único pecado es el no encontrarse inmerso en la política y, que al igual que la gran mayoría de su gremio alcanzó su puesto y necesariamente se desempeño cumpliendo con los principios constitucionales de excelencia, objetividad, imparcialidad, profesionalismo e independencia, que exige la carrera judicial.

Lo anterior, realizando su noble e invaluable labor, con los únicos propósitos de garantizar a todos los mexicanos el derecho humano de acceso a la justicia y salvaguardar nuestra Constitución.

Ambas, cuestiones que en nuestros días resultan para quien aún no lo tenga claro, prácticamente de procura existencial, pues implican la posibilidad efectiva del ciudadano de movilizar el aparato judicial para la defensa de sus derechos e intereses y además priorizando la interdicción de la arbitrariedad.

Así, el hecho de que nos hayan privado de un funcionario judicial no constituye únicamente un agravio en derecho penal, sino que también implica una vulneración total a la sociedad, pues precisamente para poder entablar una defensa efectiva de nuestros derechos es indispensable contar con un tribunal (juzgador).

Nunca debemos perder de vista, que son nuestros jueces quienes en esta sociedad constituyen el verdadero contrapeso contra la iniquidad e ignominia, pues precisamente son quienes someten a los legisladores y autoridades a la legalidad.

De igual forma, son quienes definen cuestiones verdaderamente relevantes para el País, cuando por irresolutos y timoratos los otros poderes no las quieren abordar.

En este sentido, hoy aprovecho para recordar:

– Que fueron nuestros juzgadores quienes declararon inconstitucional excluir a las trabajadoras del hogar del régimen obligatorio de seguridad social del IMSS.

– Que fueron nuestros juzgadores quienes resolvieron que las personas con discapacidad tienen el derecho de estar, aprender y participar en las escuelas sin ser discriminados, con todos los apoyos y ajustes razonables y que es obligación del Estado hacer lo necesario para garantizarles la educación.

– Que fueron nuestros juzgadores quienes en principio reconocieron el derecho de todas las personas a contraer matrimonio independientemente de su sexo.

– Que fueron nuestros juzgadores quienes han sometido a las autoridades de salud a garantizar el servicio médico a quienes se los han negado.

– Que fueron nuestros juzgadores quienes condenaron a la autoridad a indemnizar a quienes han sufrido un daño derivado de la actividad estatal irregular.

De ahí, que sea lamentable para todos los mexicanos la pérdida de un miembro del poder judicial.

Finalmente, invito a todo aquel que hoy me lee, a reconocer el trabajo y velar siempre por la integridad de los miembros del poder judicial, pues son precisamente ellos quienes sin titubear en última instancia nos protegen de la arbitrariedad.

Villano y criminal

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La semana pasada, Estados Unidos de América y el mundo se conmocionaron derivado de la comisión de un crimen verdaderamente atroz, a saber, el asesinato por asfixia del afroamericano George Floyd en Minneapolis a manos de un oficial de policía.

Se trató de un crimen de odio por raza, que se caracterizó por la cobardía, el abuso de la fuerza y el hecho de que fue un atentado a lo más valioso que tenemos las personas: la dignidad.

Esto, pues la dignidad no debe identificarse ni confundirse como un precepto meramente moral, en tanto se trata del derecho a ser considerado como ser humano, como persona, es decir, como ser de eminente dignidad.

Prácticamente, como lo ha señalado nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación, la dignidad humana implica el “interés inherente a toda persona, por el mero hecho de serlo a ser tratada como tal y no como un objeto, a no ser humillada, degradada, envilecida o cosificada”.

Situación, que en el caso de George Floyd no se respetó, en tanto todos podemos advertir la diferencia con la que se realizan la mayoría de las detenciones y la que le fue realizada, lo cual en el fondo únicamente puede implicar la retorcida idea de una negación de la condición de ser humano al otro.

