Un joven acusado de violar a una estudiante universitaria en Boca del Río, Veracruz (agresión que además fue difunda en internet) recuperó su libertad tras diez meses de estar en prisión, luego de que un Tribunal federal ratificó un amparo que se le había concedido, y en el cual se consideró que no estaba acreditado el delito, asegurando que no hay evidencia de que la víctima se haya resistido.
La sentencia del Tribunal Colegiado que revisó el caso, integrado por tres magistrados hombres (Antonio Soto Martínez, Arturo Gómez Ochoa y Alfonso Ortiz Díaz), confirma que el delito de violación equiparada del cual se acusaba a José Fernando “N”, no fue acreditado correctamente por la Fiscalía de Veracruz, por lo que los elementos son insuficientes siquiera para abrir un juicio.
El Tribunal, al igual que lo hizo el juez de amparo, dijo que para que se cometa el delito de violación tiene que pasar dos cosas: que haya penetración y que sea en contra de la voluntad de la víctima. La penetración está confirmada (los amigos del acusado incluso subieron el video en sitios pornográficos), pero el que la estudiante se haya resistido no.
Y es que aun cuando existe un peritaje realizado sobre el video difundido en internet, donde se aprecia que la víctima se encuentra alcoholizada y con un comportamiento visiblemente “aletargado”, el tribunal dijo que el miso peritaje ratifica que por un momento la víctima muestra una actitud proactiva (al moverse un instante).
Los magistrados subrayaron que hay seis declaraciones de testigos que asistieron a la fiesta en el departamento de Boca del Río donde ocurrieron los hechos, los cuales niegan haber visto a la estudiante alcoholizada.
Los magistrados además dijeron que les causaba “suspicacia” el hecho de que los padres de la víctima se reunieron con el presunto agresor antes de poner la denuncia, con el objetivo de buscar una “conciliación”. El objetivo de esa reunión era pedirle que el video de internet que habían subido sus amigos fuera retirado.
En conclusión, el Tribunal consideró que al no estar acreditado “de fondo” el delito, no es posible acusar a alguien de cometerlo y, por lo tanto, el acusado debería quedar libre.