Avalan que pederastia sea imprescriptible

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Con 411 votos a favor, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Penal Federal para hacer imprescriptible el delito de pederastia.

En el artículo 205 Bis se añadió que las sanciones por pederastia no pierden vigencia, como ocurre actualmente con la corrupción de menores, la pornografía infantil y el lenocinio con menores de edad.

Según el artículo 209 Bis vigente, se aplicará de 9 a 18 años de prisión y de 750 a 2 mil 250 días de multa, a quien se aproveche de la confianza, subordinación o superioridad que tiene sobre un menor de dieciocho años, derivada de su parentesco en cualquier grado, tutela, curatela, guarda o custodia, relación docente, religiosa, laboral, médica, cultural, doméstica o de cualquier índole y ejecute, obligue, induzca o convenza a ejecutar cualquier acto sexual, con o sin su consentimiento.

La misma pena se aplicará a quien cometa las conductas descritas anteriormente contra aquellos que no tengan la capacidad de comprender el significado del hecho.

Las penas se aumentarán en una mitad más si el agente uso violencia física. 

En caso de que el delito sea cometido por un servidor público o un profesionista en ejercicio de sus funciones, también será inhabilitado, destituido o suspendido de su empleo público o profesión por el mismo término a la pena impuesta.

 

Con información de Grupo Reforma.