MORENA: Unidad. No solamente derechos de antigüedad.

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Como es público, el 17 de agosto del actual, Alfonso Ramírez Cuellar en su carácter de Presidente del Comité Ejecutivo Nacional de MORENA (CEN), presentó un escrito dirigido a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dentro del expediente SUP-JDC-1573/2019, solicitando:

1. Se conceda una prórroga de hasta noventa días, posteriores a que se terminen los cómputos distritales del proceso electoral federal 2020-2021, para renovar la Presidencia y Secretaría General de MORENA y;

2. Que en consecuencia, se autorizara que la integración actual del CEN siguiera en funciones hasta el cumplimiento correspondiente.

A lo anterior, recayó la sentencia incidental del 20 de agosto de 2020, que esencialmente declaró infundada la petición y concluyó que la renovación de la Presidencia y Secretaría General de MORENA se llevaría por encuesta abierta a militantes y quienes se auto adscriban como simpatizantes.

Situación, que generó esencialmente dos posturas dentro del partido, por un lado quienes celebran la resolución y por el otro, aquellos que la consideran un atentado a los estatutos y a la vida interna del partido.

Por mi parte, estimo que el fallo pronunciado por el Tribunal Electoral resulta sumamente atinado.

Lo anterior, básicamente por tres razones, a saber: 

Primero.- Por que contrario al argumento tramposo de quienes afirman que el Tribunal Electoral paso por alto los estatutos de MORENA, lo cierto es que la medida era necesaria, pues hoy, no se conoce con claridad y certeza el número de militantes del partido, porque mientras la autoridad electoral tiene registro de 278,332 militantes con corte al 31 de enero de 2020, el padrón que manifiesta el partido asciende a 3,072,000 de militantes con corte al 24 de marzo de 2020, del cual no se han conocido los mecanismos a través de los cuales se integró.

Así, pretender que la elección fuera únicamente para militantes, implicaría cerrar la participación a un conjunto de personas cuyo número no esta definido de manera cierta y confiable.

Por lo cual, considero que el Tribunal Electoral atinadamente concluyó, que únicamente con el método de encuesta abierta se garantizaría que todas las personas que militan o simpatizan con el partido puedan ejercer su derecho a elegir.

Segundo.- Por que más allá de la situación extraordinaria en la que se encontraba el partido, la decisión del Tribunal Electoral, representa un gran avance en nuestra democracia, no sólo de MORENA, sino en todo el País, pues prácticamente se abre la puerta para que la ciudadanía pueda escoger a los órganos de dirección de quienes ostentan el monopolio de las candidaturas a puestos de elección popular.

Tercero.- Por que en todo Estado de Derecho (como lo es el nuestro), el cumplimiento de las sentencias de autoridades jurisdiccionales resulta de orden público, por lo que su acatamiento no puede ser aplazado o condicionado.

Pensarlo de otra manera, sería contrario a nuestra Constitución y al derecho humano de seguridad jurídica.

Por lo anterior, es que considero atinada la resolución del Tribunal Electoral.

Finalmente, si MORENA quiere ser competitivo en los procesos electorales venideros, es imperativo atender el fallo del Tribunal y priorizar la unidad, más allá de los “derechos” que a conveniencia y arteramente reclaman quienes pierden de vista que si queremos un mejor País necesitamos servidores públicos con capacidad, no solamente antigüedad.

SCJN aval juicio político contra “el Bronco” por la vía federal

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este miércoles que, para ser sancionado, Jaime Rodríguez Calderón puede ser sometido a juicio político federal por usar recursos públicos para impulsar su candidatura independiente a la Presidencia en el 2018, esto dos años después de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Congreso local de Nuevo León sancionar a “el Bronco” por el caso de las “broncofirmas”.

La vía planteada por la SCJN que podría llegar a una eventual destitución o inhabilitación llevará mesas o años de proceso y acuerdos legislativos en el Congreso federal, mientras que el mandatario deja su puesto en octubre del próximo año.

