Consejera Jurídica de AMLO impugna acuerdo del INE para posponer revocación de mandato

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La consejera jurídica del Ejecutivo Federal, María Estela Ríos González, impugnó ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), a nombre del presidente Andrés Manuel López Obrador, el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) con el que suspendió algunas actividades de la revocación de mandato, bajo el argumento de insuficiencia presupuestal.

De acuerdo con el diario Milenio la consejera jurídica del gobierno federal presentó ante la Sala Superior del TEPJF una impugnación en contra del acuerdo que el INE aprobó el pasado viernes en una votación dividida para no realizar las actividades de revocación de mandato del presidente de la República, que deberían iniciar en enero.

Esta tarde, de acuerdo con información obtenida por este medio, la Sala Superior asignó al magistrado Felipe Fuentes Barrera el caso, por lo que deberá presentar un proyecto en el que resuelva respaldar a la autoridad electoral ante la falta presupuestal de más de 2 mil 300 millones de pesos o por el contrario, ordenarle continuar con las actividades, ya sea de forma exacta a como estaban programadas o con ajustes, mientras la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resuelve de fondo la controversia constitucional. 

Este juicio se suma a la impugnación presentada ayer por el representante de Morena ante el Consejo General del INE, el diputado Mario Llergo, ante la Oficialía de partes del instituto y que, hasta esta tarde, no ha llegado al TEPJF.

(Fuente: Luis Cárdenas MX)

INE aprueba cambio de fecha para la revocación de mandato; se realizaría el 10 de abril

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El Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó este miércoles en sesión extraordinaria un cambio de fecha para la posible realización de la revocación de mandato.

El Consejo General del INE avaló por unanimidad que el ejercicio se realice el 10 de abril debido al aumento de trabajo que implica revisar y digitalizar más de 2.7 millones de firmas en papal.

La fecha original se estableció el 27 de marzo.

Durante el encuentro se resaltó además que habrá un empalme de la revocación de mandato con el inicio de las campañas electorales para la renovación de seis gubernaturas, algo que se buscaba evitar.

El consejo presidente Lorenzo Córdova resaltó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación permitió al INE ajustar los tiempos establecidos para el recibimiento de las firmas.

“Esta aprobación es de gran relevancia pues viene a confirmar una vez más, la convicción y el compromiso democrático del INE con la ciudadanía para el buen desarrollo de los procesos electorales. No es el INE quien boicotea u obstaculiza los ejercicios de democracia participativa, mienten flagrantemente en ese sentido, quienes diga lo contrario”, dijo.

Cabe recordar que hace unas semanas, el TEPJF ordenó modificar los lineamientos de recolección de firmas para el referéndum revocatorio del mandato Presidencial, en donde admitió que se recaben en formatos físicos y mediante dispositivos electrónicos.

TEPJF avala uso de formatos de papel para consulta sobre revocación de mandato

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló permitir el uso de firmas en papel para la consulta de revocación de mandato y ordenó revocar el acuerdo del INE que estableció el uso de la aplicación móvil y limitar el uso de formatos en papel.

En sus lineamientos, el Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que la recolección de firmas para el proceso de revocación de mandato sería sólo a través de la aplicación móvil, sin embargo, Morena se inconformó y planteó que se deberían aceptar en papel y no limitarse sólo a 204 municipios de alta marginación del país.

Al respecto, el dirigente nacional de Morena, Mario Delgado, celebró la decisión de los magistrados del Tribunal Electoral que “le corrigió la plana al INE, que tendrá que aceptar los formatos físicos para recabar firmas de apoyo en todo el país” y añadió que los derechos “son para todos, sin excluir a nadie”.

Los magistrados determinaron que el INE deberá permitir el uso de los formatos físicos en todo el país, como lo solicitó Morena en el recurso de inconformidad que presentó. Cabe destacar que hoy, el INE inició la recolección de firmas a través de la aplicación móvil, a la espera de la resolución del pleno del Tribunal Electoral.

(Fuente: Luis Cárdenas MX)

TEPJF reabre caso de Adrián de la Garza por tarjetas

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) reabrió ayer la investigación en contra del ex candidato del PRI a la Gubernatura, Adrián de la Garza, por solicitar el voto a cambio de futuros incentivos económicos, entregando la llamada “Tarjeta Rosa”.

La Sala Superior del TEPJF revocó una sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León (TEENL), que había declarado inexistentes las infracciones de propaganda electoral y uso indebido de recursos públicos de las que se acusó al representante de la Coalición Va Fuere por Nuevo León, mismo que quedó en segundo lugar en las elecciones de junio pasado que ganó el candidato de Movimiento Ciudadano (MC), Samuel García.

