LAS MUJERES EN EL MUNDO LABORAL. La brecha salarial y la desigualdad de género

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En México, la desigualdad y violencia de género son de las principales problemáticas que afectan la integridad de las mujeres. Por ello, cada 8 de marzo miles de mexicanas, a menudo separadas por estatus sociales y económicos, se unen, con el fin en común, de hacer valer sus derechos. 

Desde un punto de vista empresarial, existe también una considerable brecha de género. De acuerdo con los resultados de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, Nueva Edición (ENOE), al cuarto trimestre de 2022, en México residían 128.9 millones de personas, de las cuales 67.0 millones eran mujeres. Es decir, las mujeres representaban el 52.0 % de la población total del país. Por otro lado, según las estadísticas del ENOE en su comunicado de presentación núm. 141/23 del pasado 2 de marzo del 2023, en enero de este año, la Población Económicamente Activa (PEA) fue de 60.2 millones de personas de 15 años y más y, al hacer una distinción por sexo, la tasa de participación de los hombres fue de 76.4 % y del 45.9% en las mujeres. 

Sin embargo, la representación de las mujeres disminuye conforme al nivel jerárquico empresarial. De acuerdo con las investigaciones realizadas por el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), la participación de las mujeres en la plantilla laboral de las empresas listadas en la bolsa mexicana de valores corresponde al 36% y se reduce a 21% en direcciones de áreas jurídicas, a 10% en direcciones de finanzas y a 4% en la dirección general.

Si bien, las mujeres son mayoría en la población mexicana, su participación económica y representación en puestos directivos, se encuentran por debajo del porcentaje de los hombres.

El no involucrar a las mujeres en el mercado laboral afecta en el crecimiento económico del país. Por ello, es importante tomar las medidas necesarias para disminuir la brecha de género y sumar la participación femenina en el Producto Interior Bruto (PIB) de México. 

Como emprendedora y mujer, considero importante que las empresas generen políticas de contratación que prevengan la discriminación, así como implementar planes de carrera con perspectiva de género, pagar sueldos correspondientes al puesto, sin hacer una distinción por sexo y crear políticas para prevenir y/o hacer frente al acoso laboral.

El éxito de una marca puede generar su cancelación. Recomendaciones para prevenir la vulgarización de marcas.

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El reconocimiento público y la popularidad de una marca, es de los principales objetivos de todo negocio. Hoy en día, gracias a la viralidad que ofrecen las redes sociales, muchos se han posicionado en menos tiempo de lo esperado y, en algunos casos de mayor éxito, los consumidores asocian el nombre real del producto o servicio por el de la marca en cuestión. Lo anterior lo podemos apreciar con los pañuelos de papel “Kleenex” que por años se ha utilizado su denominación en sustitución del nombre real del producto o, actualmente, la autodenominación “TikTokers” a los usuarios de la red social TikTok.

Si bien, estos acontecimientos son considerados positivos por los mercadólogos y titulares marcarios, el permitir que se utilice la denominación de una marca en forma genérica, puede ocasionar la pérdida de su distintividad y, en consecuencia, la cancelación de su registro.  

De los requisitos principales para registrar una marca, así como su permanencia en el tiempo, es contar con distintividad. Por ello, la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial en su artículo 261 establece el supuesto de cancelación del registro de una marca, si su titular ha provocado o tolerado que se transforme en una denominación genérica, de tal modo que, en los medios comerciales y en el uso generalizado por el público, la marca sea utilizada para describir el producto o servicio a ofrecer. 

Como método preventivo, los titulares pueden optar por utilizar la leyenda “Marca Registrada”, las siglas “M.R.” o el símbolo ®, con el fin de comunicar al público la condición de signo distintivo de la denominación en cuestión. Es importante mencionar que, estas leyendas solo podrán usarse en marcas registradas, pues de acuerdo a la Ley, el poner a la venta o en circulación productos u ofrecer servicios, indicando que están protegidos por una marca registrada sin que lo estén, se considerará como una infracción administrativa.  Así que, antes de utilizar cualquiera de estas leyendas, asegúrate de contar con los derechos sobre el signo distintivo. 

También, se recomienda que las empresas implementen estrategias de comunicación y manuales para el uso correcto de las marcas, con el fin de que el personal haga un uso uniforme y adecuado de estas. 

De las herramientas más eficaces para prevenir o combatir la vulgarización de una marca, es creando campañas de marketing que eduquen al consumidor a utilizar el nombre real del producto o servicio, así como recordarles que la marca es solamente el signo que distingue a la empresa, frente a sus competidores directos. 

El éxito de una marca no se limita exclusivamente en estrategias publicitarias, pues resulta indispensable hacer un correcto uso de su propiedad industrial, para su conservación.  Por ello, las empresas deberán de trabajar de la mano de mercadólogos, así como abogados expertos en propiedad intelectual, con el fin de posicionar sus marcas y prevenir un uso genérico, que propicie la cancelación de su registro. 

Compra y venta de tesis académicas. Su poca regulación en México.

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En algunas instituciones educativas, como requisito de titulación, solicitan a sus estudiantes la presentación de una tesis. Este documento, además de ser un trabajo de investigación, justifica los conocimientos y criterios de los futuros profesionistas. Por esta razón, resulta indispensable que el proyecto sea elaborado de manera individual y por autoría propia del alumno. 

Con frecuencia, para recibir orientación en el proceso de investigación, los alumnos contratan los servicios de un asesor experto, quien los guiará en la calidad del contenido a presentar. Sin embargo, existe un gran porcentaje de estudiantes que, en virtud de la complejidad e inversión de tiempo que implica redactar una tesis, optan por comprar el proyecto de un tercero, incurriendo en un plagio en materia de derechos de autor. 

