Sala de la Corte declara inconstitucional prohibir siembra de cannabis con fines industriales

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la prohibición legal para la siembra, cultivo y cosecha de cannabis con fines industriales.

Por unanimidad, detalla Reforma, la Primera Sala de la Corte amparó a la empresa Desart MX contra artículos de la Ley General de Salud (LGS) y del Código Penal Federal, que desde 2017 solo permiten el cultivo de cannabis para fines médicos o científicos, por violar el derecho humano de libertad de trabajo y comercio.

El amparo, en sesión remota por videoconferencia, fue concedido para el siguiente efecto.

El THC es la sustancia psicotrópica de la cannabis, pero en concentraciones menores a uno por ciento, la planta tiene usos industriales y se puede aprovechar para cosméticos, fibras para ropa, celulosa, materia prima para construcción y sustitutos del plástico, entre otros.

El permiso no será inmediato, pues un tribunal colegiado de circuito aún tendría que revisar otros puntos de la negativa de permiso a la solicitud de Desart MX, emitida en diciembre de 2018 por la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).

(Fuente: Luis Cárdenas MX)

Concubinas podrán cobrar pensión a casados

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La Suprema Corte de Justicia resolvió hoy que una sola persona puede ser reconocida legalmente, al mismo tiempo, como integrante de un matrimonio y de un concubinato.

Por lo tanto, las concubinas pueden demandar pensión alimenticia a los hombres con los que han tenido una relación de pareja, incluso si están casados, estableció el máximo tribunal.

En una sentencia que prácticamente redefine al concubinato, la Primera Sala de la Corte amparó hoy a una mujer de Morelos que, en 2015, demando pensión al hombre casado con el que mantuvo una relación durante doce años.

Por tres votos contra dos, la Sala declaró inconstitucional el artículo 65 del Código Civil de Morelos, que al igual que la mayoría de los códigos del País, establece la siguiente definición de concubinato:

Es la unión de hecho de un hombre y una mujer, ambos libres de matrimonio y sin impedimento para contraerlo, que viven de forma constante y permanente, generando derechos y obligaciones al procrear hijos o manteniendo la convivencia“.

La porción declarada inconstitucional es “ambos libres de matrimonio y sin impedimento para contraerlo“, que existe en códigos como los del Estado de México y Nuevo León, mientras que en el de la Ciudad de México la restricción es la de no tener impedimento para casarse.

La mayoría de los ministros resolvió que excluir del concubinato a personas casadas es discriminatorio, en particular de las mujeres, por la tolerancia cultural a que los hombres mantengan una casa con su esposa y otra con su concubina.

La Corte también consideró que esta restricción deja en total desprotección a las familias procreadas por hombres casados con sus concubinas, aunque en el caso de Morelos, la demandante de la pensión no tuvo hijos y su ex pareja alegó que no necesita el dinero porque cuenta con empleo, tema que deberá resolver el tribunal local.

Los Ministros Norma Piña y Juan Luis González Alcántara votaron a favor del proyecto de su colega Alfredo Gutiérrez, mientras que Jorge Pardo y Margarita Ríos-Farjat lo hicieron en contra.

 

 

(Con información de Reforma)

Piden al congreso emitir una Ley que regule la publicidad Federal y Estatal

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Monterrey (15 de noviembre 2017).- Organizaciones civiles en conjunto con académicas pidieron a los ministros de la Corte, un amparo para exigirle al Congreso que emita una ley reglamentaria para regular el gasto de comunicación social de los Gobiernos federal y estatal, que se tiene pendiente desde hace tres años atrás.

Las organizaciones como Fundar y Articulo 19, tiempo antes de haber sido discutido en la Primera Sala de la Corte, observaron que la falta de normatividad favorece el gasto discrecional y el control de los medios de comunicación por parte de los gobiernos.

Usando el #MiLanaNoEsMordanza, señalaron en redes que la reforma electoral del 2014 estableció obligatoriamente reglamentar el articulo 134 constitucional antes del 30 de abril de 2017.

Precisaron que el Presidente, Enrique Peña Nieto, en el 2012 se comprometió a crear una instancia ciudadana, autónoma, para que supervise la contratación de medios de comunicación con fines publicitarios en todos los niveles de gobierno, cosa que tampoco ha cumplido.

“En los últimos 10 años la publicidad oficial ha sido una forma de censurar indirecta para castigar a los medios críticos. Sin medios de comunicación independientes no hay democracia real. Hoy la Suprema Corte de la Justicia puede cambiar las cosas. #MiLanaNoEsMordanza”, publicaron en sus redes.

Mediante una pagina wb creada por los activistas con a liga publicidadoficial.com.com, han dado a conocer informes sobre los recursos erogados por los Gobiernos estatales y federal en contratos de comunicación social.

“(La ausencia de la ley) da pie a que existan relaciones financieras opacas y discreciones entre gobiernos y medios en el País, así como censura sutil y el desarrollo potencial de redes de corrupción. Para cambiar esta situación, se necesita avanzar en establecer reglas claras sobre gatos en publicidad oficial”, se lee en la editorial.

“Se avecinan tiempos electorales, y con esto, la tentación de realizar considerables aumentos en publicidad oficial pese al contexto de crisis de las finanzas publicas, por lo que es imprescindible que los gobiernos se comprometan a no utilizar estos recursos con fines electorales en lugar de ser destinados a la garantia del derecho a la información y la libertad de expresión”, agregaron.