En el Estado Mexicano, tal y como lo establece el artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 3, fracción XXV de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, se reputan servidores públicos a los representantes de elección popular, a los miembros del Poder Judicial, funcionarios, empleados y, en general, toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso o en la Administración Pública (local o federal).
Ciertamente, el servicio público es un privilegio, el cual no debe ser entendido como una posición social de mando para determinado individuo, sino por el contrario, debe conceptualizarse como la oportunidad de ser parte de una estructura para el servicio comunitario.
Esto, pues el fin fundamental de cualquier Estado, no puede ser otro más que el bien común de su población.
Ahora bien, para cumplir con su finalidad, el Estado necesariamente debe allegarse de recursos, a través de impuestos, derechos, contribuciones de mejoras, aportaciones de seguridad social, etc. que le permitan sufragar el gasto público, conforme lo disponga su presupuesto de egresos.
Precisando, que el gasto público debe realizarse atendiendo a los principios del artículo 134 Constitucional y definiciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a saber:
– Eficiencia: alcanzar los fines propuestos con el uso más racional de los medios existentes.
– Eficacia: obtener el resultado práctico deseado.
– Economía: se relaciona con la administración recta y prudente de los bienes, a efecto de lograr las mejores condiciones de contratación.
– Transparencia: consiste en hacer del conocimiento público el ejercicio del gasto.
– Imparcialidad: el funcionario debe mantenerse ajeno a los intereses de las personas que participan en los procedimientos licitatorios.
– Honradez: implica la rectitud de ánimo e integridad en el obrar.
Para lograr lo anterior, resulta imperativo que los mexicanos contemos con servidores públicos de primer nivel, honestos, capacitados, con vocación de servicio, sometidos a la legalidad y conscientes del alcance de sus decisiones en relación con el correcto ejercicio del poder público.
Esto, pues solamente a través de una correcta administración de recursos y gasto, el Estado puede cumplir con sus objetivos.
De esta forma, es que los partidos políticos juegan un papel fundamental en el correcto ejercicio de la Administración Pública, pues únicamente impulsando candidatos pertinentes es que los mexicanos podremos aspirar a tener servidores públicos de primer nivel y en consecuencia alcanzar el utópico bien común.
No obstante, la realidad es que hoy los partidos políticos buscan candidatos “populares” que produzcan votos, lo cual a su vez se traduce en mayor presupuesto para el siguiente ejercicio, anteponiendo intereses económicos prácticamente al bienestar de la población.
Afirmo lo anterior, pues nos han llenado de candidatos/funcionarios nescientes, sibaritas y nefelibatas, a saber, Irma Serrano ex diputada y senadora, Carmen Salinas ex diputada, Manuel Negrete alcalde, Ana Guevara senadora, Sergio Mayer diputado, Xicoténcatl González alcalde, Hilario Ramírez “Layin” ex alcalde, etc.
Los cuales, son más conocidos por sus dislates y trascordarse que por conducirse con la probidad inherente al cargo que ostentan o han ostentado.
Por lo anterior, considero imprescindible que los partidos políticos entiendan la trascendencia de sus decisiones al elegir candidatos y la importancia de que estos últimos tengan capacidad de materializar un correcto ejercicio de la administración pública.
Finalmente, a nosotros como ciudadanos nos corresponde ejercer de manera responsable el derecho y obligación del voto, pues solo así tendremos posibilidad de alcanzar la anhelada idea del bien común.