Tras un largo debate de más de 12 horas, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular la legislación que regula el consumo, el cultivo y el comercio de mariguana con fines recreativos, y la regresó al Senado para su ratificación.
“Con 250 votos en pro, 163 en contra y 14 abstenciones, se aprueba, en lo particular, dictamen por el que se expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del CPF. Se devuelve al Senado mexicano”, informó la Cámara de Diputados en redes sociales.
La ley se aprobó en lo general en la tarde del miércoles, pero la discusión se alargó unas diez horas más por la impugnación de parte de la legislación mediante reservas.
Finalmente, se aceptaron modificaciones a los artículos 3, 8, 26, 29, 35, 41, 42 y 43 la Ley Federal para la Regulación del Cannabis; el artículo 477 Bis de la Ley General de Salud, y el artículo 198 Bis del Código Penal Federal.
Entre varias de las reservas a la ley, se aceptó la propuesta para el artículo 477 Bis de la Ley General de Salud, para aumentar la pena de 3 a 4 años de prisión y de 80 a cien días multa a quien posea cannabis psicoactivo sin la autorización pertinente.
Algunos legisladores criticaron que varias de las reservas aprobadas buscan “penalizar” todavía más el consumo de la planta.
“Conforme a lo aprobado por las y los diputados en la sesión semipresencial, se busca modificar la política de drogas que, hasta el día de hoy, se ha basado fundamentalmente en la prohibición y dar cumplimiento a la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, indicó la Cámara de Diputados.
La iniciativa permite fumar mariguana en casa sin presencia de menores, poseer hasta ocho plantas por domicilio y crear asociaciones de fumadores con un máximo de 50 plantas.
También establece un sistema de licencias para la siembra, el cultivo, la cosecha y la venta de mariguana y derivados con cannabis no psicoactivo en México, donde el uso medicinal de la mariguana ya fue aprobado en 2017.
La legislación amplía de cinco a 28 gramos la cantidad de mariguana que se puede portar, pero prevé multas por poseer entre 28 y 200 gramos, y penas de prisión de hasta 15 años por portar más de 200 gramos.
(Fuente: EFE)