TEPJF suspende sanción contra “El Bronco”

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La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó que el Congreso de Nuevo León postergue la sanción al gobernador Jaime Rodríguez Calderón por el uso de recursos públicos para obtener su candidatura independiente a la presidencia.

En sesión privada, los magistrados resolvieron que la emergencia sanitaria ocasionada por el covid-19 es una causa de fuerza mayor que impide que el legislativo cumpla con la sentencia que emitió la Sala Regional, que estableció como fecha límite el 24 de abril. 

Cabe señalar que el pasado 2 de marzo se ordenó al Congreso de Nuevo León fijar una sanción al gobernador, así como al secretario de Gobierno, Manuel Florentino González, aunque su aplicación tendría que limitarse a este último.

Dado que se trató de un acuerdo general, en sesión privada virtual, el Pleno de la Sala Especializada determinó que el Congreso de Nuevo León deberá informarle cuando reanude actividades, para que se fije un nuevo plazo para el cumplimiento de la sentencia.

 

 

(Con información de Milenio) 

El uso indebido de los recursos públicos, un problema de la región

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Campaña #RecursosTransparentes

Aquello que es considerado como un recurso público no varía demasiado de país en país y, generalmente, es entendido como todo aquel patrimonio que permite al Estado funcionar.

Al tratarse de acervo común, sería esperable que los funcionarios públicos efectuaran rendiciones de cuentas periódicas sobre el uso de dichos recursos y que esta información sea accesible a la ciudadanía.




Sin embargo, esto se da en raras ocasiones llevando a un desconocimiento total de cómo son usados los recursos públicos por los gobernantes.

De la misma manera, la ciudadanía, al encontrarse con poca información y casos recurrentes de corrupción, pierde el interés de involucrarse en la vida democrática. Este panorama es típico de las democracias latinoamericanas donde predomina un debilitamiento de la línea que separa el interés personal o partidario del interés público, tanto entre funcionarios como para la sociedad.

Estas son prácticas que afectan a toda la comunidad, vulneran derechos, debilitan a las instituciones y limitan la vida democrática. Y este debilitamiento se expresa claramente, en la extensión de diversas modalidades de uso indebido de recursos públicos.

Estos modos van, desde un funcionario que se apropia de algún recurso público para enriquecerse a sí mismo o a su partido político, pasando por la utilización de recursos públicos de manera irresponsable, irregular o sin justificación, hasta un funcionario que, si bien dirige el uso de los recursos públicos para la prosecución de fines públicos, en la comunicación de estos actos toma fuertes connotaciones partidistas. Cuando esto sucede se altera la competencia electoral, se violan las leyes, se incurre en hechos de corrupción y se atenta contra la ética pública.

Por esto, afirmamos que el uso del patrimonio del Estado para fines contrarios a los públicos debe ser desnaturalizado, denunciado y sancionado.

Para que esto sea posible, la ciudadanía debe tomar conciencia del problema, involucrarse, exigir la erradicación de estos comportamientos y demandar el funcionamiento íntegro y ético de las instituciones democráticas.

Es por este motivo que desde diversas organizaciones de la sociedad civil latinoamericana se ha decidido lanzar la campaña “Recursos Transparentes”, que tiene por objeto sensibilizar a la ciudadanía para que pueda reconocer y denunciar estos usos indebidos de recursos públicos pero, además, que pueda involucrarse cada día un poco más en el control de las instituciones democráticas. Aquí puede consultarse el video de la campaña.




La presente iniciativa se está llevando a cabo en Argentina, Bolivia, Ecuador y Venezuela a través de Poder Ciudadano, Fundación Construir, Fundación Ciudadanía y Desarrollo y Transparencia Venezuela.

Para leer más sobre la iniciativa “Recursos Transparentes” puede consultarse aquí el documento de posicionamiento.

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– “Todos los puntos de vista son a título personal y no representan la opinión de Altavoz México o sus miembros.”

Cáncer Sindical

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Lo que en el siglo XIX comenzó como un genuino interés de proteger a los obreros que eran explotados en fábricas y obligados a trabajar en condiciones inhumanas, se convirtió en una poderosa estructura de poder que ejerce presión incluso en las decisiones transcendentales del país.

En los años 20, el sindicalismo obtuvo una enorme fuerza y poder social debido a la dupla formada por el gobierno y las organizaciones obreras a propósito de reconstruir el estado mexicano quebrantado en la década de 1910.

