Corte oculta datos sobre compra de vacunas hasta 2025

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El día de hoy, por amplia mayoría, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia reservó durante cinco años los datos sobre las condiciones esenciales de contratación, así como los comprobantes de pago, de la compra de vacunas contra Covid-19 de Pfizer-BioNtech, AstraZeneca y Cansino. El organismo añadió que difundir esta información implica un riesgo para la seguridad nacional, pues se violarían cláusulas de confidencialidad de los contratos y se pondría en peligro el suministro de vacunas puesto que las tres empresas mencionadas han surtido casi 80 por ciento de los 225 millones de dosis recibidas por México.

La Secretaria de Relaciones Exteriores (SRE) ha difundido versiones públicas de los contratos, con censura de párrafos que detallan pagos, responsabilidades, garantías, datos personales, propiedad intelectual y los términos de las propias cláusulas de confidencialidad, mismos que seguirán sellados.

Se destaca que en diciembre de 2020, la Secretaría de Salud (Ssa) reservó la información por cinco años, el Instituto Nacional de Acceso a la información (INAI) redujo el plazo a dos años, pero la Corte lo volvió a extender a cinco años, el máximo que permite la ley, que se cuentan precisamente a partir de diciembre de 2020.

Los ministros argumentaron a favor de prolongar la reserva y dentro de sus argumentos aseguran que es necesario, porque se desconoce el periodo de duración de la inmunidad que proveen las vacunas, la pandemia no ha terminado, el virus es impredecible, y no se sabe si México tendrá que negociar de nuevo con las farmacéuticas para incrementar el abasto.

En la minoría, dentro del grupo de los ministros contra esta moción, Norma Piña cuestionó que sean cláusulas contractuales, y no la naturaleza de la información, las que determinen que no se deben difundir datos sobre uso de recursos públicos. Destacó que, en los contratos con AstraZeneca y Cansino, está permitido divulgar información si lo prevén las leyes, o por procedimientos administrativos o judiciales. Por su parte, Alberto Pérez Dayan dijo que UNICEF ya ha publicado que México paga cuatro dólares por dosis de vacuna AstraZeneca, entre otros datos.

Entre 2021 y lo que va de 2022, la Consejería Jurídica del Ejecutivo ha promovido al menos 27 recursos ante la Corte para frenar resoluciones del INAI sobre acceso a la información sobre compra y aplicación de las vacunas.

Con información de Grupo Reforma

Tribunal ordena a TV Azteca pagar 2 mil mdp al SAT

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través de un tribunal federal reiteró hoy que TV Azteca debe pagar 2 mil 447 millones de pesos por Impuesto sobre la Renta (ISR) omitido para el ejercicio de 2009. La Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) confirmó hoy la legalidad del crédito fiscal fincado a la televisora, que había ganado un amparo para una nueva revisión de su demanda contra el SAT.

Este amparo solo obligaba al al Tribunal a dicha revisión adicional, pero los magistrados sostuvieron, por unanimidad y de la misma forma que hicieron en 2019, que el crédito fiscal por deducciones indebidas fue correcto. Por su parte, autoridades judiciales prevén que TV Azteca promueva un nuevo amparo directo contra el fallo de este martes, lo que prolongará el litigio algunos meses.

La televisora ha tenido problemas con el SAT por créditos fiscales desde hace años, lo que ha provocado que en varias ocasiones el órgano tributario embargue sus instalaciones, ubicadas en Periférico Sur, para garantizar diversas deudas.

El grupo empresarial de Ricardo Salinas Pliego ha acumulado deudas fiscales. El pasado 19 de enero, la Segunda Sala de la Corte confirmó en definitiva una deuda de 2 mil 664 millones de pesos que el SAT impuso a Grupo Elektra, por deducciones ilegales en su pago de ISR para el ejercicio de 2006.

Además, se comenta que la Corte también tiene pendiente resolver una solicitud de Elektra para atraer su amparo contra el crédito fiscal  por 18 mil 455 millones de pesos. A esto se le una que la Segunda Sala aún no resuelve otro amparo de TV Azteca contra el cobro de 63.2 millones de pesos en multas que le impuso el Instituto Nacional Electoral (INE) por difusión ilegal de propaganda política, en 2009 y 2010.