Por tres votos contra dos, la Primera Sala de la Corte invalidado el procedimiento creador por el Congreso local para cumplir la orden de sancionar a “el Bronco”, dictada por el TEPJF.

Además, la Corte determinó que la sanción debe ser la prevista en el sistema de responsabilidades políticas de la Constitución federal y la debe atender el Congreso federal.

“De conformidad con el Título Cuarto de la Constitución Federal, el tipo de juicio de responsabilidad y sanción que debe ser aplicable en el presente caso es el juicio político, a nivel federal. El procedimiento de responsabilidades en contra del Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León debió de haber comenzado por la acusación respectiva de la Cámara de Diputados y, posteriormente, por la resolución declarativa de la Cámara de Senadores. Ausentes estos elementos, el Congreso local no estaba en condiciones para emitir el Acuerdo que contiene las reglas procesales para sancionar al Titular del Poder Ejecutivo del Estado”, se lee en la sentencia.

Los ministros determinaron que el caso es federal, debido a que Rodríguez incurrió en irregularidades cuando aspiraba a una candidatura federal. Además, se descartó que sean aplicables responsabilidades administrativas o penales.

De acuerdo con el Artículo 110 de la Constitución federal, los gobernadores pueden ser sometidos a juicio político por violaciones graves, y en el caso de “el Bronco”, así fue determinado en la sentencia inapelable del TEPJF.

El proceso es el siguiente, el juicio político inicia en la Cámara de Diputados como “instructora del proceso, mientras que el Senado es el jurado que determina la existencia de la responsabilidad política, y para aprobarse se requiere dos terceras partes de los votos.

En el caso de Gobernadores, el Senado sólo hace una declaración que se notifica al Congreso estatal, para que éste determine la sanción, que solo puede ser destitución o inhabilitación.

Cabe mencionar que el último juicio político que se realizó en México fue hace 94 años contra un Gobernador de Jalisco. Adicionalmente, entre el 2003 y el 2017 el Congreso federal acumuló 356 denuncias de juicio político y ninguno avanzó.

(Con información de Grupo Reforma)

TEPJF ordena sancionar a “El Bronco” por irregularidades electorales en 2018

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el Congreso de Nuevo León debe imponer sanciones al gobernador Jaime Rodríguez Calderón “el Bronco” y al secretario general de Gobierno, Manuel González, por irregularidades electorales de 2018.

Ambos funcionarios neoleoneses incurrieron en irregularidades electorales en 2018 para favorecer al entonces gobernadores con licencia, Rodríguez Calderón, pues se confirmó que usaron a 572 trabajadores del estado, es decir recursos públicos, para recolectar firmas en pro de su candidatura presidencial.

Este miércoles la Sala Superior resolvió sendos recursos promovidos por González Flores y determinó que argumentar que el proceso está suspendido tanto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ante la que “el Bronco” presentó controversia constitucional, como por el Tribunal de Justicia Administrativa del estado, y que por lo tanto no se pueden imponer sanciones, es infundado.

Esto porque ambas suspensiones no fueron materia de análisis, ni de la sentencia del 2 de marzo, emitida por la Sala Especializada del TEPJF en la que se ordenó al Congreso de Nuevo León a concluir el proceso de imposición de sanciones, pero no ejecutarla en el caso del gobernador del estado.

En esa sentencia la Sala Regional Especializada declaró que el Congreso del estado no ha cumplido la orden de imponer sanciones, lo instó a hacerlo a más tardar el 24 de abril pasado y lo apercibió a hacerlo.

En su análisis la Sala Superior estableció que el impugnante “parte de la premisa incorrecto de que se dejó en absoluta libertad al Congreso para determinar una sentencia en su contra, pues si se acreditó la responsabilidad y se ordenó se impusiera una sanción en su contra, pues si se acreditó la responsabilidad y se ordenó se impusiera una sanción atendiendo a la gravedad señalada por la Sala Especializada, comunicar al Congreso la sentencia no fue para que analizar la posibilidad de sancionar, sino para que procediera a imponer una sanción”.

