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Nuevo León dará cárcel o sanción a quien contagie COVID-19 con dolo

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El secretario de Salud, Manuel de la O, informó que los ciudadanos que sean portadores de un virus transmisible y rompan en aislamiento con el fin de esparcir la enfermedad, serán acreedores a tres años de prisión o una sanción económica de 8 mil a 34 mil pesos.

De la O señaló que dichas sanciones también serán aplicadas a quienes tiene COVID-19 y sigan acudiendo a sus centros de trabajo o realicen actividades de manera común.

“Se eleva a delito la conducta consistente en el hecho de que una persona, a sabiendas de que padezca alguna enfermedad graves y transmisible, ponga la salud de otros en peligro de contagio, así como haga caso omiso a su aislamiento. Puede llegar a ser procesado penalmente con una sentencia de tres sañosamente de prisión y una multa de 100 a 400 cuotas, que va de los 8 mil 688 pesos a 34 mil 720”, detalló el funcionario.

La iniciativa a la reforma al Código Penal fue impulsada por instancia de Gobierno del Estado, en coordinación con los diputados del Congreso local.

La modificación que sanciona a los pacientes que esparzan el virus con dolo, fue publicada hoy en el Periódico Oficial del Estado, y a partir de mañana entrará en vigor.

“Multa o cárcel para aquellas personas que, sabiendo que tienen esa enfermedad, no tomen las medidas adecuadas para no contagiar a sus compañeros de trabajo u otras personas con las que tengan contacto”.

El titular de Salud Estatal aseguró que la medida implementada para disminuir los contagios, no viola los derechos humanos.