El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) declaró improcedente el otorgamiento de pensión por viudez a tres concubinarios cuyas parejas eran del mismo sexo.
Por este caso, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al director general Mikel Arriola.
De acuerdo a la recomendación 53/2017, el IMSS violó los derechos al acceso a la seguridad social, igualdad, no discriminación, legalidad y seguridad jurídica de los tres agraviados.
“De la información recabada por este Organismo Nacional, se pudo acreditar que las autoridades del IMSS omitieron proteger y garantizar los derechos humanos a la seguridad social, igualdad, no discriminación, legalidad y seguridad jurídica, en virtud de que restringieron el acceso de los quejosos a la pensión por viudez en su modalidad de concubinato”, detalló la CNDH.
Sostuvo que no hubo justificación “racional y normativa” para declarar improcedente la solicitud de pensión al no haber presentado acta de matrimonio civil. “Ello implicó negar a estas parejas homosexuales, los beneficios que son accesibles a las personas heterosexuales a través del concubinato”.
En ese sentido la CNDH consideró procedente la reparación integral en términos de la Ley General de Víctimas, incluyendo se brinde trámite a las solicitudes de pensión planteadas, sin que se exija el dictamen de beneficiario incapacitado, ni acreditar la dependencia económica.
También pidió que “se implementen las acciones necesarias para que pueda otorgarse la pensión a que tengan derecho”.