En cuanto a la sentencia combatida por González, la Sala Regional decretó la suspensión temporal de su orden de imponer sanciones en ese plazo, debido a la emergencia sanitaria por el COVID-19.

De acuerdo al impúgnate la Sala no se pronunció sobre la suspensión decretada por el Tribunal de Justicia Administrativa local.

Los magistrados valoraron que el objetivo de la impugnación era lograr la revocación de la sentencia en la que ordenó ejecutar sanción en contra del secretario general del estado.

(Con información de El Universal)

Solicitan suspensión y multa para “el Bronco” por “broncofirmas”

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El ex consejero del INE, Marco Antonio Baños, indicó que el Congreso local de Nuevo León debe ejercer su soberanía u , dejando a un lado intereses políticos, sancionar al Gobernador Jaime Rodríguez Calderón con una multa ejemplar y su separación temporal del cargo.

Baños, quien participó en la investigación del Instituto Nacional Electoral sobre el uso de recursos públicos para obtener las firmas de apoyo que requería Rodríguez para su candidatura presidencial en el 2018, dijo que la gravedad de las faltas está acreditada y no pueden darle un castigo “light”.

Por otro lado, lamentó que el Congreso esté a punto de cumplir dos años sin concretar un castigo para el gobernador y el Secretario General de Gobierno, Manuel González, como lo ordenó la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Además, estimó que la multa debe ser mucho mayor a los 317 mil 022 pesos que se plantearon en el dictamen que se voto el pasado viernes en el Congreso.

“Me parece ridículo que se considere una amonestación pública y una multa apenitas por arriba de los 300 mil pesos, porque si el castigo es una multa, pues esta debe ser ejemplar. Y para ellos debe definirse con exactitud cuántas fueron las horas que estos 572 servidores públicos dedicaron a recabar las firmas del Bronco… y eso debería ser lo que tendría que regresar, más un porcentaje que, en mi opinión, debería de ser de un 50 por ciento más. También se tiene que revisar la posibilidad de una suspensión en el ejercicio del cargo, a lo mejor no una destitución, pero sí una suspensión para que cumpla una sanción, no soy partidario de la destitución, pero sí debe proceder la suspensión”, señaló.

“Más allá de propósitos políticos tiene que establecerse una sanción ejemplar, porque una multa de 300 mil pesos no lo es, muerto de la risa lo vuelve a hacer. Si el Bronco se separó del cargo con una licencia para ir con una candidatura, también se le puede separar para sancionarlo, sin que sea por lo que resta de su gestión, para que no se entienda como una destitución. Sé que están pendientes recursos en la Suprema Corte, pero en ejercicio de su soberanía, el Congreso local debe tomar una decisión ya”.

Cabe recordar que el pasado viernes, luego de incumplir en dos ocasiones con plazos establecidos por el TEPJF para que se castigue a los dos funcionarios por desvío de recursos, el Congreso intentó hacerlo llevando al Pleno una propuesta para amonestarlos públicamente y multarlos con 90 días de su salario a cada uno, dictamen que no fue aprobado, y el expediente regresó a la Comisión Anticorrupción para que se elabore otra propuesta.

Votarían destituir a Manuel González

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Este viernes los Diputados locales votarán un dictamen sobre la destitución inmediata de Manuel González, Secretario General de Gobierno del Estado, y su inhabilitación para ejercer cargos públicos por seis años.

El Congreso local votará en un periodo extraordinario con el fin de cumplir un mandato de la autoridad electoral federal, que ordenó sancionarlo por desvío de recursos públicos para la campaña presidencial del Gobernador Jaime Rodríguez.

De ser sancionado, el segundo al mando de la Administración estatal quedaría fuera de la Administración de Jaimes Rodríguez y de las posibilidades de ser candidato a un cargo de elección en el 2021.

El acuerdo para realiazar este dictamen se tomó ayer en una sesión virtual de la Comisión de Coordinación y Régimen Interno (Cocri), en la que se definió que la Comisión Anticorrupción, circule hoy el proyecto de dictamen junto con la convocatoria para sesionar el viernes a las 9:00 horas y que pueda votarse en el Pleno en el extraordinario de ese día a las 11:00 horas.