Por su parte, en un comunicado, Grupo Salinas informó que, tras la resolución del tribunal, seguirá ejerciendo su derecho a defenderse de lo que consideró cobros erróneos y excesivos.

Con información de Grupo Reforma

Gobierno de AMLO se queja ante la SCJN por reducción de casillas para la revocación de mandato

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La Consejería Jurídica de la Presidencia de la República denunció por medio de un recurso de queja que el Instituto Nacional Electoral (INE) incumplió con un mandato de la Suprema Cortede reducir el número de casillas que se instalarán en la consulta de revocación de mandato.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá dio un plazo de 15 días al organismo para informar a la Suprema Corte u ofrecer pruebas sobre la forma en que se ha organizado el ejercicio de revocación de mandato. “Precisando los actos que ha llevado a cabo para cumplir con la medida cautelar decretada apercibida que, de no hacerlo, se presumirán ciertos los hechos que se le atribuyen y se le impondrá una multa de 10 a 180 días de salario“, comentó el ministro.

La Presidencia argumentó que: “Si bien el ministro instructor modificó la suspensión para que el proceso de revocación de mandato se ejecutara de una manera más eficiente por parte del INE, con el presupuesto ya programado, ello no puede verse traducido en la disminución del número de casillas, ya que implicaría la afectación al derecho a la participación política de los ciudadanos“.

Con información de López-Dóriga Digital

Corte reconoce prestaciones por concubinato

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Por tres votos contra dos, la Suprema Corte de Justicia resolvió la inconstitucionalidad del artículo 501 fracción III de la Ley Federal del Trabajo, por lo que ahora quienes vivieron en concubinato con una persona que, al mismo tiempo, estaba casada con otra, tienen derecho a ser reconocidos como beneficiarios de prestaciones laborales. Anteriormente, establecía que los concubinos tienen derecho a recibir la indemnización por muerte de su pareja, siempre y cuando ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.

De acuerdo con la votación, la mayoría afirmó que este requisito pone en desventaja a las mujeres, favorece el estilo de vida de los hombres, y atenta contra el libre desarrollo de la personalidad, es decir, el derecho de las personas a mantener varias relaciones de pareja al mismo tiempo bajo diversos formatos. La ley también requiere cinco años de convivencia previos a la muerte del trabajador, o que los concubinos hubieran procreado un hijo, amen que los viudos, viudas e hijos de hasta 25 años, tienen preferencia sobre las parejas de hecho.

La resolución de la Corte surgió a raíz del amparó a Nadia Porras Tavárez, quien durante 26 años vivió en concubinato y tuvo tres hijos con Rafael Saldaña Cazares, quien a su vez estaba casado y tuvo una hija con María Esmeralda Martínez Cavazos. Martínez había emigrado a Texas, donde se casó con otra persona, pero seguía registrada ante el IMSS como la beneficiaria de Saldaña. Tras la muerte de Saldaña, Porras pidió reconocimiento como beneficiaria para ella y uno de sus hijos, menor de edad, pero el IMSS y la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JCA) de Nuevo León negaron la petición, pues el fallecido seguía legalmente casado con otra persona.

De acuerdo con lo discutudo en la Corte, la Constitución protege la familia, no obstante, este es un concepto dinámico “cuyo estereotipo se ha transformado”, por lo que ahora debe entenderse referido a múltiples uniones distintas del matrimonio. Como la sentencia paso con solo tres votos, este criterio no será obligatorio para el resto de los tribunales del País.

Con información de Grupo Reforma

Corte avanza en cancelar pregunta de ratificación de AMLO

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Esta tarde de lunes, una falla reportada en el sistema de aire acondicionado que provocó la aparición de humo en el pleno reportado por el Presidente Zaldívar, impidió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolver si elimina la pregunta de ratificación incluida por el Congreso en la consulta de revocación de mandato del Presidente Andrés Manuel López Obrador, prevista para el 10 de abril. Minutos después, los ministros se reunieron de nuevo, pero solo para el anuncio de que la sesión continuará mañana, mientras se arregla el aire acondicionado.