El pleno del Tribunal federal consideró fundado un agravio presentado por Morena en el que acusa a la Comisión Estatal Electoral (CEE) de no haber realizado una investigación completa de las denuncias contra el también ex Alcalde priista de Monterrey.

“La Sala Superior del TEPJF revocó la sentencia del Tribunal local y ordenó reabrir la investigación para que las autoridades correspondientes recaben los elementos necesarios y emitan una nueva resolución que determine si se confirmará o no la infracción por haber entregado bienes y/o servicios a la ciudadanía durante la campaña electoral”, informó en un comunicado el TEPJF.

Cabe mencionar que Morena denunció al priista por considerar que la entrega de las tarjetas “Por ti, mujer fuerte” y “Por ti en compañía”, que prometían un depósito bimestral, incurrieron en infracciones en materia de propaganda electoral y uso del financiamiento público.

La entrega de las llamadas “Tarjetas Rosas” también fue en su momento cuestionada por el presidente López Obrador en al menos tres de sus mañaneras.

La sentencia, que fue propuesta por el magistrado presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez, ordena a las autoridades competentes investigar a fondo los hechos para demostrar si la propaganda electoral del entonces candidato fue válida o formó parte de una estrategia de coacción del voto.

TEPJF ordena al INE implementar posibilidad del voto físico en el extranjero

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El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) implementar la posibilidad del voto físico en consulados y embajadas de México.

Por mayoría de seis votos a favor y un voto en contra, el TEPJF determinó como fundado el reclamo de tres mexicanos residentes en el extranjero que se inconformaron porque no se contempló la posibilidad de votar físicamente en las sedes diplomáticas del país para el proceso electoral 2020-2021, por lo que solicitó al INE, en colaboración con otras autoridades implementar la posibilidad de votos en consulados y embajadas de México.

Las magistradas y los magistrados a favor del proyecto consideraron, entre otras cuestiones, que la comunidad migrante es un grupo expuesto a la discriminación tanto del Estado de origen como del receptor, por lo que también solicitaron al INE realizar estudios y diagnósticos para identificar otras herramientas idóneas, a fin de maximizar el derecho al sufragio.

El proyecto aprobado, presentado por la magistrada Janine Otálora establece que la finalidad de la norma es incrementar todas las vías posibles para que los mexicanos que residen en el extranjero puedan ejercer el derecho al voto, de modo que la previsión de solo dos modalidades para tal efecto, postal y electrónica, resulta insuficiente.

Al explicar su voto en contra, el magistrado José Luis Vargas Valdez dijo que la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece la posibilidad, más no la obligación, de que el INE “pueda implementar tres tipo de metodología” para hacer valer el voto de los mexicanos en el extranjero, pues ello no depende únicamente del Instituto Electoral, sino también de otras autoridades.

Al presentar su proyecto de resolución, la magistrada Otálora destacó que, a partir de lo establecido en la Constitución y tratados internacionales, se deben adoptar medidas para hacer realidad los derechos político-electorales en condiciones de igualdad, lo que se cumple garantizando la existencia de mecanismos que materialicen la participación política que por derecho se reconoce a quienes radican en el extranjero, para lo cual es necesario reinterpretar los que ya existen a partir de las nuevas tecnologías disponibles considerando el contexto de la población mexicana residente en el extranjero.

TEPJF avala que INE siga investigación contra Pío López Obrador

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló que el Instituto Nacional Electoral (INE) continúe con la investigación en curso contra Pío López Obrador, hermano del presidente Andrés Manuel, por haber recibido dinero en efectivo en 2015 presuntamente a favor de la campañas electorales de Morena.

Por mayoría de votos, los magistrados de la Sala Superior desecharon el proyecto presentado por José Luis Vargas, quien argumentaba que los delitos denunciados habían prescrito en 2018, pues la ley vigente de 2015 les daba una vigencia de tres años.

La propuesta de Vargas sostenía que aplicar una norma posterior sería violatorio de los principios de certeza y seguridad jurídica porque la ley no es retroactiva, por lo que las denuncias presentadas en el 2020 ni siquiera debieron ser admitidas por el INE. Sin embargo, Vargas se quedó solo en la votación, pues el resto de los magistrados rechazaron la idea de que se impidiera seguir investigando a López Obrador, David León o Morena, y revirtieron el proyecto para que el INE continúe investigando.