El 25 de julio del 2019, la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Congreso local cumplir con una sentencia emitida un año antes y sancionar a González por desviar recursos para el acopio de firmas para la candidatura presidencial de “El Bronco”.

 

(Con Información de El Norte) 

Ratifica TEPJF que hubo promoción personalizada de AMLO en cartas de apoyo del IMSS

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que hubo una promoción personalizada del Presidente Andrés Manuel López Obrador en las cartas de entrega de apoyos a microempresas familiares que hizo el IMSS, tal y como resolvió el INE la semana pasada.

La denuncia fue interpuesta por el PAN, PRI y PRD ante el INE, el cual ordenó la suspensión de las dos versiones de carta presentadas por el IMSS pues tenían la firma del Mandatario y hacían alusión a que era él quien estaba detrás del apoyo.

En su lugar ordenó la Comisión, las cartas y documentos de este programa deben ser sustituidos por “comunicaciones que se ajusten al marco constitucional”.

El asunto llegó al Tribunal Electoral, luego de que el IMSS acusara que el INE hizo una “indebida valoración de pruebas” y que se extralimitó en sus funciones para conocer e imponer las medidas cautelares.

En la sesión virtual que realizaron este miércoles los ministros de la Sala Superior del TEPJF, se confirmaron las medidas cautelares impuestas al IMSS, por lo que este deberá suspender la difusión de los documentos con “promoción personalizada” entregados a los beneficiarios.

“Luego de hacer un análisis exhaustivo del caso, las y los magistrados de la Sala Superior desestimaron los señalamientos del IMSS y ratificaron la decisión de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE al emitir las medidas cautelares”, concluyó el Tribunal.

(Fuente: El Mañanero Diario)

Manuel González presenta queja ante la SCJN por sanción

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El secretario de Gobierno, Manuel González, presentó una queja ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) después de que el Congreso fue emplazado a aplicarle una sanción antes del 24 de abril por el caso de las “broncofirmas”.

“El día de ayer presentamos un recurso de queja en la Suprema Corta de Justicia, en la sal del Ministro que está llevando a fondo este asunto, porque consideramos que esta resolución del TEPJF es violatoria de la suspensión”, declaró González.

Por otro lado, reiteró en que las dos suspensiones otorgadas por al SCJN, y dos más por el Tribunal de Justicia Administrativo del Estado, protegen tanto al Gobernador como a él, por lo que consideró un error de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación exigir a los diputados locales una sanción.

“No consideramos que sea lo correcto y utilizaremos todos los medios para impugnar y mantener el estatus de suspensión ante una sanción hasta que no resuelva el máximo órgano del País sobre esta condición. Hoy por hoy, las suspensiones abarcan al Gobernador y a su servidor, porque yo estoy en este caso no como Secretario General de Gobierno, sino porque fui Gobernador interino.”, dijo el funcionario.

TEPJF avala a Ramírez Cuéllar como dirigente nacional de Morena

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó el nombramiento de Alfonso Ramírez Cuéllar como dirigente interino de Morena.

En sesión pública y a propuesta del magistrado Indalfer Infante, los magistrados de la Sala Superior del TEPJF, palomearon la sesión del VI Congreso Nacional Extraordinario del partido Morena celebrada el 26 de enero de 2020, en el que se eligió a Ramírez Cuellar.

La sentencia considera que la convocatoria fue legal, conforme a los estatutos del partido, y el Congreso contó con quórum válido para hacer nombramientos y tomar acuerdos.

Quien se inconformó fue el magistrado Reyes Rodríguez.

Esta tarde, antes de darse a conocer la determinación del Tribunal, la secretaria general de Morena, Yeidckol Polevnsky, aseguró que los magistrados fueron amenazados y empinados” para que avalaran el Congreso Nacional Extraordinario en el que le fue retirado el cargo de presidenta del partido.

Incluso, acusó directamente al senador Ricardo Monreal de haberlos doblegado.

