El final de un año es generalmente un buen momento para hacer un recuento de las cosas que han acontecido en cierto período. En esta colaboración me referiré a las reformas constitucionales de los primeros dos años de gobierno del Presidente López Obrador, de cómo se votan estos decretos en las Legislaturas Estatales y la manera en que se han aprobado dichas reformas en el Congreso de Nuevo León. Este recuento hace corte de caja el 18 de diciembre del 2020.
Contando el número de artículos modificados o adicionados de la Constitución, durante la administración de AMLO se han reformado 40 artículos constitucionales. Con relación a las cinco presidencias que le antecedieron, este número de cambios le otorga el quinto lugar. La prelación de las administraciones es la siguiente: 1ª Enrique Peña Nieto con 155 artículos reformados; 2ª Felipe Calderón, 110 artículos; 3ª Ernesto Zedillo, 78; 4ª Carlos Salinas de Gortari, 55. En la administración de Vicente Fox Quesada se adecuaron 31 artículos constitucionales. Debe tomarse en cuenta que AMLO tiene dos años en el gobierno; si mantiene este ritmo de artículos reformados, en su tiempo podrían llegar a modificarse ciento veinte artículos, con lo cual terminaría su gestión en el segundo lugar de más artículos constitucionales modificados.
Considerando que ya se han publicado diez decretos de reformas constitucionales en veinticuatro meses de ejercicio del gobierno de López Obrador, esto significa que, en promedio, en esta gestión se culmina un procedimiento de reforma constitucional cada 2.4 meses. Y, asumiendo que esta será la primera presidencia que finalizará su período el 30 de septiembre del 2024, en los cuarenta y seis meses que aún le restan a AMLO todavía podrían aprobarse y publicarse 19 decretos de reformas constitucionales.
Pasemos ahora a las materias que se han reformado en la Constitución en estos dos años.
Los temas de las reformas han sido los siguientes: (1ª) Extinción de dominio (14 de marzo del 2019); (2ª) Guardia Nacional (26 de marzo del 2019); (3ª) ampliación de los supuestos delictivos para la procedencia de la prisión preventiva de oficio (12 de abril del 2019); (4ª) reforma educativa (15 de mayo del 2019); (5ª) paridad de géneros (6 de junio del 2019); (6ª) reconocimiento de pueblos y comunidades afromexicanas (9 de agosto del 2019); (7ª) consulta popular revocación de mandato (20 de diciembre del 2019); (8ª) prohibición de condonación de impuestos (20 de diciembre del 2019); (9ª) salud para el bienestar y pensiones no contributivas para personas adultas mayores (8 de mayo del 2020); (10ª) movilidad y seguridad vial (18 de diciembre del 2020).
Debe señalarse que cuatro decretos de reforma constitucional están por finalizar, muy pronto, el procedimiento de reforma constitucional. Los temas que impactarán estos decretos son: Juventud, reforma judicial, nacionalidad y fuero constitucional. De estos decretos falta solamente la aprobación de las Legislaturas, la declaratoria por las Cámaras o la publicación del Ejecutivo. Esto es, en las semanas siguientes se incorporarán cuatro modificaciones más a la Constitución.
Veamos enseguida las votaciones que se han dado en las Legislaturas de los estados para la aprobación de los diez decretos de reforma constitucional publicados en estos primeros dos años de gobierno de AMLO.
Es de remarcar que todos estos decretos han obtenido las votaciones aprobatorias de más de diecisiete entidades federativas, el cual es el mínimo de votos que se requieren para la aprobación de una reforma constitucional (art. 135 CPEUM). También llama la atención que la reforma constitucional de la Guardia Nacional obtuvo la aprobación unánime de las 32 Legislaturas estatales y que sólo en cuatro de ellas ha habido votos en contra de algunos Congresos locales: la correspondiente a la extinción de dominio registró el voto en contra del Congreso de Guanajuato; la relativa a la ampliación de delitos en los que es procedente la prisión preventiva oficiosa contó con dos Legislaturas en contra: Chihuahua y San Luis Potosí; y las que reformaron temas sobre el reconocimiento de pueblos y comunidades afromexicanas y la revocación de mandato fueron votadas en contra también por Guanajuato.
Por lo que hace a la forma de votación del Congreso de Nuevo León, destaco lo siguiente. Los diez decretos fueron aprobados en nuestro Congreso: 6 por unanimidad de votos de las y los diputados presentes (aquí incluyo una votación que registra una abstención y treinta y siete votos a favor) y 4 por mayoría de votos. También destaco que tanto en la
Comisión de Puntos Constitucionales como en el Pleno del Congreso del Estado, los dictámenes para la aprobación de los decretos de reforma constitucional prácticamente no tienen discusión y, por ende, son aprobados el mismo día que son presentados en la Comisión o en el Pleno. Por ejemplo, considerando el número de días que corren entre la aprobación en la Comisión y su discusión y aprobación en el Pleno, 3 dictámenes se resolvieron en ambos órganos el mismo día; 2 dictámenes tomaron un solo día entre ambas sesiones; 1 dictamen tomó dos días; 2 dictámenes llevaron siete días; 1, trece días; y 1, 15 días. Los dictámenes en donde se aprecia mayor rechazo por diputadas y diputados locales de Nuevo León es en los referentes a la reforma educativa (24 votos a favor y 15 en contra) y respecto de la reforma sobre salud para el bienestar y pensiones no contributivas para personas adultas mayores (26 a favor y 16 en contra). Ahora, destaco que en cuatro de los decretos de reforma constitucional que conoció nuestro Congreso su votación resultó intrascendente, porque se dio con posterioridad a la publicación del decreto de reforma en el Diario Oficial de la Federación (paridad de géneros, pueblos afromexicanos, revocación de mandato y salud para el bienestar).
En conclusión respecto a este recuento: Nuestra Constitución continúa siendo reformada muy fácilmente. La administración de AMLO podría finalizar en el segundo lugar de modificaciones de las últimas seis presidencias. Los temas de las reformas son muy variados: Muchos de ellos recogen parte del programa político del Presidente, por ejemplo, la revocación de mandato, la prisión preventiva para delitos derivados de hechos de corrupción, la salud para el bienestar y las pensiones para personas adultas mayores, etc.; otros más, son completamente coyunturales, como la prohibición de condonación de impuestos; algunos son muy importantes en cuanto a ampliación de derechos, como la paridad total entre géneros.
Por otro lado, las Legislaturas estatales no están realizando propiamente una función de control sobre las reformas constitucionales. Lo cual no es muy distinto a lo que ha sucedido en recientes períodos presidenciales. En particular, el Congreso de nuestro estado, por lo general, aprueba de forma unánime las reformas constitucionales y destina muy poco tiempo para su discusión y deliberación.
Finalmente, una pregunta que debemos formularnos es cuánto estamos haciendo desde la sociedad civil organizada, desde las universidades, desde los medios de comunicación, para discutir los grandes temas, instituciones y derechos que se están incorporando cada dos meses y medio a nuestra Carta Magna. Tal vez sea tiempo de que no solamente exijamos a las personas que nos representan políticamente que cumplan su función de deliberación y control sobre la reforma constitucional, sino que también nos involucremos cada día más como sociedad en las reformas constitucionales en nuestro país para que, así, poco a poco, podamos pasar a tener una Constitución viva, y no solo un documento ideal en el diseño, pero poco conocido y menos respetado por las personas.