El magistrado Felipe Fuentes y su par Janine Otálora coincidieron en que no existen pruebas de que los hechos mostrados en un video, en el que presuntamente Pío recibe dinero en efectivo en bolsas, por parte de David León, entonces asesor del gobierno de Chiapas, únicamente se dieron en 2018, sino que pudieron ser continuas hasta las elecciones presidenciales, lo que únicamente se podrá determinar si las indagatorias concluyen.

Por otra parte, la misma Sala Superior también ratificó la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, durante el informe de los 100 días del tercer año de gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Por unanimidad, los magistrados confirmaron la sentencia de la Sala Regional Especializada, que determinó la infracción en la cual se señaló el uso indebido de recursos públicos. 

La infracción recayó en la secretaría particular de la Presidencia de la República y la Dirección de Área en la Unidad Administrativa de esta secretaría.

(Fuente: Luis Cárdenas MX)

Magistrado Vargas plantea en TEPJF frenar indagatoria contra Pío López

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) tiene previsto analizar hoy, en sesión pública, el recurso de Pío López Obrador, hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador, en contra de la investigación que realiza el Instituto Nacional Electoral (INE) por supuesto financiamiento ilícito al partido Morena en 2015.

Hace casi un año Pío López Obrador presentó un recurso ante el TEPJF en contra de la indagatoria del INE por considerar, entre otros argumentos, que ya prescribió la conducta denunciada, los magistrados votarán el proyecto del magistrado ponente José Luis Vargas.

De acuerdo con fuentes judiciales, el proyecto de sentencia propondría avalar la supuesta perscripción de la conducta denunciada ante el INE por el PAN y el PRD a raíz de conocerse un video en donde se ve al hermano el presidente recibir dinero en efectivo de David León, identificado en ese momento como operador del entonces gobernador de Chiapas, Manuel Velasco, del Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

El proyecto podría ser rechazada por una mayoría para avalar la indagatoria del INE, que formalmente no se ha cancelado, pero que ha encontrado dificultades para avanzar por no recibir la información solicitada a distintas autoridades hacendarlas del país.

El reclamo de Pío es en contra de un oficio de la Unidad de Fiscalización del INE, solicitándole información vinculada al video y el supuesto financiamiento ilegal, alegando, además perscripción del caso.

El hermano el presidente presentó un recurso de apelación a finales de octubre de 2020 y el 25 de noviembre, en una de las primeras sesiones del magistrado José Luis Vargas como presidente del TEPJF, se decidió entrar al fondo del asunto.

En esa sesión por una mayoría de cuatro votos contra tres se rechazó el proyecto del magistrado Indalfer Infante que proponía desechar el recurso por no haber en ese momento actos definitivos de alguna autoridad que afectaran al denunciante.

Los magistrados Vargas, Felipe de la Mata, Felipe Fuentes y Mónica Soto se manifestaron en contra del desechamiento y por entrar al fondo del asunto.

Los magistrados Infante, Reyes Rodríguez y Janine Otálora quedaron en minoría.

TEPJF confirma triunfo de Ramírez Bedolla como gobernador de Michoacán

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Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ratificó el triunfo del candidato de Morena, Alfredo Ramírez Bedolla, en la gubernatura de Michoacán.

El Tribunal Electoral indicó que, si bien se advirtió la intervención del crimen organizado en cuatro municipios, esto es insuficiente para anular la elección, ya que no se trató de una situación generalizada.

Los magistrados avalaron anular 46 mil 953 votos de los municipios de Múgica, Gabriel Zamora, La Huacana y Nuevo Urecho, de los cuales, 37 mil 703 eran para Morena, sin embargo no hubo variación significativa en el resultado final.

Por su parte, el magistrado Indalfer Infante indicó que los partidos que impugnaron los resultados de las elecciones, no presentaron las pruebas necesarias de los hechos.

“Se llega a la conclusión de que si bien existen elementos para identificar un contexto de presencia del crimen organizado en Michoacán no se acredita una situación generalizada alegada por los promoventes, lo anterior es así, porque no basta con manifestar que determinados actos se basan en violencia electoral para determinar de manera automática su alcance generalizado”, señaló.

“Es necesario acreditar los hechos en específico. No todo hecho de riesgo o violencia implica una situación generalizada para anular una elección. Se comprobó solo situaciones focalizadas en cuatro municipios y se propone dejar sin efecto la votación emitida en todas sus secciones”, añadió.