Afortunadamente y sin que deje de ser una tragedia, el pueblo Estadounidense y la comunidad internacional sin hesitar han protestado, rechazado y condenado el caso Floyd, que esperemos sea “un antes y un después” no solo en las detenciones de afroamericanos, sino que sea un precedente importante sobre la no discriminación, evitar la propagación de discursos de odio, generar y fomentar la igualdad de oportunidades, educación, acceso a los servicios de salud, etc.

Pues hoy, a 231 años de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano y, a 72 años de la Declaración Universal de los Derechos Humanos es verdaderamente criminal, facineroso y fratricida que sigamos observando casos de discriminación.

En esa tesitura, es imperativo que como sociedad y como humanidad, dejemos de concebir los derechos humanos como versos quijotescos, comprendamos que estos constituyen derechos exigibles e inalienables y, rechacemos los casos de discriminación en general, pues estos no los podemos, ni debemos tolerar, en tanto implican un retroceso de más de 100 años de lucha.

Finalmente, debo mencionar que el abuso de la fuerza, la discriminación y cualquier atentado en contra de la dignidad, únicamente puede calificarse de villano y criminal.

Oposición sin doctrina, ni ideas

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Durante el transcurso de esta semana, ha vuelto el falso y agotado debate sobre la militarización del País en relación con la estrategia de seguridad y la guardia nacional.

Lo anterior, derivado de la publicación en el Diario Oficial de la Federación el 11 de mayo, del “ACUERDO por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria”, en el cual, esencialmente se señala que la Fuerza Armada permanente participará de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada subordinada y complementaria con la Guardia Nacional en las funciones de seguridad pública mientras esta institución desarrolla su estructura y por un periodo máximo de cinco años.

Además, porque diversos legisladores y dirigentes de partidos políticos como por ejemplo: Damián Zepeda, Marko Cortes, Clemente Castañeda etc; aprovecharon para señalar que la publicación del referido Acuerdo “es inconstitucional”, “un fracaso absoluto de la guardia nacional” y “un retroceso gravísimo para el orden público“.

No obstante, debe decirse que los señalamientos realizados y referidos en el párrafo anterior, resultan incongruentes y extemporáneos.

Incongruentes, pues quienes hoy tachan de inconstitucional el Acuerdo del 11 de mayo, pasan por alto que este documento únicamente parafrasea el artículo Quinto transitorio de la reforma Constitucional publicada el 26 de marzo de 2019, por la que se crea la Guardia Nacional y que ellos mismos votaron a favor.

Incluso, el Senador Clemente Castañeda después de la votación afirmó que se constituyó un marco de actuación para las Fuerzas Armadas, apegado a parámetros de convencionalidad, respeto a derechos humanos y rendición de cuentas”.

De ahí que exista una falta de coherencia entre lo dicho y actuado.

Extemporáneos, por que los señalamientos que hoy cobardemente realizan debieron haberlos efectuado cuando tuvieron a su consideración la propuesta de reforma Constitucional que crea la Guardia Nacional, que se insiste votaron a favor y no así, a más de un año de la votación y publicación de la reforma.

Sin embargo, mas allá de asignar calificativos a las declaraciones vertidas, a los mexicanos debe preocuparnos que hoy nuestro País carece de una necesaria oposición.

Lo anterior, pues quienes se autodenominan de oposición reducen todo a bataholas, reyertas sin doctrina, ni ideas y una descalificación total de lo que hace el adversario, lo cual en nada ayuda y si empobrece al debate público. 

 Ante este escenario, es claro que a los mexicanos nos urge contar con una verdadera oposición, lo cual evidentemente no significa estar en contra o ser antagónico de todo lo que realiza el gobierno, sino más bien, críticas razonadas, congruentes, constructivas, que nutran el debate público y sobre todo con propuestas que enriquezcan la toma de decisiones.

