Sobre el rechazo legislativo de Eduardo Román

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De doble filo es la redacción periodística en la forma editorial, pues si bien pueden capitalizarse puntos de vista importantes sustentados y justificados, que resulten en una aportación favorable a la opinión pública, también pueden exhibir el total desconocimiento del tema tratado por parte de su autor o en el peor de los casos, editoriales amañadas dirigidas a desinformar al auditorio correspondiente. Irresponsable es que abusando de las plataformas periodísticas, un autor se pronuncie con certeza sobre algo cuando tiene una carencia absoluta de elementos o siquiera indicios que pudieran sustentar lo que afirma.

El tema de la Presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos vuelve a cobrar relevancia a raíz del gigantesco desacierto de los diputados albiazules tras rechazar la primera oportunidad de tener un ciudadano verdaderamente ajeno a los grupos políticos ocupando este importante cargo.

Si existe un ente político lastimado tras este lamentable hecho, no es el candidato Eduardo Román, ni quienes participaron en el proceso de designación, sino este mismo grupo de diputados que ahora deberán soportar el costo político que lo anterior acarrea no únicamente con la ciudadanía que verificó y percibió la transparencia, apertura y pureza del proceso, sino con cuatro de las universidades más importantes (UANL, ITESM, UDEM y FLDM), no solo de Monterrey, sino del país.

Quizá les faltó asesoría al analizar su decisión, pero el mensaje enviado a las instituciones educativas es de absoluto demérito a su trabajo, pues todas las horas de estudio, esfuerzo y disposición invertidas en el proceso, parecen carecer de total valor para ellos.

Sobre la materia, un desliz común que pone en evidencia el desconocimiento del mismo en algunas personas (tanto diputados como editorialistas), es la versatilidad ideológica con la erróneamente se percibe la función pública en un puesto como el de la CEDHNL.

Por ejemplo, en el caso del matrimonio igualitario, que además de ser un tema ya definido por la Suprema Corte como jurisprudencia, es consistente con la sintonía en la que la temática se ha desarrollado en luz de los derechos humanos en la escala mundial, tanto en los sistemas regionales como universales, el hecho de tomar como criterio de un candidato a la titularidad de la CEDH su postura sobre el matrimonio igualitario u otros temas de este corte, es vergonzosamente inútil y denota cabal ignorancia, pues concebir la idea de un titular de un órgano de protección a derechos humanos que no únicamente no esté dispuesto a protegerlos, sino que ideológicamente esté en contra de su contenido, sería equivalente a nombrar de obispo a alguien que abiertamente no cree en los santos, la Virgen María y los sacramentos. Risible.

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