En tanto, el magistrado Felipe Fuentes Barrera precisó que “en la Huacana diversas personas obligaron a los ciudadanos a votar a favor del aspirante de Morena; en Múgica se desalojó a los representantes partidistas menos a los de Morena; en Zamora se tomaron las boletas de casillas y las marcaron a favor del partido guinda y las volvieron a depositar en las urnas; en Nuevo Urecho hubo bloqueos”, por lo que consideró se pueden acreditar “indicios de violencia pero focalizada”.

Es por esto que el magistrado del TEPJF respaldó el proyecto para anular únicamente los resultados de los municipios en los que comprobaron hechos coincidentes con las notas periodísticas.

Asimismo, por mayoría de cinco votos, las y los magistrados avalaron vincular al Instituto Nacional Electoral (INE) para que se tomen medidas precautorias para garantizar las elecciones en zonas conflictivas por presencia del crimen organizado.

“La violencia por grupos criminales al margen de la ley en las elecciones es un elefante blanco en el cuarto de la democracia mexicana y a mi juicio hacerla visible es el primer paso para remediarla”, expresó el magistrado De la Mata, y señaló que voltear para otro lado “no es razonablemente una solución”.

El proyecto del magistrado Infante Gonzáles, también descartó la intervención de sindicatos, coacción, que el candidato de Morena se haya aprovechado de la jornada de vacunación, o que las opiniones del presidente López Obrador fueran determinantes para los resultados de las elecciones en el estado.

(Fuente: Luis Cárdenas MX)

TEPJF plantea validar triunfo de Samuel García

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El magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), José Luis Vargas, plantea en su proyecto confirmar el triunfo de Samuel García en la gubernatura e Nuevo León.

En el proyecto de sentencia, que el mismo magistrado difundió en sus redes sociales, se determina que los señalamientos del presidente Andrés Manuel López Obrador en contra del candidato del PRI-PRD, Adrián de la Garza, no fueron determinantes en el resultado.

“A pesar de que se tiene por acreditada la violación al principio de imparcialidad de la contienda por parte del Titular del Ejecutivo Federal, y uso indebido de recursos públicos. En este caso no existen elementos suficientes que permitan inferir que el margen de 8.8% de diferencia de votación existente entre el candidato ganador de la elección (Samuel García) y el que obtuvo segundo lugar (Adrián de la Garza) haya obedecido al posicionamiento público del Presidente de la República respecto de las acciones de campaña de Adrián de la Garza Santos”, se lee en el proyecto de sentencia.

“Por lo que, procede confirmar, por las razones expuestas en este fallo, la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León y, por ende, el cómputo respectivo, la declaración de validez de la elección a la Gubernatura de Nuevo León. Y la entrega de constancia a Samuel Alejandro García Sepúlveda quien fue el candidato postulado por Movimiento Ciudadano”.

TEPJF ratifica triunfos de Evelyn Salgado en Guerrero y Ricardo Gallardo en SLP

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Este miércoles, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el triunfo de Evelyn Salgado como gobernadora de Guerrero y de Ricardo Gallardo como gobernador de San Luis Potosí.

En el caso de la elección a la gubernatura de Guerrero, el PRI y el PRD habían impugnado los resultados al considerar que la morenista, hija del senador Félix Salgado Macedonio, se vio beneficiada por actores externos, lo cual aseguraban, desequilibró la contienda, e incluso pidieron la nulidad total del proceso.

Sin embargo, la Sala Superior del TEPJF desestimó la inequidad en la contienda ocasionada por el presidente de la República, la entrega de programas sociales, la intervención del delegado federal o que la candidata no cumplía con los requisitos de elegibilidad.

Además, expuso que, si bien el presidente criticó la decisión de cancelar la candidatura de su padre, Félix Salgado, esto no fue determinante en el resultado.

Por otra parte, en el caso de la elección a la gubernatura de San Luis Potosí, los magistrados del Tribunal Electoral determinaron que Ricardo Gallardo, candidato del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) no rebasó el tope de gastos de campaña.

Con respecto a la presunta intervención del presidente López Obrador, los magistrados concluyeron que el primer mandatario no hizo referencia, en sus conferencias de prensa matutinas, ni a la campaña del PVEM en San Luis Potosí, ni al candidato Ricardo Gallardo para beneficiarlo.

Asimismo, ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) abrir una indagatoria para determinar si la intervención de 104 influencers, promoviendo el voto por el PVEM, influenció o no el resultado de la elección para gobernador en San Luis Potosí.