Lamentablemente, la poca regulación sobre el plagio académico, principalmente para quienes lucran con su conocimiento, ha propiciado que estos negocios estén al alcance de un clic.  Cada vez resulta más fácil acceder a la contratación de estos servicios y anunciarse, sin responsabilidad alguna, por plataformas digitales. 

De acuerdo a la Ley Federal del Derecho de Autor,  se consideran como obras protegidas aquellas de creación original, susceptibles de ser divulgadas o reproducidas en cualquier forma o medio. Estas obras reciben su protección desde el momento en que hayan sido fijadas en un soporte material, sin necesidad de contar con un registro previo o cumplir con determinados requisitos. Por lo tanto, el autor de la obra, es decir, la persona física que haya realizado una creación original, será el titular de los derechos patrimoniales y morales de ésta, sin necesidad de registrarla ante el INDAUTOR.

Por otro lado, se entiende por plagio al acto de ofrecer o presentar como propia, en su totalidad o en parte, la obra de otra persona. Por lo tanto, el presentar un proyecto de tesis, siendo esta creación de un tercero, incurre en el supuesto de plagio.

Si bien, existen artículos que previenen el uso indebido de obras protegidas, no se encuentra regulado, específicamente, el acto de comercializar obras académicas. Por lo que, no existen sanciones ni responsabilidades para los negocios de compra y venta de trabajos académicos. 

De acuerdo con el Código Penal Federal en su artículo 427,  se impondrá prisión de seis meses a seis años y de trescientos a tres mil días multa, a quien publique a sabiendas una obra sustituyendo el nombre del autor por otro nombre. Sin embargo, en su artículo 429 establece que, los delitos previstos en el Título “De los Delitos en Materia de Derechos de Autor”  se perseguirán de oficio, excepto lo previsto en los artículos 424, fracción II, 424 Bis, fracción III y 427.

Lo anterior quiere decir que, los delitos por uso indebido de una obra protegida sólo serán perseguidos cuando el ofendido presente una querella ante las autoridades competentes. Por lo tanto, resulta incongruente que los comercializadores de tesis ejerzan acciones legales, pues estos se benefician del uso indebido de sus obras. 

De modo que, las consecuencias por plagio académico se limitarán a las impuestas por las instituciones educativas, sus reglamentos internos y estatutos. Dejando sin responsabilidad alguna a quienes lucran con su conocimiento. 

Más allá del registro de marca. Los activos más valiosos en los negocios.

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Las marcas son de los activos más valiosos en los negocios, desde un punto de vista empresarial, pues su imagen, reconocimiento público e influencia, son los factores principales que incitan al consumidor a elegir determinado producto o servicio, frente a competidores directos.

En la actualidad, existen una variedad de empresas que, gracias al reconocimiento de sus marcas, sus ventas se ven afectadas positivamente, posicionándose como los activos intangibles de mayor valor en su patrimonio. Como ejemplo, utilizamos la marca Coca-Cola.

Antes de iniciar con la operación de un negocio, es importante proteger la propiedad intelectual de los signos distintivos o invenciones que sean expuestas, pues en el futuro, podrán ser de los factores principales que generen valor al patrimonio empresarial.

Además, los derechos de propiedad intelectual ofrecen una variedad de beneficios legales, fiscales y contables, que, al ser utilizados, influirá positivamente en el crecimiento de los negocios.

Estos son algunos de los beneficios de registrar una marca:

1. Podrás abrir franquicias y otorgar licencia de uso a terceros a cambio del pago de regalías.

2. Facilita el proceso de exportación de productos al extranjero.

3. Tendrás el derecho de uso exclusivo, dentro del territorio nacional, por un periodo de diez años.

4. Puede ser el activo intangible más importante de tu negocio.

5. Podrás vender tus productos en tiendas online como Amazon y Mercado Libre.

6. Podrás colocar tus productos en cadenas de supermercados como Soriana.

El contar con el registro de un signo distintivo es una forma de prevenir la competencia desleal, pues garantiza su uso exclusivo al titular correspondiente. Por lo que, en caso de omitir este trámite, se puede incurrir a una variedad de riesgos tanto económicos, legales y, en el peor de los casos, hacer un cambio completo a la identidad visual de un negocio ya posicionado.

Estos son algunos de los riesgos de no registrar una marca:

1. Estás expuesto al robo de tu marca. Al no contar con la propiedad de tu marca, existe la posibilidad de que terceros la registren, perdiendo así toda tu inversión en la imagen de tu negocio.

2. Pueden ejercer acciones legales en tu contra. En caso de que tu marca sea registrada por un tercero, podrán ejercer acciones legales contra ti y/o cobrar regalías por el uso indebido de la marca.

3. Tener que hacer un cambio completo de tu branding. En caso de que tu marca no esté disponible, tendrás que hacer cambios a la imagen de tu negocio.

Es importante mencionar que la libre competencia empresarial es un derecho en México. Sin embargo, existen multas y penalidades para las personas que de manera deshonesta realicen actos que afecten comercial, económica y moralmente a sus competidores. En estos casos, la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial prevé multas hasta por el importe aproximado de $20,000,000.00 de pesos mexicanos, así como sanciones que generen la clausura temporal o definitiva de establecimientos.

Es indispensable para los emprendedores y empresarios contar con una correcta asesoría legal, pues de esta manera garantizarán la protección de su propiedad intelectual y, en su caso, prevenir sanciones y/o multas por infringir derechos de terceros.