Finalmente, como alguna vez lo dijo un verdadero y fetén opositor (Diego Fernández de Cevallos) “en todos los Países civilizados de la tierra, las oposiciones que se respetan a veces votan a favor de las propuestas del gobierno y a veces en contra. Solo quien padece de sus facultades asume que para ser honesto se tiene que estar en contra del gobierno, eso no lo aguanta ningún País”. 

Contrapeso o Mera Formalidad

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Desde el 27 de febrero de 2020, nuestro País se encuentra en una lucha sin cuartel contra un enemigo peligroso, silencioso y a veces letal al que resulta imperativo derrotar denominado COVID-19.

Aunque al día de hoy, el panorama aparentemente es alentador en comparación con lo que experimentaron otros países como Italia, España, Estados Unidos, etc., los mexicanos debemos seguir preparados y no bajar la guardia, pues todavía no ha pasado la peor parte de esta batalla.

Sin embargo, como en todas las batallas, esta situación ha vuelto patente algunas de nuestras fortalezas, como por ejemplo la solidaridad que internacionalmente nos ha sido reconocida y que ha sido pieza fundamental en esta lucha, pues entre todos hemos apoyado siguiendo las recomendaciones de aislamiento voluntario, sana distancia, ayuda entre vecinos, apoyos alimentarios, donaciones de sangre, entre otras.

Por su parte, también se han evidenciado algunas de nuestras flaquezas, dentro de las cuales identifico como la más destacada la fragilidad material de nuestro sistema de división de poderes.

Sobre todo, tratándose del servilismo villano que el poder Legislativo realiza para el poder Ejecutivo en las Entidades federativas y la Federación.

Al respecto, en nuestro País el principio de división de poderes se encuentra en el artículo 49 de la Constitución y esencialmente tutela que el poder público para su ejercicio se dividirá en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

Dicho principio, históricamente tiene su base en los postulados de Aristóteles, Locke, y Montesquieu, quienes advirtieron la necesidad de dividir el poder público a fin de impedir su abuso, generando contrapesos pues solo el poder puede detener al poder.

Y es que hoy, al igual que hace 272 años vale la pena preguntarnos “cómo un gobierno puede no ser tiránico si el encargado de hacer ejecutar las leyes es al mismo tiempo el legislador”, “qué protección pueden tener los ciudadanos contra la arbitrariedad si en una sola mano se reúnen confundidos los poderes legislativo, ejecutivo y judicial” (El espíritu de las Leyes – Montesquieu).

Lo anterior, pues si bien es cierto, en nuestro País la separación de poderes obedece a la necesidad de contar con contrapesos, equilibrio y erradicar la arbitrariedad en el ejercicio del poder público y; aunque formalmente cumplimos con el referido principio al contar con un Presidente de la República, Cámara de Diputados (federal) Cámara de Senadores y Juzgadores, así como Gobernadores y Legislaturas Locales, la realidad es que materialmente el poder Legislativo a nivel federal y en las Entidades federativas resultan una mera o insignificante formalidad para la aprobación de determinadas acciones del poder Ejecutivo.

Esto, pues basta observar cómo esta pandemia que hoy nos aqueja ha sido un nicho de oportunidad para el titular del poder Ejecutivo federal proponiendo realizar modificaciones al presupuesto y para los titulares de los Ejecutivos estatales solicitando endeudamientos y ejerciendo acciones que desde su redacción se advierte que no necesariamente servirán para contrarrestar al COVID-19 y que han sido aprobadas, o lo serán, sin debatir, razonar u opinar por los poderes Legislativos.

Evidenciando así, la fragilidad material de nuestro sistema de división de poderes, en tanto el poder Legislativo más que un verdadero contrapeso que sirva para enriquecer las decisiones y el ejercicio del poder público, se ha convertido en un paso más que el Ejecutivo debe realizar antes de ejercer determinada acción.

Siendo oportuno precisar, que tampoco se trata de enfrentar ambos poderes como muchos legisladores de oposición (respectivamente) realizan su función, sino por el contrario, de enriquecer la toma de decisiones.