Cabe destacar que hasta el momento de la suspensión, cuatro Ministros, la mitad de los ocho votos necesarios (Alberto Pérez Dayan, Luis María Aguilar y Alfredo Gutiérrez), se han pronunciado en favor del proyecto de Pardo, que propone anular parte del artículo 19 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, que establece: “La pregunta objeto del proceso, la cual deberá ser: ¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?“. Lo que ministro Pardo propone eliminar la porción dice “o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo“, y que las boletas de la consulta solo contengan las opciones de respuesta “Si” o “No” a la pregunta de revocación.

Al contener esta pregunta, no solo el tema referente a la revocación, sino también si el Presidente debe seguir en su cargo hasta terminar el periodo, está incluyendo en forma expresa un tema adicional que no corresponde al objeto Constitucional de esta figura, con lo cual se desacredita el objeto del proceso de la consulta de revocación“, dijo Aguilar.

La Corte, de no tener la mayoría calificada, no se tendría lo necesario para invalidar, o aceptar el proyecto. Además de este tema, también discutirá otros aspectos de la ley de revocación ya que Pardo propuso a sus colegas anular la porción que permite la participación de los partidos políticos para promover la revocación y para designar representantes ante las mesas directivas de casilla el día de la consulta.

Con información de El Norte

SCJN admite acción de inconstitucionalidad promovida por diputados de oposición contra el Presupuesto de Egresos 2022

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Este día jueves, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite una acción de inconstitucionalidad presentada por un grupo de diputados de oposición contra el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2022; la acción se da en lo referente a recortes de recursos en materia de medio ambiente, atención a menores de edad e igualdad de género.

El ministro Juan Luis Gonzáles Alcántara Carrancá fue quien admitió a trámite esta impugnación, aunque rechazando la solicitud de los legisladores que había pedido que este asunto se “resuelva de manera prioritaria“, pero que fueron rechazados dado que al ser una minoría legislativa “no están legitimados para promover la referida solicitud“.

Esta impugnación fue promovida por legisladores de los partidos PAN, PRI y PRD, es decir por la oposición legislativa, quienes argumentan que estos recortes han violado diversos principios en materia de derechos humanos. Los diputados reclaman la invalidez de los recortes a las erogaciones para la igualdad, del medio ambiente y recursos naturales; recursos para la atención de niñas, niños y adolescentes; acciones para la prevención del delito combate a las adicciones, rescate de espacios públicos y promoción de proyectos productivos, entre otras aportaciones federales para entidades federativas y municipios.

Si bien la Corte tramita de manera rutinaria impugnaciones de órganos locales contra presupuestos locales, este asunto cobra relevancia dado que es la segunda vez que integrantes de uno de los tres poderes de la unión tramita un recurso contra el PEF.

La primera acción de inconstitucionalidad presentada en este sentido fue hecha por el expresidente Vicente Fox, que se quejó contra diversas determinaciones de la entonces Cámara de Diputados contra recortes al PEF 2005.

Con información del Sol de México

Aprueba INE cambios de logística de la revocación de mandato

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La Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó modificaciones para poder cumplir con la consulta de revocación de mandato a la Cartera Institucional de Proyectos.De acuerdo con el INE, dicha realización de la consulta es equiparable a un proceso electoral federal que lleva 9 meses de planificación, no obstante, se debe organizar en tres meses.

Lorenzo Córdova comentó que: en la organización de un proceso electoral federal el INE cuenta con nueve meses y los tiempos se acortaron a tres meses para la revocación de mandato“.

Entre las modificaciones se aprobó reducir el 50% el apoyo financiero a los consejeros locales y distritales; la emisión de la lista nominal de electores con fotografía, así como la operación de las Mesa de Control para verificar la autenticidad de los registros de las firmas de apoyo a la revocación de mandato a través de la aplicación.