Seguramente, hay una mano negra que ha estado amenazando a los magistrados de reducirles el periodo y que tenga interés en seguir manipulando para tener postrados a los magistrados a sus pies.

El evento (del 26 de enero) es ilegal, vieron todo el desaseo que hubo en ese evento, absolutamente obvio; no sé cómo hayan amenazado a los magistrados, porque sé que Ricardo Monreal los ha amenazado, no sé quién más, porque también han llegado a decirles que van de parte del Presidente (López Obrador) y hacen todo tipo de ilegalidades”, declaró Polevnsky en rueda de prensa, en la que se comprometió a investigar quiénes más presionaron a los magistrados para emitir el fallo en su contra.

No obstante, advirtió que ella continuará como secretaria de Morena.

(…) a ningún precio les iba yo a dejar el espacio libre, pues ni que estuviera loca. A mí me eligieron, además yo soy de las votaciones más altas del CEN (Comité Ejecutivo Nacional)”, subrayó.

(Fuente: El Mañanero Diario)

TEPJF obligará al Congreso sancionar al ‘Bronco’

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) discutirá y votará hoy un proyecto que busca obligar al Congreso local de Nuevo León a definir una sanción contra el gobernador Jaime Rodríguez Calderón “El Bronco” por presuntamente desviar recursos públicos para recabar firmas para su candidatura presidencial.

Cabe recordar que el legislativo local concluyó el 18 de diciembre su periodo de sesiones sin castigar a Rodríguez Calderón, esto pese a que el TEPJF ordenó emitir una sanción en ese plazo.

Los legisladores locales argumentaron en ese momento, que no podían sancionar al mandatario estatal hasta que se resuelva la controversia constitucional que “el Bronco” promovido ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), misma que le otorgó una suspensión confirmada en enero, con el fin de que no se ejecute el castigo.

Tras la negativa del Congreso local, el senador Samuel García, promovió un procedimiento de incumplimiento de sentencia por desacato.

De acuerdo a fuentes cercanas al TEPJF, el proyecto del magistrado José Luis Vargas plantea dar la razón al senador de Movimiento Ciudadano y obligar al Congreso a definir una sanción, aunque el castigo no se podría cumplir hasta que la Corte resuelva la controversia.

Por otro lado, las mismas fuentes mencionaron que seis de los siete magistrados de la Sala Superior se pronunciaron ayer de forma dividida en una reunión privada, por lo que no existe hasta el momento consenso para la aprobación de dicho proyecto.

Para que un proyecto sea aprobado, se necesita el voto de cuatro de los siete magistrados.

TEPJF alerta la posibilidad de recibir firmas en papel de al menos 817 municipios

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Monterrey (30 de noviembre de 2017).- La Sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en resolución a los aspirantes a candidatos a la presidencia, comentaron que sera posible recabar firmas en los municipios a los que no se tenga acceso para emplear la aplicación desde el dispositivo móvil y podrán recabar apoyos en papel.

Un acuerdo emitido por el INE, el pasado 16 de noviembre, establece que se podrán recabar respaldos sin usar la app en 283 municipios con alta marginación.

Maria de Jesús Patricio, zapatista y aspirante independiente a la presidencia, argumento que con esta disposición impuesta por el TEPJF se limito la posibilidad de solicitar una ampliación del régimen de excepción a más ayuntamientos.

Dicha sentencia establece que quedara a resguardo la garantía de de los aspirantes a solicitar la excepción en el uso aplicativo móvil en todos los municipios donde se presenten pruebas de que existen dificultades para aplica la tecnología.

Por su parte Reyes Rodriguez Mondragón expuso que “La posibilidad de presentar un escrito solicitando esa opción en otros casos, especialmente se refiere a municipios de alta marginación, los cuales con base en este mismo indice de la CONAPO y con información del INEGI estan calificados 817 municipios”.

Agregó que “Los lineamientos excepción es posible desprender una interpretación conforme que le permite presentar en todos los casos una solicitud ante la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos del INE para que si se aporta los elementos y las razones se justifique la utilización excepcional del formato en papel”.