Personajes como Luis Morones fueron clave en el fortalecimiento del movimiento sindical, apoyado en gran medida por Álvaro Obregón, Plutarco Elías Calles y otros jefes políticos que encontraron beneficios en el ordenamiento sindical.

“Los líderes actuaban mediatizando las demandas obreras y las decisiones eran tomadas en función de la alianza entre los dirigentes sindicales con los jefes políticos”, cita José Manuel Lastra, en su libro El sindicalismo en México. [1]

Durante todo el siglo XX y en la actualidad, los sindicatos han servido como un arma política y una impresora de votos que difícilmente algún candidato ha rechazado. Y es esta co-dependencia y beneficio mutuo la que ha alimentado su poderío y preservación en perjuicio de la actividad productiva del país.

Tanto la hacienda pública como la iniciativa privada son víctimas del gasto económico que representan los sindicatos. Por ejemplo “entre 2007 y 2015, el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) ha recibido del erario más de 671.8 millones de pesos (mdp) por conceptos de apoyo económico al Comité Ejecutivo; festejos del Desfile del 1 de mayo; festejos de aniversario para la expropiación petrolera y gastos para la revisión del Contrato Colectivo de Trabajo”, escribe Gerardo Villafranco en Forbes México. [2]

La cantidad de recursos públicos que son destinados por concepto de prestaciones laborales al personal sindicalizado representa para los tres niveles de gobierno un importante gasto que impide a las finanzas públicas dirigir ese dinero a inversión o servicios públicos.

 




Para el sector privado, la constante amenaza de que estalle una huelga si no se aceptan las condiciones propuestas por el sindicato en el contrato colectivo de trabajo merma la productividad de las empresas y, por ende, el de nuestro sistema económico.

“La falta de un auténtico liderazgo y representación de las organizaciones obreras no ha respondido a las exigencias de la clase trabajadora, quien ha rebasado en mucho las expectativas de sus líderes, comprometidos, en política, con intereses personales y apetencias de poder y riqueza, no de defensa ni de mejoramiento de la clase que representan”, expone Lastra en el libro anteriormente citado.

En concordancia con la cita anterior, líderes sindicales como Elba Esther Gordillo y Carlos Romero Deschamps, por nombrar algunos, se han enriquecido estrepitosamente producto de la dirigencia del sindicato de maestros y de PEMEX, respectivamente, denotando la incongruencia entre los principios de un sindicato y los resultados reales de liderar uno. El poder político emanado de su cargo les ha permitido influenciar ampliamente en las decisiones transcendentales del país, incluso ejerciendo presión sobre distintos presidentes de la república.

 




Elba Esther Gordillo, quien fungió hasta 2013 como líder del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, fue arrestada por operación con recursos de procedencia ilícita, lavado de dinero y defraudación fiscal; Carlos Romero Deschamps se presume que participó en un desvío de más de $1,500 millones de pesos para la campaña de Francisco Labastida en 2000; Napoleón Gómez Urrutia, líder minero, se exilió en Canadá tras ser denunciado por un desvío de más de $55 millones de dólares del fideicomiso minero.

En la práctica, la representación de los trabajadores es eclipsada por la corrupción de los líderes sindicales, cuyo poder político y económico contraviene los motivos por los cuales los sindicatos fueron creados en un principio.

El sindicalismo en México representa una obstrucción al avance económico y al desarrollo de los trabajadores, quienes bajo el manto protector del sindicato, pueden llegar a ejercer mediocremente sus labores sin poder ser removidos ni sancionados.

Atendiendo a la primacía de la realidad, el líder sindical se enriquece y empodera con el apoyo de sus agremiados, éstos a su vez reciben prestaciones laborales más allá de las merecidas y ejercen un co-poder contra el patrón; donde, finalmente, este último se encuentra en desventaja ante exigencias económicas que sobrepasan la prudencia. Las características del sistema económico actual requieren empleados mejor capacitados y con mayor apertura a las exigencias de un mundo cada vez más competitivo.

[1] https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/anuario-mexicano-historia der/article/view/29632/26755
[2] http://www.forbes.com.mx/el-enorme-costo-de-los-sindicatos-en-mexico/#gs.gEIbLHI

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Dilemas normativos de la reelección

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En 2018 no solamente acudiremos a las urnas para seleccionar a la persona que ocupará la Presidencia de la República. En algunos estados, como en Nuevo León, también saldremos a votar por la posible reelección consecutiva de Diputaciones, Presidencias Municipales, Sindicaturas y Regidurías. No es menor la decisión polítca que en el orden local deberemos de tomar: Ahora más que nunca debemos tener información confiable para refrendar, o no, a ciertas personas en sus cargos públicos electivos.