El secretario ejecutivo del INE, Edmundo Jacobo Molina, comentó en cuanto a la controversia constitucional que interpuso el INE ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) relativa al presupuesto para la realización de la revocación de mandato, que si bien aún hay incertidumbre sobre su organización, “se trabaja para ir cumpliendo con la estrategia del plan y calendario con los recursos con los que cuenta el Instituto“.

Con información de LatinUS

Loretta Ortiz es elegida como ministra de la SCJN

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El día de hoy, el Pleno del Senado de la República eligió a la abogada Loretta Ortiz Ahlf, como nueva ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Ortiz sustituirá al ministro Fernando Franco González Salas quien dejará el cargo el próximo 12 de diciembre, obtuvo 92 de los 114 votos emitidos por los senadores, por lo que alcanzó la mayoría calificada para ser nombrada como ministra de la Corte.

Cabe destacar que esta fue la tercera vez que Ortiz Ahlf integraba una terna para ser ministra de la Corte. Sin embargo, en las ocasiones anteriores fue cuestionada por su cercanía con el presidente Andrés Manuel López Obrador y por su matrimonio con José Agustín Ortiz Pinchetti, actual titular de la fiscalía especializada en delitos electorales.

El 20 de noviembre de 2019 fue nombrada consejera Judicatura Federal, cargo que desempeñaba hasta antes de la votación de hoy.

¿Quién es Loretta Ortiz Ahlf?

Ortiz es egresada de la escuela Libre de Derecho en donde es maestra, ha sido diputada de Morena y fue coordinadora del Consejo de Asesores para garantizar la paz, órgano formado por López Obrador como Presidente electo para acercar a las nuevas autoridades con las víctimas de la violencia en distintos municipios del país. Hasta el día de hoy se desempeñaba como consejera Judicatura Federal.

Es especialista en derecho internacional y derechos humanos, maestra en derecho humanos por la Universidad iberoamericana y tiene un doctorado en derechos humanos y derechos comunitarios europeos por la Universidad de distancia de España es miembro del sistema Nacional de investigadores nivel dos.

Con información de El Sol de México

 

AMLO asegura que Cabeza de Vaca no tiene fuero y la FGR debe de actuar

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Durante su conferencia mañanera, el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, aseguró que el gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, ya no cuenta con su fuero por lo que la Fiscalía General de la República (FGR) deberá actuar por el delito de defraudación fiscal equiparada en su contra. 

Esto, después de que la Suprema Corte de Justicia la Nación (SCJN) desechara una controversia constitucional por el desafuero del gobernador la semana pasada.

“Hay un proceso de desafuero. En la Cámara de Diputados, aprueban el desafuero el Congreso local de Tamaulipas se inconforman y va a corresponder al Poder Judicial especial a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resolver sobre esta controversia”, señaló el presidente.

Después de ser informado de que la Suprema Corte ya había resuelto la controversia, el presidente afirmó que en efecto, el gobernador ya no contaba con fuero.

“Si ya la Suprema Corte resolvió que no hay fuero constitucional y que no procede la solicitud de amparo del Congreso local, ya es la fiscalía la que va a actuar”, agrego.

Con información de: “El Universal”.

Admite AMLO riesgo de no lograr reforma a la Ley Eléctrica

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Esta mañana, en conferencia de prensa matutina, el presidente Andrés Manuel López Obrador admitió que de declararse inconstitucional la Ley de la Industria Eléctrica en la Suprema Corte, sus intenciones de una reforma en este sector corren riesgo.

Opinó que no debe ser inconsitucional dicha ley, la cual fue suspendida por jueces federales, pues consideró que es una injusticia que paguen más los usuarios domésticos que las grandes corporaciones comerciales o empresariales.

Lo de la luz se está buscando resolver con la ley que aprobó el Congreso y la reforma eléctrica, con eso vamos a revisar los contratos leoninos y vamos a avanzar, ahora hay amparos, pero debe llegar hasta la última instancia, que es la Suprema Corte de Justicia“, mencionó.

Con información de La Razón