Buscará Miguel Treviño la alcaldía de San Pedro por la vía independiente

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El empresario y activista social Miguel Treviño de Hoyos presento este miércoles carta de intención y documentos para buscar la candidatura independiente a la alcaldía del municipio de San Pedro en los comicios del 2018.

Acompañado de su familia y equipo legal, Treviño de Hoyos resalto en entrevista que la idea es reunir los requisitos para posteriormente tener el aval de iniciar con las firmas de apoyo y después  consolidar la candidatura independiente.

Explico que las prioridades del municipio son tres: recuperar el orden urbano, recuperar la seguridad y ejercer una buena administración publica.

“Después de 30 años de ser gobernados por un partido, los sampetrinos ven la necesidad de recuperar el orden urbano, recuperar condiciones de seguridad y recuperar un orden en la administración pública”, dijo en Oficialía de la CEE.

El ex panista descartó que haber participado en la administración de Jaime Rodríguez Calderón y su figura como independiente puedan afectar su aspiración. Por el contrario aseguró que tiene las cualidades y reputación necesaria.

Treviño de Hoyos es el primer ciudadano que interpone su aviso de intención ante la CEE para contender por una alcaldía metropolitana, ya que la semana pasada había acudido otro ciudadano pero para contender por la alcaldía de Allende.

CEE asegura no tener recursos para elección extraordinaria

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Aunque la decisión de una elección extraordinaria de gobernador en Nuevo León la tiene el Congreso, la Comisión Estatal Electoral advirtió que no está presupuestada una contienda.

El presidente del órgano electoral en la entidad, Mario Alberto Garza declaró esto, luego de que el presidente del Instituto Nacional Electoral, Lorenzo Córdova dejara abierta la posibilidad.

Todo depende de qué tipo de permiso pida Jaime Rodríguez Calderón para ir a contender por la presidencia: una licencia por el período máximo de seis meses o una renuncia definitiva y lo que decidan los legisladores.

Serán ellos quienes deberán hacer el análisis e interpretar la ley respecto a los tiempos y posibilidades de un encargado de despacho o gobernador interino ya que Rodríguez Calderón se estaría separando antes de los tres años de administración.

“Ahorita yo les puedo decir, en Nuevo León no tenemos presupuestada una elección para gobernador, si fuera un hecho manifiesto lo hubiéramos solicitado al Congreso ese presupuesto, existe la posibilidad latente, pero depende qué modalidad lo solicite y como lo decida el Congreso, hay que decirlo es una situación inédita”, dijo.

El presidente de la CEE reconoció que esta novedad no deja en claro el procedimiento a seguir, por lo que habrá que esperar a que se de la comunicación interinstitucional. Respecto a la falta de presupuesto dijo que probablemente se soliciten extensiones durante el año.

Se le olvida a la CEE la contingencia, pide 30% más dinero que en el 2015

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Tal parece que a la Comisión Estatal Electoral (CEE) se le olvido la situación de contingencia nacional que vive el país, pues el máximo órgano electoral del estado de Nuevo León, pidió para los comicios del 2018, mil 044 millones de pesos, monto que supera por 30% lo solicitado en los comicios para la gubernatura del 2015.

La justificación para solicitar tal cantidad de dinero, según el Presidente de la CEE Mario Alberto Garza, es que sin ese dinero, el órgano electoral no puede garantizar elecciones transparentes.

En el 2015 la CEE ejerció 804 millones de pesos, pero para el 2018 solicita 240 millones de pesos más, esto a pesar de que para ese año electoral a nivel local solamente se votara por Alcaldías y Diputaciones locales, y no por Gobernador como en el 2015.

Los diputados locales pidieron a la CEE prudencia, puesto que hay una demanda social para que se recorten los gastos electorales con el fin de apoyar a los damnificados de los sismos del 7 y 19 de septiembre.

Por si parte, el Tesorero del estado, Carlos Garza, dijo que se analizará profundamente la solicitud del órgano electoral, pero si dijo que era necesario que la CEE aterrizara su propuesta.

Aplicará CEE Ley Electoral anterior.