Sin embargo, para que la institución de la reelección consecutiva opere jurídicamente, como en muchas otras ocasiones, se precisa de la labor de desarrollo normativo del legislador ordinario, en este caso, del Congreso del Estado de Nuevo León.

Aunque puede existir un número importante de situaciones a regular jurídicamente, me parece que las esenciales son las siguientes cuatro:

Primero, si la reelección consecutiva es un derecho de las personas o es un derecho de los partidos políticos. Segundo, si las personas electas en 2015 vía una candidatura independiente pueden ser reelectas y, en su caso, si deben volver a recabar firmas de apoyo ciudadano. Tercero, si la reelección es una excepción para cumplir con la paridad de género en las postulaciones. Y cuarto, ¿qué reglas específicas deberá seguir una persona a reelegirse para no afectar la equidad en la competencia? Si bien cada uno de estos problemas tiene de por si respuestas complejas, ensayo en las siguientes líneas algunas propuestas de solución.

Primer dilema normativo

El primer dilema normativo se deriva de la manera en que se redactaron las normas constitucionales que ahora permiten la reelección consecutiva para ciertos cargos públicos. Por ejemplo, para los Ayuntamientos, la disposición constitucional establece que “la postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partidos político o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que lo hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato” (art. 115, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, CPEUM).

 




 

Sin embargo, cualquier intento de las élites partidistas de interpretar estas palabras en el sentido de que la titularidad de este derecho recae en los partidos se desvanece frente al reconocimiento claro del derecho humano a ser votado para todos los cargos de elección popular en la propia Constitución (art. 35, fracción II CPEUM), y en el artículo 23.1.b) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH). Es decir, los titulares del derecho a ser reelecto, como faceta inobjetable del derecho a ser votado, son las personas, no los partidos políticos.

Segundo dilema normativo

Esta propuesta de respuesta al primero de los dilemas, en cierta forma, nos ayuda a responder que una persona electa por la vía de candidaturas independientes, también tiene reconocido el derecho a ser reelecta de forma consecutiva, porque de lo contrario se haría una distinción injustificada entre personas electas a propuesta de los partidos políticos y personas electas por la vía independiente.

Y, además, porque las candidaturas independientes, una vez reconocidas constitucionalmente, son un mecanismo más de refortalecimiento de los derechos políticos y de la democracia, tal como sostuvo la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Caso Castañeda Gutman vs Estados Unidos Mexicanos, párrafo 204).

 




Sin embargo, ello implica que los gobernantes electos a través de candidaturas independientes deben recabar de nuevo firmas de apoyo ciudadano, porque ese es su vehículo normativo para la postulación, tal como las personas propuestas por partidos políticos deben cumplir con los estatutos para ser postulados por sus partidos (incluso participar en contiendas internas).

Tercer dilema normativo

La posibilidad de ser reelecto no debe ser una excepción al cumplimiento de la paridad de género en las postulaciones. Esto en razón de que el principio de paridad en la postulación reconoce una necesidad de igualación material entre mujeres y hombres.

Asumir una posición distinta podría reeditar problemas de incumplimiento de la paridad en razón de la faceta mayoritaria de la democracia, desatendiendo la cara de la garantía de derechos de igualdad substancial y no meramente formal.

Cuarto dilema normativo

Por último, si uno de los pilares de nuestro sistema electoral es la equidad en la competencia, las reglas que se delimiten por el legislador local deben buscar inhibir conductas de utilización de recursos públicos a favor de las personas postuladas para ser reelectas.

 




En otras palabras, a diferencia del sistema norteamericano en donde el Presidente Obama pudo trasladarse en el Air Force One para su campaña de reelección, en México, en Nuevo León, deben crearse reglas específicas para mantener un piso igual para todas las personas contendientes.

En resumen, la reelección es un derecho de las personas y no de los partidos políticos. Las personas electas en 2015 a través de candidaturas independientes sí pueden ser reelectas, aunque deben recabar de nuevo firmas de apoyo ciudadano. La postulación para ser reelecto no debe ser una excepción al cumplimiento de la paridad de género.

Y, por último, Las personas que sean postuladas para ser reelectas deben cumplir reglas claras y estrictas para no desequilibrar la equidad en la competencia.

Por si esto no fuera suficiente, además, todo debe quedar legislado en el primer semestre de 2017. Una tarea por demás compleja tiene el Congreso del Estado.

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