Ante esto, como ciudadanos resulta válido preguntarnos si verdaderamente nuestros Diputados Locales, Diputados Federales y Senadores ejercen un contrapeso o bien, si únicamente resultan una formalidad necesaria.

Finalmente, los legisladores deben tomar en cuenta que pertenecer a un partido político o grupo parlamentario nunca puede significar renunciar a su indormia o capacidad de razonar.

Pacto Fiscal

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La semana pasada, los gobernadores Jaime Rodríguez Calderón de Nuevo León, Francisco García Cabeza de Vaca en Tamaulipas y Miguel Ángel Riquelme Solís de Coahuila manifestaron su intención de realizar una revisión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal (en adelante SNCF).

Posteriormente, se sumó a esta iniciativa el gobernador Enrique Alfaro de Jalisco, afirmando que de no modificarse el pacto fiscal se plantearía abandonarlo.

Todos, bajo las premisas falaces de que lo justo es que se otorguen mayores recursos a los Estados que más aportan a la Federación y, que reciben menos dinero del que recaudan sus respectivas Entidades federativas; pasando por alto el funcionamiento del SNCF.

El SNCF, tal y como fue señalado en su exposición de motivos, no impide que los Estados recauden sus propios impuestos, sino por el contrario, supone que tanto el Congreso de la Unión y las Legislaturas locales actúen con prudencia a efecto de no superponer gravámenes sobre el contribuyente.

Prácticamente, se trata de un acuerdo entre la Federación y Estados, en el cual las Entidades federativas reciben participaciones a cambio de abstenerse de gravar la misma fuente de riqueza, esto es, abstenerse de tener un impuesto federal y local sobre el mismo concepto.

Ahora bien, a efecto de fijar las participaciones se creó un Fondo General, el cual se constituye con el 20% de la recaudación que obtenga la Federación en un ejercicio fiscal.

Es decir, del monto total recaudado el 80% es para la Federación y el 20% para los Estados.

No obstante, lo anterior no quiere decir que únicamente el 20% sea invertido en las Entidades como erróneamente lo hacen ver las declaraciones de los gobernadores, pues ese 80% que conserva la Federación se trata de recursos utilizados para la creación y mantenimiento de tribunales, hospitales, escuelas, IMSS, ISSSTE, INFONAVIT, carreteras, seguridad pública, puentes internacionales y puertos, la rehabilitación de la refinería en Madero, la creación de la línea 3 del tren ligero en Jalisco, la presa libertad en Nuevo León, etc. prácticamente inversión en todo el País.

Máxime, que además existen fondos de aportaciones federales a los que pueden acceder los Estados, condicionando su gasto a la consecución y cumplimiento de objetivos.

Así, en primer término es claro que las Entidades federativas reciben menos de lo que aportan a la federación, pues únicamente el 20% de la recaudación es participable y en consecuencia de libre administración por los Estados; sin embargo esto no quiere decir que ese 20% sea la única inversión realizada en la entidad, pues insisto, el otro 80% de la recaudación se ocupa para el funcionamiento de áreas que competencialmente le corresponden a la federación.

Por otra parte, es cierto que históricamente los Estados con mayor actividad económica reciben menos ingresos que los más rezagados, sin embargo, esta situación per se no implica una actuación arbitraria por parte de la federación o un maltrato hacia las Entidades Federativas.

Esto, pues por mandato constitucional, a la Federación le corresponde fomentar el desarrollo regional y redistribuir la riqueza, a efecto de permitir el pleno ejercicio de la libertad y dignidad de los individuos.

Así, la idea de otorgar mayores porciones de participaciones a los Estados que más recaudan aunque sea lo “debido”, produce el inconveniente de que las Entidades rezagadas no obtengan recursos que auxilien su desarrollo económico. 