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La Comisión Estatal Electoral (CEE) desconoció la ley propuesta por la mayoría de PRI y PAN y aprobada en el Congreso de Nuevo León, y determinó que fuera la anterior, aún vigente, la que se empleará para el proceso del 2018 cuando serán elegidos alcaldes y diputados locales.

De esta forma, el árbitro de los comicios hizo que prevaleciera la decisión del gobernador Jaime Rodríguez Calderón, que se manifestó contra las modificaciones que habían propuesto los partidos, con articulados que incluían, entre otras enmiendas, un cambio de diputados de representación proporcional para pasar a la lista de plurinominales.

La ley propuesta por las mayorías dejaba sin representación proporcional a las candidaturas independientes en el congreso y demandaba equidad de género en las elecciones municipales, pero únicamente en la conformación de las planillas y no de los candidatos a alcalde de todos los ayuntamientos.

 

En un comunicado difundido este martes, la CEE dio a conocer que, por mayoría, el pleno aprobó establecer el 6 de octubre del 2017, como la fecha en que iniciará el proceso electoral, con la celebración de la primera sesión del Consejo General del organismo, para organizar los comicios del año entrante.

El gobierno de Nuevo León señaló entonces, que la propuesta del PRI y el PAN quedaba sin efecto, pues la ex temporaneidad de la publicación desechaba su vigencia, aunque los partidos promoventes afirmaron que en la misma ley incluyeron dos artículos transitorios en los que se establecía que entraba en vigor a partir de su aprobación en el pleno y no cuando fueran impresas en el diario de gobierno.

Sin embargo, hoy la Comisión Estatal informó que efectuó un análisis para determinar la legislación electoral aplicable y encontró que se usará la publicada en fecha del 8 de julio del 2014, válida para los comicios del 2015 y también para los del 2018.

“La CEE concluyó que la norma aplicable para dicho asunto es la establecida en los artículos 91 y 92 de la Ley Electoral para el Estado, que señala que dicha sesión deberá tener verificativo ‘en la primera semana del mes de octubre del año anterior al de las elecciones ordinarias’. El proyecto de acuerdo de la CEE fue aprobado por mayoría, con el anexo de tres votos razonados”, sentenció el órgano electoral.

“Maderito” viola Ley con proselitismo en calles regiomontana

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Adalberto Madero, ex alcalde de Monterrey del 2006 al 2009 ha intensificado su publicidad y difusión de imagen a través de redes sociales y panorámicos en lo que va del año, esto a pesar que la ley prohíbe el proselitismo adelantado, esto a cara de las elecciones del 2018.

A sus anuncios en televisión y redes sociales, el ex alcalde de Monterrey suma un panorámico en avenida Gonzalitos y otros puntos con afluencia de tránsito en la zona metropolitana de Nuevo León.

De color azul y blanco, característicos del PAN, partido al que pertenece Madero, en el promocional se lee la leyenda “Soy como soy y trabajo por ti”. Lo anterior en referencia a los supuestos logros de Madero Quiroga, al otorgar becas escolares.

Cabe resaltar que “Maderitohabía sido expulsado del partido en 2011 del Partido Acción Nacional, después de más de un año y medio donde la Comisión de Orden del Consejo Nacional examinó su caso, sin embargo el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó su reinstalación ese mismo año.

La Comisión Estatal Electoral es a quien le corresponde sancionar a los que caigan en actos anticipados de campaña, en caso de resultar como un acto anticipado de campaña, la CEE podría determinar que Madero queda imposibilitado para buscar un cargo público en la próxima contienda electoral.

CEE y Ley de Participación Ciudadana

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El 13 de mayo de 2016 será recordado como un día fundamental en la historia de la participación ciudadana en el estado: Después de más de 10 años de gestiones de organizaciones ciudadanas, y a casi 4 años de la reforma constitucional en la cual se reconoció el derecho de participación a través de consultas populares, en Nuevo León se publicó la Ley de Participación Ciudadana.

