Las Mañaneras y la equidad en la competencia electoral

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Es realmente incomprensible que el Presidente López Obrador no respete las reglas constitucionales destinadas a proteger la equidad en la competencia electoral. Sobre todo, porque dichas normas fueron incluidas en nuestra constitución justamente para impedir que servidoras y servidores públicos influyeran en la equidad de la competencia entre los partidos políticos. Pero lo que sí limita con lo cínico es que las conductas ahora prohibidas tuvieron como víctima al mismo AMLO durante su primera campaña presidencial del 2006. 

Aunque ahora parece ya muy lejano, fueron las campañas negativas y la intervención mediática del presidente Fox lo que llevó, primero, a que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenara al Consejo General del entonces llamado IFE instrumentar un procedimiento especial, abreviado, para que se pudieran depurar las conductas que estaban afectando la libertad del sufragio del electorado mexicano; y, además, a que la Sala Superior del TEPJF, en su dictamen de validez de la elección de 2006, concluyera que las intervenciones del presidente pusieron en riesgo la validez de la autenticidad de toda la elección.

Las campañas de dos mil seis pusieron en evidencia varios problemas que nuestra joven democracia electoral cargaba en su equipaje: 1) El acceso a radio y televisión basado en quién contaba con mayores recursos directos, por medio de financiamiento público o privado, o indirectos, en razón de las campañas veladas o expresas de sujetos privados a favor o en contra de los contendientes. 2) La intervención que los gobernantes podían realizar en la autenticidad de las campañas por medio de mensajes disfrazados de propaganda gubernamental. 3) La clara promoción personalizada que realizaban las y los servidores públicos por medio de la propaganda difundida bajo cualquier modalidad de comunicación social con la consecuente afectación a la equidad en la elección.

La reforma constitucional en materia electoral del 13 de noviembre del 2007 incorporó al texto fundamental algunas normas que me interesa resaltar: i) La obligación de todos los poderes y órganos de suspender la difusión de toda propaganda gubernamental durante las campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada (art. 41, fracción III, Apartado C). ii) La obligación de todos los servidores públicos de aplicar en todo tiempo de forma imparcial los recursos públicos y sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos (art. 134, párrafo 7º). iii) La obligación de que la propaganda gubernamental, en todo tiempo, sea institucional, informativa, educativa o de orientación social y, además, la prohibición de que dicha propaganda incluya signos o imágenes que impliquen promoción personalizada de las y los servidores públicos (art. 134., párrafo 8º).

Estas reglas de rango constitucional fueron incorporadas justamente después de la poco limpia campaña electoral presidencial de dos mil seis y, como puede evidenciarse, buscaron alcanzar uno de los fines que están presentes en todo el entramado electoral nacional: la equidad en la competencia. Más claro aún, estas reglas se crearon como una consecuencia de las campañas negativas en contra de AMLO en ese año. Ahora, quince años después, parece ser que es el mismo presidente quien desea desconocer el alcance de estas normas por medio de sus mensajes de corte electoral en las Mañaneras.

Nadie podría desconocer que las y los servidores públicos gozan de derechos y libertades como la expresión política, y que, desde luego, las personas tenemos derecho a saber lo que nuestros gobiernos están realizando. Estas premisas justifican las novedosas Mañaneras, sin embargo, una mínima cultura constitucional debería concluir que las conferencias de prensa matutinas del Presidente también están sometidas a las reglas que describí. Y tampoco podemos negar que si el titular del Ejecutivo incumple con estas reglas constitucionales se afectará la equidad en la competencia entre los partidos durante las campañas electorales que están por iniciar.

En este mismo sentido, las Mañaneras deben ser tomadas como propaganda gubernamental, porque indudablemente son un instrumento de comunicación desde el poder. Recordemos, como afirma Castells (2012), que “en nuestro contexto histórico, la política es fundamentalmente una política mediática” y que “las relaciones de poder se basan en gran medida en la capacidad para modelar las mentes construyendo significados a través de la creación de imágenes”. Más allá de la libertad de expresión del Presidente y del derecho a estar informadas de las personas, ¿no es esto lo que construye todos los días AMLO en las Mañaneras? ¿No es esto lo que pretende construir al referirse en las Mañaneras a partidos políticos y coaliciones?

Justo con motivo de estas expresiones el Consejo General del INE, por orden de la Sala Superior del TEPJF, tuvo que conocer en pleno una solicitud de medida cautelar en contra del Presidente por las referencias electorales que hiciera en una Mañanera de diciembre pasado. Para tutelar la equidad en la competencia, el INE ha ordenado a AMLO que “en el mecanismo de comunicación gubernamental se abstenga de realizar conductas que involucren manifestaciones cuyo contenido pueden ser de naturaleza electoral, en apego a lo dispuesto por el párrafo séptimo del artículo 134 de la Constitución”. Esta determinación preventiva de carácter inhibitorio, como era de esperarse, fue impugnada por el partido del Presidente y por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.

