El 10 de marzo de 2020, la Cámara de Diputados aprobó por mayoría de dos terceras partes la iniciativa presentada por el Presidente de la República Andrés Manuel López Obrador por la que se reforma el artículo 4º Constitucional, en materia de bienestar, votando únicamente en contra el grupo parlamentario del PAN, la cual el 24 de marzo fue aprobada casi por unanimidad en la Cámara de Diputados.
Aunque aún esta pendiente su publicación en el Diario Oficial de la Federación, esta reforma además de tutelar los servicios de salud para las personas que no cuentan con seguridad social, viene a consagrar en la parte dogmática de nuestra Constitución los apoyos económicos para personas con discapacidad permanente, pensiones no contributivas para adultos mayores y un sistema de becas para estudiantes.
Situación, que indubitablemente servirá para cerrar la brecha de desigualdad en el País y ayudará a garantizar el cumplimiento de otros derechos humanos, a saber, alimentación, vivienda, educación, salud, seguridad social, trabajo, etc.
Prácticamente, la reforma se trata de una protección reforzada por parte del Estado a personas que por cuestiones de edad o estado físico se encuentran en una situación de vulnerabilidad.
Así, estimo que despojándonos de toda ideología política, olvidando de quién viene la iniciativa, quién voto a favor, quién en contra, etc. y aunque suene a perogrullada debemos afirmar y calificar que si bien aún queda mucho por hacer, reformas como esta nos acercan cada vez más a un verdadero Estado de Bienestar.
Máxime, que pocos podrían estar en desacuerdo con temas como el que hoy nos ocupa, pues como personas y mexicanos sabemos que nuestros adultos mayores y quienes tienen alguna discapacidad requieren apoyo y solidaridad.
No es óbice, el falaz y criminal argumento de que se trata de clientelismo político; pues como bien lo sostuvo el Senador José Alejandro Peña Villa “los programas sociales ya no serán dádivas y no se entregarán como favores a cambio de votos”.
Lo anterior, pues al integrarse al texto constitucional los referidos apoyos económicos se convirtieron en derechos que pueden ser exigibles por el ciudadano, por lo cual en lo sucesivo dejarán de ser partidas graciosas y discrecionales con las que el gobernante en turno pretenda obtener un indebido beneficio electoral y que tanto daño han hecho a la democracia mexicana.
En consecuencia, hoy el Estado Mexicano se encuentra obligado a garantizar la entrega de los citados apoyos económicos a la población vulnerable (adultos mayores y personas con discapacidad).
Debiendo precisar, que si bien principalmente le corresponde al Gobierno federal la tarea de materializar el acceso a este derecho, las Entidades federativas y los Municipios en términos de lo dispuesto por el artículo 1º Constitucional tienen la obligación de promover, respetar, proteger, garantizar y evidentemente no obstruir su entrega, pues al estar previsto en la parte dogmática de la Constitución los apoyos económicos y pensiones no contributivas hoy constituyen un derecho fundamental.
Por lo cual, resulta inconcuso que los Estados y Municipios tendrán que abstenerse de las hoy recurrentes prácticas revanchistas en contra de la entrega de los programas sociales.
Por último, quiero insistir nuestros adultos mayores y quienes tienen alguna discapacidad requieren apoyo, solidaridad y sobre todo no mezquindad.