El “inicio del rompimiento del Pacto Federal”

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Hace un par de días los Gobernadores que integran la denominada “Alianza Federalista” declararon que algunas acciones y omisiones del Presidente de la República podían significar el “inicio del rompimiento del Pacto Federal”. Estas declaraciones tuvieron varias interpretaciones. Una ellas consideró que estas palabras significaban que algunos estados podrían “abandonar” la Federación. El objetivo de esta colaboración es el tratar de delimitar el alcance las declaraciones de los Gobernadores aliancistas.

No considero que el significado político buscado por los Gobernadores sea el iniciar un proceso político separatista en México. 

En efecto, si bien se aprecian dos bloques de estados, uno en el norte y noreste de México (Chihuahua, Durango, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas) y otro en el occidente-Bajío (Aguascalientes, Guanajuato, Jalisco, Colima y Michoacán), sería iluso pensar que las poblaciones y las estructuras sociales, políticas y económicas de dichas entidades, por sí mismas o aglutinadas en dichos bloques, forman una homogeneidad suficientemente articulada para pensar que en ellas se está viviendo un impulso separatista de la Federación. En otras palabras, por más graves que sean los problemas que tengamos en el país y en dichos estados, ni cercanamente se asemejan a procesos políticos como los que vivió en su momento Quebec en Canadá o actualmente tiene Cataluña en España. 

Por otro lado, si dichas entidades “abandonasen” la Federación esto implicaría una modificación al artículo 43 de la Constitución, en donde se establecen las partes integrantes de la Federación. Para esa modificación no hay un procedimiento expreso en el propio texto constitucional. Lo que tenemos es la facultad del Congreso de la Unión para “admitir nuevos Estados a la Unión Federal” (art. 73, fracción I) y para “formar nuevos Estados dentro de los límites de los existentes” (art. 73, fracción III), pero para esto último es necesaria la participación del Congreso de la Unión, del Ejecutivo Federal, de las Legislaturas estatales de que se trate su territorio y del resto de las Legislaturas estatales. De hecho, este es uno de los mecanismos para modificar la Constitución, siendo el otro el establecido en el artículo 135 constitucional (Carbonell 1999: 253). Aun pensando que interpretativamente podría utilizarse este método para el sentido de abandonar la Federación que se ha dado a las declaraciones de los aliancistas, se requeriría la participación de otros Poderes federales y estatales. Sin embargo, no estimo que esta pueda ser la interpretación de dichas normas constitucionales, porque históricamente “el Estado federal, como el unitario, es obra de una Asamblea constituyente, que reduce la soberanía nacional a la independencia del Estado y no reconoce a los estados federados capacidad para cambiar la forma de gobierno (monarquía, república) o para abandonar el Estado en el que se han integrado”. (Artola 2005: 96).

Es por estas razones que el significado de las declaraciones de los Gobernadores aliancistas no puede ser el de “abandonar” la Federación. 

No obstante, sí creo que, si bien de forma un poco obscura, el contenido de sus declaraciones tiene un peso político importante para la discusión y eventual modificación del arreglo constitucional federal en México, el Pacto Federal. Si esto es a lo que realmente quisieron referirse, bienvenida la propuesta.

Si por Pacto Federal entendemos ese convenio fundante entre las partes integrantes de la Federación por el cual, como afirma Arteaga (2017), se (i) distribuyen entre dos fuentes de autoridad las facultades y atribuciones, (ii) se distribuyen los medios o principios para que ambas fuentes de autoridad sean autosuficientes, (iii) se hace funcional u operante la división de poderes y la distribución de las funciones en los ámbitos federal y local, (iv) se establecen las bases para que no exista ambigüedad sobre a qué autoridad le compete una facultad y (v) se establecen los principios para evitar la duplicidad de acciones; entonces, sin duda, el significado de la declaración de los Gobernadores debe llevar a la redefinición del federalismo mexicano.

Efectivamente, tal vez el grito de los aliancistas sea el grito de todas las entidades, aunque algunas no deseen que se les identifique como federalistas. Esto es así, si entendemos que “el federalismo se presenta como un mecanismo de pacificación institucional, que contribuye a encontrar soluciones acordadas (no impuestas desde el gobierno central) entre las partes que integran diversas unidades territoriales federadas”. (Tortolero 2018: 212). 

Aun con sus evidentes orígenes partidistas opositores al Gobierno de López Obrador, considero que la declaración de los Gobernadores aliancistas constituye una contundente afirmación política de que el arreglo constitucional federal (el Pacto Federal) y las decisiones que con base en él se timan diariamente en México, están fallando en lograr la pacificación institucional y en construir en común las soluciones que requieren nuestros graves problemas nacionales. Creo que ese es el sentido que quisieron dar los Gobernadores a sus declaraciones. Y por el bien del país, esperemos que ese sea el el sentido que todas y todos le demos a estas palabras.

Bibliografía

Arteaga Nava, Elisur. (2017). Derecho constitucional. Parte general: Teoría y política. México: Oxford University Press.

Artola, Miguel. (2005). Constitucionalismo en la historia. Barcelona: Crítica.

Carbonell, Miguel. (2008). Constitución, reforma constitucional y fuentes del derecho en México. México: Porrúa.

Tortolero Cervantes, Francisco. (2018). “IV. El federalismo mexicano actual”. En Barceló Rojas et al., Manual de derecho constitucional. Estructura y organización del Estado mexicano. México: Fondo de Cultura Económica.