La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este miércoles que, para ser sancionado, Jaime Rodríguez Calderón puede ser sometido a juicio político federal por usar recursos públicos para impulsar su candidatura independiente a la Presidencia en el 2018, esto dos años después de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Congreso local de Nuevo León sancionar a “el Bronco” por el caso de las “broncofirmas”.
La vía planteada por la SCJN que podría llegar a una eventual destitución o inhabilitación llevará mesas o años de proceso y acuerdos legislativos en el Congreso federal, mientras que el mandatario deja su puesto en octubre del próximo año.
Por tres votos contra dos, la Primera Sala de la Corte invalidado el procedimiento creador por el Congreso local para cumplir la orden de sancionar a “el Bronco”, dictada por el TEPJF.
Además, la Corte determinó que la sanción debe ser la prevista en el sistema de responsabilidades políticas de la Constitución federal y la debe atender el Congreso federal.
“De conformidad con el Título Cuarto de la Constitución Federal, el tipo de juicio de responsabilidad y sanción que debe ser aplicable en el presente caso es el juicio político, a nivel federal. El procedimiento de responsabilidades en contra del Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León debió de haber comenzado por la acusación respectiva de la Cámara de Diputados y, posteriormente, por la resolución declarativa de la Cámara de Senadores. Ausentes estos elementos, el Congreso local no estaba en condiciones para emitir el Acuerdo que contiene las reglas procesales para sancionar al Titular del Poder Ejecutivo del Estado”, se lee en la sentencia.
Los ministros determinaron que el caso es federal, debido a que Rodríguez incurrió en irregularidades cuando aspiraba a una candidatura federal. Además, se descartó que sean aplicables responsabilidades administrativas o penales.
De acuerdo con el Artículo 110 de la Constitución federal, los gobernadores pueden ser sometidos a juicio político por violaciones graves, y en el caso de “el Bronco”, así fue determinado en la sentencia inapelable del TEPJF.
El proceso es el siguiente, el juicio político inicia en la Cámara de Diputados como “instructora del proceso, mientras que el Senado es el jurado que determina la existencia de la responsabilidad política, y para aprobarse se requiere dos terceras partes de los votos.
En el caso de Gobernadores, el Senado sólo hace una declaración que se notifica al Congreso estatal, para que éste determine la sanción, que solo puede ser destitución o inhabilitación.
Cabe mencionar que el último juicio político que se realizó en México fue hace 94 años contra un Gobernador de Jalisco. Adicionalmente, entre el 2003 y el 2017 el Congreso federal acumuló 356 denuncias de juicio político y ninguno avanzó.
(Con información de Grupo Reforma)