Más aún, debe permanecer en nuestra memoria esta fecha tomando en cuenta que para septiembre de 2014, Nuevo León era uno de los tres estados que aún no contaba con una legislación de participación ciudadana (http://www.nexos.com.mx/?p=22324). Festejemos, además, que la legislación no solamente reconoce como instrumento de participación ciudadana a las consultas populares (plebiscito o referéndum), sino que da un paso más e incorpora la revocación de mandato.

Después de más de 10 años de gestiones de organizaciones ciudadanas, y a casi 4 años de la reforma constitucional en la cual se reconoció el derecho de participación a través de consultas populares, en Nuevo León se publicó la Ley de Participación Ciudadana.

Por ahora no me centraré en las bondades o en los laberintos técnico jurídicos de estas dos figuras. Me ocuparé, más bien, del impacto que la expedición de la Ley de Participación Ciudadana tendrá en la Comisión Estatal Electoral. Un primer apunte es respecto de la denominación del organismo. El nombre de Comisión Estatal Electoral de Nuevo León (CEE) es anterior aún a la reforma electoral fundacional de 1996, esto es, pertenece a una época en que las elecciones no arrojaban resultados confiables, y en la cual el término mismo de participación ciudadana se antojaba inviable en el estado.

Adicionalmente, puede afirmarse que prácticamente no hay un solo Organismo Público Local Electoral en el país en cuya denominación aparezca la palabra “Comisión”; toda proporción guardada, esto sería equiparable a que actualmente el Instituto Nacional Electoral (INE), aún se llamara Comisión Federal de Vigilancia Electoral.

El cambio en la denominación de la CEE se deriva obligadamente de sus nuevas facultades. Ahora no solo organiza elecciones en cooperación con el INE; también es ya el responsable de la “organización, desarrollo y cómputo (…), del referéndum o plebiscito; garantizará la equitativa e imparcial difusión de las opciones que se presenten a la ciudadanía. Asimismo, declarará los efectos del referéndum o plebiscito de conformidad con lo señalado en la convocatoria y la Ley” (art. 34). En el mismo sentido, la CEE “llevará a cabo la consulta popular para la revocación de mandato y posterior a ello, emitirá la declaración de validez de la consulta de revocación de mandato, para lo cual emitirá el resultado y los efectos de la misma” (art. 68).

En suma, el nombre de la CEE debe cambiar. Debe aprovecharse que conforme al Artículo Primero Transitorio del decreto de reforma aún hay tiempo para proponer esta modificación en la Ley Electoral. En segundo lugar, en donde el impacto de la Ley debería tener mayor impacto es, justamente, en la dimensión de fomento y de garatía de la participación ciudadana en la entidad. Un par de ejemplos.

En suma, el nombre de la CEE debe cambiar. Debe aprovecharse que conforme al Artículo Primero Transitorio del decreto de reforma aún hay tiempo para proponer esta modificación en la Ley Electoral.

Según el numeral 22 de la Ley, la jornada de consulta popular deberá realizarse “preferentemente” en la misma fecha que la jornada electoral correspondiente. Parece ser que el legislador da una directriz a fin de que “se prefiera” que las jornadas electoral y de consulta popular sean cada tres años en el mismo día, sin embargo, probablemente esto dependerá de la fecha de la solicitud y de la trascendencia del tema, obra o instrumento normativo consultado. En todo caso, disposiciones como la anterior decantarán las decisiones de política pública que en el tema de la participación ciudadana deberá tomar la CEE.

Un ejemplo más, ¿no debería el organismo electoral consultar a las ciudadanas y ciudadanos de Nuevo León los nuevos reglamentos que expide? Piénsese por ejemplo en la siguiente norma: “El Presidente de la Comisión Estatal Electoral instruirá se verifiquen las firmas de conformidad con el reglamento correspondiente y certificará la documentación adjunta” (art. 27). ¿Podría la institución encargada de organizar las consultas populares no consultar a su vez, bien que sea por mecanismos electrónicos, las normas que reglamentan una parte de la participación ciudadana?

En síntesis, la Ley de Participación Ciudadana obliga, por una parte, a renombrar a la CEE y, por la otra, compromete a la Institución a fomentar y garantizar la participación ciudadana.

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