A la cárcel… por un post

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Shahnewaz Chowdhury, un activista originario de Bangladesh, realizó una publicación en Facebook en donde criticaba del impacto ambiental de una central eléctrica construida en su comunidad y además señaló los incidentes de una protesta en dicha planta que supuestamente habrían llevado a la muerte de 12 personas, por último animó a la juventud a oponerse a los proyectos de esta naturaleza a través de “escritos audaces”. 

Un día después, la empresa que es dueña de la central eléctrica presentó una denuncia en contra de Shahnewaz Chowdhury señalándolo de publicar información falsa; posteriormente fue arrestado por la policía y pasó 80 días en reclusión sin tener una sentencia en su contra, fue hasta agosto de 2021 que pudo salir bajo fianza. Sin embargo, su juicio continúa y si es encontrado culpable podría pasar varios años en prisión. El proceso penal en su contra tiene sustento en una Ley de Seguridad Digital que ha sido usada para silenciar a disidentes y activistas. 

Lo que pasó con Shahnewaz Chowdhury es preocupante, ya que su historia presenta un caso de violación al Derecho de Libertad de Expresión, pues se está usando la ley para silenciar a un activista ambiental. 

Lamentablemente, este tipo de leyes existen en otros países del mundo (incluido México), en donde a través de Códigos Penales se sancionan conductas conocidas como Delitos contra el honor, las cuales regularmente caen en figuras como injurias, difamación, calumnias, ataques al honor, entre otras. Este tipo de delitos castigan con cárcel expresiones que puedan dañar el honor u honra de otra persona.

Organismos internacionales, desde hace muchos años, han abogado por la eliminación de este tipo de delitos para que, en vez de sancionarse con prisión, se aborden a través de la vía civil, ¿qué quiere decir esto? Significa que en lugar de ir a la cárcel por alguna de las conductas descritas anteriormente se reciba una sanción civil, misma que podría ser rectificar la información publicada, pedir una disculpa pública e incluso, indemnizar económicamente por posibles daños.

Organizaciones de la sociedad civil y organismos internacionales han coincidido en que la existencia de los delitos contra el honor pone en riesgo la democracia y la existencia de una sociedad mejor informada. Asimismo, se ha establecido que las sanciones penales resultan desproporcionadas e inadecuadas para atender casos en donde la libertad de expresión se pone frente a otros derechos humanos y que, por lo tanto, sería mejor que se resolvieran por la vía civil.

En México, desde el 2007, los delitos contra el honor fueron derogados del Código Penal Federal; sin embargo, no fueron modificados los Códigos Penales de todas las entidades que conforman el país. En estados como Nuevo León, Yucatán, Zacatecas, Campeche, Sonora y Michoacán aún se clasifican la injuria, la calumnia, la difamación y los ataques contra la honra como delitos. Es decir, si te encuentras en alguno de estos lugares, podrías enfrentar un proceso parecido al que enfrentó Shahnewaz Chowdhury en su natal Bangladesh.

A principios de este 2022, la organización Propuesta Cívica A.C. presentó un estudio en donde fueron analizadas todas las legislaciones penales de México y sus implicaciones en temas de libertad de expresión y periodismo. Con esta investigación se concluye que los estados que aún conservan este tipo de delitos ponen en riesgo la libertad de expresión, ya que en sus legislaciones no se establecen límites claros que protejan discursos e informaciones de interés público, lo que podrían causar desinformación pues su efecto inhibidor promueve la autocensura.

Como consecuencia, en septiembre de 2022 se presentaron una serie de iniciativas en el Congreso de Nuevo León, uno de los estados con mayor retraso legislativo en temas de libertad de expresión, con el propósito de eliminar los delitos contra el honor del Código Penal y así regular la responsabilidad civil de manera adecuada.

A la fecha las iniciativas se encuentran en estudio y no se tiene certeza de si se resolverán positivamente.

Esperemos que el Congreso de Nuevo León retome el análisis presentado desde la sociedad civil organizada, ya que brinda elementos técnicos que toman en cuenta la experiencia nacional e internacional para la discusión de reformas legislativas que permitan que tengamos un marco normativo que no ponga en peligro la democracia, ni la libertad de expresión como pasó en el caso de Shahnewaz Chowdhury.