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Fraude a la Constitución

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Como es público, el 11 de mayo del presente, a través de sesión remota el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la acción de inconstitucionalidad 112/2019, en la cual mediante sentencia se determinó declarar la invalidez del Decreto No. 351 publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California que extendía el periodo de Jaime Bonilla como Gobernador electo de 2 a 5 años.

La referida sentencia, desde su emisión y en lo sucesivo será de absoluta relevancia para la vida pública de nuestro País.

Esto, no precisamente por haber invalidado la ampliación del mandato intentado, sino porque la SCJN por segunda ocasión para resolver un asunto utilizó el concepto de “fraude a la Constitución”; siendo la primera vez que se utilizó cuando la SCJN analizó la Ley de Seguridad Interior.

Concepto, que parafraseando las palabras del Ministro Arturo Zaldívar (en la sesión y en su columna publicada en Milenio) implica que “una autoridad en simulación de actuar en uso de sus competencias pretenda vulnerar la esencia o un mandato constitucional”.

Así, el “fraude a la Constitución” deja de ser un concepto retórico y se consolida como un verdadero principio de teoría del derecho para invalidar actos disfrazados de constitucionales, cuando no lo son.

Sobre el particular, considero que este concepto podría ser utilizado nuevamente en el corto plazo, cuando nuestros tribunales federales tengan que resolver sobre la constitucionalidad de las “contribuciones verdes” que la Asociación de Gobernadores de Acción Nacional y Enrique Alfaro de Movimiento Ciudadano han amagado con implementar y, que en el caso del Estado de Tamaulipas ya fueron aprobadas y entraran en vigor el siguiente año.

Lo anterior, pues simulando que están en uso de sus facultades para establecer contribuciones ambientales, lo que realmente se pretende es intervenir en la política sobre el sistema eléctrico nacional, violentando con esto los artículos 25 y 28 de nuestra Constitución, pues la rectoría en esa materia le corresponde exclusivamente a la Federación.

Sostengo esto, pues basta consultar las manifestaciones que han efectuado el grupo gobernadores sobre la implementación de las referidas contribuciones.

Incluso, en el caso de Tamaulipas en donde ya fueron aprobadas por el Congreso del Estado, al consultar la exposición de motivos de la reforma se observa:

“… la Federación ha optado de manera no razonable por promover los combustibles fósiles y establecer barreras de entrada a las alternativas limpias, lo que impacta en las decisiones que previamente ha tomado el Estado de Tamaulipas para la adopción al cambio climático, la mitigación de emisión de gases y compuestos de efecto invernadero y la transición hacia una economía competitiva y sustentable.

El cambio regulatorio federal obliga, por tanto, a establecer medidas para internalizar los costos sociales derivados de un viraje hacia un modelo de desarrollo y productividad basado en combustibles fósiles.

Por tanto, a través de la presente iniciativa, se propone recurrir a instrumentos fiscales que no sólo generen recaudación para sufragar los gastos públicos sino que, también desincentiven la emisión de gases contaminantes que contribuyen al cambio climático, esto es, “contribuciones verdes” que trasladen a los agentes económicos la carga de la contaminación y degradación de los elementos que, en conjunto, componen el medioambiente como un interés jurídicamente tutelado.

…”

Lo anterior, vuelve patente no solo la intención de violentar el marco constitucional, sino que incluso se pretende desincentivar la política eléctrica nacional que en uso de sus facultades dirige el gobierno federal.

Así, estimo que en el caso narrado podríamos estar en presencia de un nuevo “fraude a la Constitución”, pues las entidades federativas simulando estar actuando en usos de sus facultades para imponer contribuciones ambientales pretenden interferir en la política eléctrica nacional, violentando con esto los artículos 25 y 28 de nuestra norma fundamental.

Finalmente, a quien le corresponderá pronunciarse sobre su constitucionalidad será a nuestro valeroso Poder Judicial Federal.

Acerca de Luis Carlos Torre Garza
Licenciado en Derecho por la Facultad Libre de Derecho de Monterrey, columnista en diversos medios de comunicación, actualmente ejerzo la profesión de abogado como socio del despacho "Torre Hernández, derecho estratégico administrativo"