Paradojas de la vida: Quince años después de aquella campaña de 2006 López Obrador es quien ahora ejerce el poder. El Presidente es ahora quien construye su política por medio de las Mañaneras. Ahora, el presidente pasó de ser una víctima del poder mediático a un actor que debe ceñirse a las reglas que prohiben abusar del poder para beneficio propio o del partido en el gobierno. Aunque algunos pensemos que deberíamos privilegiar la libre circulación de las ideas y las opiniones, no podemos desconocer el alcance de las normas constitucionales. Sólo esperemos que el Tribunal Electoral logre otorgar más peso a la equidad en la contienda que al inmenso poder mediático del Presidente de la República.

“Es injusto” dice Calderón de proyecto que no le da el registro a México Libre

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El expresidente Felipe Calderón Hinojosa calificó esta mañana, a través de su cuenta personal de Twitter, de injusto el proyecto del Magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que pide no entregar el registro a México Libre por trampas y falta de transparencia.

El también exmilitante del Partido Acción Nacional (PAN) consideró que el proyecto para negar el registro a la organización México Libre anularía “112 asambleas válidamente celebradas” sin fundamento, sin derecho de audiencia ni debido proceso.

 

Por su parte, José Luis Vargas Valdez, Magistrado de la Sala Superior del TEPJF, reveló ayer la propuesta que sometió al pleno para confirmar la negativa del Instituto Nacional Electoral (INE) para otorgarle el registro como partido a México Libre, que encabezan Margarita Zavala Gómez del Campo y Felipe Calderón Hinojosa.

En un hilo de nueve tuits publicado en la cuenta del Magistrado Vargas Valdez dijo que confirma la negativa de dar el registro como partido a la organización Libertad y Responsabilidad Democrática AC debido a que en materia de fiscalización, “la organización solicitante no acreditó el origen de las aportaciones en dinero que recibió de supuestos simpatizantes. Estimo que el derecho de asociación de sus afiliados se vio afectado por las irregularidades sistemáticas cometidas por la misma organización, que no fueron subsanadas ante el INE durante el proceso de revisión de sus ingresos y egresos para la obtención de su registro“.

En cuanto a la negativa del registro como partido al movimiento de Calderón Hinojosa y Zavala Gómez del Campo, el Magistrado planteó que no comparte las consideraciones en las que el INE se basó, pero consideró que la infracción en materia de fiscalización “implicó la vulneración a los principios constitucionales de transparencia, rendición de cuentas, certeza y pulcritud, que repercuten de forma determinante en la concesión del registro“.

Además, indicó, “con ello, y por ser mi plena convicción, el proyecto propone que el interés público prevalezca para garantizar que quien accede al financiamiento público de los partidos políticos cumple cabalmente con los principios constitucionales de certeza, transparencia, rendición de cuentas y máxima publicidad“.

Después de que se diera a conocer el proyecto, la primera en reaccionar fue Margarita Zavala, quien escribió en su cuenta de Twitter el siguiente mensaje: “Pedimos al resto de los magistrados y magistradas que tomen en cuenta los argumentos de nuestros agravios, tenemos la razón y el derecho. En justicia, México Libre merece el registro“.

Con información de Sin Embargo

Ratifica TEPJF que hubo promoción personalizada de AMLO en cartas de apoyo del IMSS

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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que hubo una promoción personalizada del Presidente Andrés Manuel López Obrador en las cartas de entrega de apoyos a microempresas familiares que hizo el IMSS, tal y como resolvió el INE la semana pasada.

La denuncia fue interpuesta por el PAN, PRI y PRD ante el INE, el cual ordenó la suspensión de las dos versiones de carta presentadas por el IMSS pues tenían la firma del Mandatario y hacían alusión a que era él quien estaba detrás del apoyo.

En su lugar ordenó la Comisión, las cartas y documentos de este programa deben ser sustituidos por “comunicaciones que se ajusten al marco constitucional”.

El asunto llegó al Tribunal Electoral, luego de que el IMSS acusara que el INE hizo una “indebida valoración de pruebas” y que se extralimitó en sus funciones para conocer e imponer las medidas cautelares.

En la sesión virtual que realizaron este miércoles los ministros de la Sala Superior del TEPJF, se confirmaron las medidas cautelares impuestas al IMSS, por lo que este deberá suspender la difusión de los documentos con “promoción personalizada” entregados a los beneficiarios.

“Luego de hacer un análisis exhaustivo del caso, las y los magistrados de la Sala Superior desestimaron los señalamientos del IMSS y ratificaron la decisión de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE al emitir las medidas cautelares”, concluyó el Tribunal.

(Fuente: El Mañanero Diario)