Por lo anterior, califico de falaces las premisas de justicia sobre el reparto de las participaciones aducido por los gobernadores, pues pasan por alto el funcionamiento del SNCF, el gasto para el mantenimiento de áreas que competencialmente le corresponden a la federación y la obligación de fomentar el desarrollo regional y redistribuir la riqueza.

Finalmente, aunque comparto la idea de revisar el SNCF que data de 1978, estimo que la discusión debe darse en la Reunión Nacional de Funcionarios Fiscales, tomando en consideración los puntos señalados en el párrafo anterior y no de manera incendiaria en declaraciones de prensa.

Apoyo, Solidaridad y NO Mezquindad

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El 10 de marzo de 2020, la Cámara de Diputados aprobó por mayoría de dos terceras partes la iniciativa presentada por el Presidente de la República Andrés Manuel López Obrador por la que se reforma el artículo 4º Constitucional, en materia de bienestar, votando únicamente en contra el grupo parlamentario del PAN, la cual el 24 de marzo fue aprobada casi por unanimidad en la Cámara de Diputados.

Aunque aún esta pendiente su publicación en el Diario Oficial de la Federación, esta reforma además de tutelar los servicios de salud para las personas que no cuentan con seguridad social, viene a consagrar en la parte dogmática de nuestra Constitución los apoyos económicos para personas con discapacidad permanente, pensiones no contributivas para adultos mayores y un sistema de becas para estudiantes. 

Situación, que indubitablemente servirá para cerrar la brecha de desigualdad en el País y ayudará a garantizar el cumplimiento de otros derechos humanos, a saber, alimentación, vivienda, educación, salud, seguridad social, trabajo, etc.

Prácticamente, la reforma se trata de una protección reforzada por parte del Estado a personas que por cuestiones de edad o estado físico se encuentran en una situación de vulnerabilidad.

Así, estimo que despojándonos de toda ideología política, olvidando de quién viene la iniciativa, quién voto a favor, quién en contra, etc. y aunque suene a perogrullada debemos afirmar y calificar que si bien aún queda mucho por hacer, reformas como esta nos acercan cada vez más a un verdadero Estado de Bienestar.

Máxime, que pocos podrían estar en desacuerdo con temas como el que hoy nos ocupa, pues como personas y mexicanos sabemos que nuestros adultos mayores y quienes tienen alguna discapacidad requieren apoyo y solidaridad.

No es óbice, el falaz y criminal argumento de que se trata de clientelismo político; pues como bien lo sostuvo el Senador José Alejandro Peña Villa “los programas sociales ya no serán dádivas y no se entregarán como favores a cambio de votos”.

Lo anterior, pues al integrarse al texto constitucional los referidos apoyos económicos se convirtieron en derechos que pueden ser exigibles por el ciudadano, por lo cual en lo sucesivo dejarán de ser partidas graciosas y discrecionales con las que el gobernante en turno pretenda obtener un indebido beneficio electoral y que tanto daño han hecho a la democracia mexicana.

En consecuencia, hoy el Estado Mexicano se encuentra obligado a garantizar la entrega de los citados apoyos económicos a la población vulnerable (adultos mayores y personas con discapacidad). 

Debiendo precisar, que si bien principalmente le corresponde al Gobierno federal la tarea de materializar el acceso a este derecho, las Entidades federativas y los Municipios en términos de lo dispuesto por el artículo 1º Constitucional tienen la obligación de promover, respetar, proteger, garantizar y evidentemente no obstruir su entrega, pues al estar previsto en la parte dogmática de la Constitución los apoyos económicos y pensiones no contributivas hoy constituyen un derecho fundamental.

Por lo cual, resulta inconcuso que los Estados y Municipios tendrán que abstenerse de las hoy recurrentes prácticas revanchistas en contra de la entrega de los programas sociales.

Por último, quiero insistir nuestros adultos mayores y quienes tienen alguna discapacidad requieren apoyo, solidaridad y sobre todo no mezquindad.