El debate público de nuestro país está centrado en estos momentos, en la violencia contra la mujer y con principal énfasis en los feminicidios. Los colectivos feministas han logrado posicionar el tema como una prioridad urgente en las políticas públicas nacionales, generando que partidos políticos, asociaciones, empresas y sociedad en general, compartan la urgencia de combatir el panorama de inseguridad contra las mujeres en México. Sin embargo, dentro de esta discusión y debate público, resurgió un tema que parecía (al menos dentro aspecto jurídico) sobrepasado o superado: la pena de muerte como pena para sentenciados por delitos de índole sexual. Amnistía Internacional la define cómo: “una pena capital que es la negación más extrema de los derechos humanos: consiste en el homicidio premeditado a sangre fría de un ser humano a manos del Estado y en nombre de la justicia. Viola el derecho a la vida, proclamado en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Es el castigo más cruel, inhumano y degradante”. (Mendoza Octavio, 2006, p. 78)
Diversos partidos en la Cámara de Diputados, así como en Congresos Locales, posicionaron propuestas al respecto, llegando incluso a presentar iniciativas para insertar dichas penas en códigos penales. Los proponentes argumentan que este tipo de medidas son las “proporcionales y suficientes para disminuir el índice de delitos sexuales”. Sin embargo, los legisladores solo necesitaban buscar un poco de información sobre la inconstitucionalidad y su contradicción a los diversos tratados internacionales en materia de derechos humanos, e incluso. Este tipo de iniciativas pertenecen a algo denominado: populismo legislativo. A populismo legislativo me refiero a medidas que “proponen” los legisladores utilizando contextos sin resolverlos; iniciativas que no solucionan problemas sino los politizan, con medidas irreales que se nutren de clamores populares inoperantes.
Ante el panorama de exigencia de justicia y seguridad para las mujeres en México, estos legisladores populistas, intentan sacar una ventaja política al puro estilo de las épocas precolombinas e inquisición española. Hay que recordarles a los legisladores que la abolición de la pena de muerte inició en Puebla en 1891 y posteriormente a nivel federal en 1929, siendo en 2005 cuando es completamente eliminada de la Constitución Federal en el marco del Día Internacional de los Derechos Humanos. También tenemos que recordar la Convención Americana de Derechos Humanos, la Declaración Universal de Derecho Humanos, y en específico el artículo 4 párrafo tercero del Pacto de San José, donde el Estado Mexicano se compromete a que una vez abolida la pena de muerte, no se puede restablecer, esto en respeto al principio de progresividad de los derechos humanos. Dichos legisladores que proponen este tipo de medidas, desean que nuestro país se una a otros países como Irán, Arabia Saudí, China, Irak, Pakistán y Estados Unidos, los cuales tienen en común sistemas de justicia “profundamente injustos, con circunstancias turbias y poco claras con muchas condenas basadas en confesiones obtenidas mediante torturas”(Pérez Salvador, 2019, p. 6). De igual manera y conectando el tema con el populismo penal, el derecho penal no es un disuasivo social sino una forma de proteger los bienes jurídicos fundamentales para la sociedad, que impone penas cuando estos son vulnerados, y existe suficiente evidencia sobre las penas de muerte, ya que no disminuyen la incidencia en el crimen. Otro argumento es que especialistas afirman que se usa de manera discriminatoria, ya que “si eres pobre o perteneces a una minoría racial, étnica o religiosa, tienes más probabilidades que el resto de personas de ser condenado a muerte, debido a la discriminación que existe en el sistema de justicia”(Pérez Salvador, 2019, p. 11).
Es claro que los legisladores a favor de la pena de muerte no entienden que el fondo del asunto es la impunidad, los claroscuros de la procuración e impartición de justicia mexicano y la situación generalizada de inseguridad para las mujeres. La pena de muerte en ningún sentido soluciona la violencia de género y desvía la atención donde realmente debe estar. Es un país sumamente injusto en su sistema de justicia, pensar en la pena de muerte es aumentar una injusticia más.