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Presenta Samuel alegatos ante TEPJF para evitar sanción por apoyo de Mariana Rodríguez

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El gobernador electo de Nuevo León, Samuel García, presentó alegatos ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para combatir la multa millonaria que el Instituto Nacional Electoral (INE) le quiere imponer por el apoyo que le dio su esposa, la influencer Mariana Rodríguez en redes sociales durante la campaña por la Gubernatura.

García acudió este martes a las instalaciones del TEPJF, en la Ciudad de México, para interponer seis alegatos en los que considera que Rodríguez no cometió ninguna irregularidad electoral al apoyarlo en sus redes sociales.

“Pero más importante aún, que quede un precedente para que en un futuro no se restrinja la participación de los familiares, de las esposas, de las mujeres. Y sobre todo no se restrinja el derecho a la libertad de expresión y se cosifique a mujeres como Mariana Rodríguez que no hicieron más que apoyar a su esposo porque confiaban en el proyecto que encabezábamos”, señaló el emecista.

Cabe recordar que este jueves la Sala Superior discutiera el proyecto de resolución a los expedientes JDC-1128/2021 y JDC-1129/2021, por ello García entregó su escrito este martes.

“Vamos a presentar alegatos del caso de mi esposa Mariana Rodríguez, este jueves el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación va a resolver un asunto muy controversial. El proyecto del magistrado Indalfer (Infante González) viene a favor de Nuevo León, a favor de nosotros, estipula que la multa es ilegal, que se debe revocar lisa y llanamente la multa porque las historias de mi esposa son auténticas, espontáneas y que por obviedad de razones al ser mi esposa, el vínculo matrimonial ofrece apoyo mutuo”, expresó en un mensaje difundido en sus redes sociales.

Entre los alegatos presentados, el primero plantea que el INE transgredió el interés superior de la familia en materia electoral al no considerar el vínculo matrimonial entre Mariana y Samuel.

El segundo, la vulneración a la libertad de expresión de Mariana desde la perspectiva de su vínculo matrimonial, al ignorar que sus publicaciones son espontáneas.

El tercer alegato, García Sepúlveda afirma que el INE violó el derecho humano a la seguridad jurídica porque en 2018 el TEPJF ya había establecido que las publicaciones de su esposa no eran propaganda electoral.

Añadió que se individualizó incorrectamente la sanción porque indebidamente la autoridad electoral omitió un análisis pormenorizada de cada una de las publicaciones objeto de la resolución.

El quinto alegato establece que se consideró indebidamente a Mariana una persona física con actividad empresarial.

Por último, en el sexto, se plantea que el INE incumplió con la obligación de optar por la interpretación más favorable a la protección de los derechos humanos a la libertad de expresión y la información de las personas.