“Una gran democracia debe progresar o pronto dejará de ser o grande o democracia.”
–Theodore Roosevelt
Desde que México se ha pronunciado, de acuerdo al artículo 40 constitucional, como una “República representativa, democrática, laica, federal, compuesta de Estados libres y soberanos”, se ha concebido al voto de la ciudadanía como un derecho y obligación para designar a los poderes ejecutivo y legislativo. No obstante, en un esfuerzo por analizar y obtener conclusiones en base a la realidad, habría que cuestionarse ¿Qué hay del poder judicial? ¿Por qué si o por qué no debería de someterse a un proceso de “democratización”?
Retornando al aspecto constitucional, en la carta magna se estipulan dentro del capítulo IV, los procesos que designan a los integrantes del poder judicial; sea a través de una terna sometida por el poder ejecutivo que sea considerada por el senado, o por medio del mismo poder judicial, en cada nombramiento no hay presencia alguna de sufragio. A lo mucho, podría argumentarse en el caso de la terna convocada por el presidente electo para cubrir las vacantes de ministro de la suprema corte, una tenue aparición del voto popular. Lo anterior claro, en el supuesto en el que la ciudadanía sepa de esta facultad que posee el ejecutivo, e igualmente, que tal conocimiento influya en la elección por el candidato, lo cual dudo enormemente.
…La democracia, al igual que los derechos fundamentales, deberán ser progresivos, por lo que considero menester el hecho de evaluar la posibilidad de incluir el sufragio dentro del sistema judicial, tal como se realiza en los Estados Unidos y en algunos países de Europa.
En base a lo anterior, y en observancia de la misma situación en cuanto a las constituciones locales de cada entidad federativa, se puede afirmar lo siguiente: Actualmente no existen cargos en el poder judicial que sean designados democráticamente. Lo único que se aprecia en la designación de los puestos judiciales es una intervención exclusiva de dos de los tres poderes de la unión, en este caso el ejecutivo y el mismo poder judicial, dejando de lado a quien le deben su existencia: al pueblo.
Bien podrían establecerse argumentos para justificar esta ausencia de democracia, como aseverar que es necesario contar con personas preparadas para ostentar tales cargos. No obstante, frente a este argumento a favor de la inexistencia de la democracia en el poder judicial, cabría preguntarse lo siguiente: ¿Y no es necesario también disponer de personas capaces para algo tan importante como la creación de leyes, en el caso del poder legislativo? ¿No es imprescindible contar con un ciudadano con la debida preparación para ocupar el cargo de presidente de la república?
Estas interrogantes habrían de llevarnos a reconocer que en los tres poderes de la unión se necesitan personas preparadas, lo cual no debe por un lado, suspender la problemática planteada, ni por otro aseverar que la única solución para tal problemática sea el aumento de requisitos para algunos cargos públicos de elección popular (habría que tomarse en cuenta otras opciones, como la creación de un sistema de evaluación para funcionarios públicos, o bien, la revocación de mandato). Aparte de lo planteado, cabría incorporar, además de las cuestiones previas, una tercera pregunta: ¿Cómo es posible que el pueblo designe a quién creará, reformará y adicionará las normas (poder legislativo), pero no designe a quienes vayan a garantizar su cumplimiento (poder judicial)?
Actualmente no existen cargos en el poder judicial que sean designados democráticamente. Lo único que se aprecia en la designación de los puestos judiciales es una intervención exclusiva de dos de los tres poderes de la unión, en este caso el ejecutivo y el mismo poder judicial, dejando de lado a quien le deben su existencia: al pueblo.
Puntualizando los cuestionamientos anteriores, concluyo con lo siguiente: La democracia, al igual que los derechos fundamentales, deberán ser progresivos, por lo que considero menester el hecho de evaluar la posibilidad de incluir el sufragio dentro del sistema judicial, tal como se realiza en los Estados Unidos y en algunos países de Europa.
Finalmente, cierro con una frase que hace tiempo mencionaba alguien cercano a mi “Si como ciudadanos confiamos por medio del voto la tarea de cambiar nuestra constitución y la tarea de que alguien nos represente como presidente de la república frente a otras naciones, por supuesto que habríamos de confiar a través de ese voto a quienes nos vayan a juzgar al momento de encontrarnos en conflicto con la ley”.
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