Tribunal determinó que AMLO violó un vez más imparcialidad en elecciones

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)determinó, por mayoría de votos, que el presidente Andrés Manuel López Obrador vulneró el principio de imparcialidad de las pasadas elecciones, con sus declaraciones realizadas en la conferencia matutina del 23 de diciembre.

En dicha conferencia, el mandatario afirmó que la coalición electoral conformada por PAN, PRI y PRD representa al antiguo régimen y se unieron para evitar que su proyecto tuviera mayoría en el Congreso.

«Ahora se quitan máscaras, se abrazan y formalmente se agrupan, para defender los privilegios“, dice textualmente en su conferencia matutina.

En sesión pública celebrada este miércoles, magistradas y magistrados estimaron que dichas expresiones constituyeron propaganda negativa hacia algunos partidos políticospor lo que ordenaron la individualización de la sanción a imponerse por esta violación a la Ley Electoral.

Cabe recordar que las manifestaciones del presidente fueron impugnadas el 28 de diciembre pasado por el PRD, quien acusó al presidente López Obrador por las expresiones emitidas en la conferencia matutina.

(Fuente: Luis Cárdenas MX)

TEPJF revoca sanción a Samuel por violencia política de género

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó este miércoles la sanción impuesta al gobernador electo de Nuevo León, Samuel García, por presunta violencia política de género contra la ex candidata de Morena a la Gubernatura, Clara Luz Flores.

Con base a una ponencia del magistrado Felipe de la Mata, el TEPJF determinó, por unanimidad de los seis magistrados presentes en la sesión, que no se advertía en las frases usadas por García en dos de sus spots de campaña ninguna afectación a Flores por su condición de mujer, como lo había determinado la Sala Regional Especializada el 10 de junio.

En esa ocasión, la Sala Especializada estimó que, al usar las frases “No soy como ellos” y “La vieja política”, al hacer referencia al origen partidista de Flores, el ahora gobernador electo le había causado una afectación “de manera desproporcionada”.

La sanción impuesta por la Sala Especializada fue una disculpa pública, hacerlo en un promocional cubierto con las prerrogativas de Movimiento Ciudadano y tomar cursos para dejar de incurrir en violencia política de género.

“En los recursos de revisión de procedimiento especial sancionados 278 y 279 interpuestos por Morena y Movimiento Ciudadano contra la resolución de la Sala Regional Especializada se propone declarar fundados los agravios de Movimiento Ciudadano, ya que la responsable realizó una lectura aislada de los mensajes de los promocionales. Del análisis contextual, de las expresiones que se consideraron violencia simbólica se advierte que las mismas están inmersas en una crítica del candidato hacia sus dos principales contrincantes y no únicamente a la candidatura denunciante”, estableció el TEPJF.

“El mensaje de los promocionales es muy claro en denunciar que sus dos oponentes forman o han. formado parte de un grupo político que ha gobernado de manera predominante en la entidad, de modo que no se advierte alguna frase o expresión que entrañe una idea negativa de la candidata que demerite su trayectoria por el hecho de ser mujer o que se le considere incapaz para gobernar o subordinada a la figura de su marido por lo que se propone revocar lisa y llanamente la resolución impugnada”, se añade.

Durante la discusión del proyecto, los magistrados Mónica Soto Fregoso y Reyes Mondragón estimaron que en los anuncios de García éste hace una crítica severa a sus adversario y no se advierte en ello una intención de demeritar las capacidades de Flores o de invisibilizarla.

Inicia INE proceso de liquidación de RSP, PES y Fuerza por México

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El Instituto Nacional Electoral (INE) indicó el proceso para liquidar a los tres partidos que no alcanzaron el 3% de la votación en la elección del 6 de junio.

En la primera etapa, se eligieron a los interventores que estarán a cargo del procedimiento para Redes Sociales Progresistas (RSP), Partido Encuentro Solidario (PES) y Fuerza por México.

Jaqueline Vargas, directora de la Unidad Técnica de Fiscalización del INE, recordó que estos expertos en concurso mercantiles serán responsables del control y vigilancia del uso y destino de los recursos y bienes de los partidos políticos que desaparecerán desde el periodo de prevención hasta su liquidación.

En la elección del 6 de junio, el PES obtuvo un millón 352 mil 544 votos, el 2.75% de la votación; RSP, 868 mil 515 votos, un 1.77%; y Fuerza por México, un millón 217 mil 84 equivalente al 2.48%.

La etapa de prevención, detalló, comprende desde el momento en que el Consejo General valida los cómputos distritales en los que se confirma que esos tres partidos no alcanzaron el 3% de votación, lo que sucedió el domingo, y hasta que el Tribunal Electoral declara firme o revierte ese acuerdo.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) tiene como plazo hasta agosto para resolver las impugnaciones.

Si los magistrados resuelven que no es procedente la paridad de registro, el partido podrá reanudar sus operaciones habituales, y el interventor solo realiza un informe.

Durante la sesión de la Comisión de Fiscalización se eligieron, a través de la insaculación, a los tres interventores, de entre 68 expertos mercantiles.

Si alguno de ellos rechazara el puesto, se tomará el siguiente de la lista.

Así, para el PES se propondrá como interventor a Álvaro Martín Bardales Ramírez, quien en el 2017 aspiró a la Auditoría Superior de la Federación. Para RSP salió electo Sergio Francisco Hermila Guerrero, quien era síndico de la empresa Oceanografía; y para Fuerza por México, Samuel Ricardo Egure Lascano.

INE ordena a AMLO dejar de intervenir en elecciones; le impone tutela preventiva

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La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), interpuso una nueva tutela preventiva al presidente Andrés Manuel López Obrador, por intervenir en el proceso electoral durante sus conferencias de prensa matutinas. 

El INE aseguró que la conducta del mandatario es violatoria, reiterada y constante,además de que no acata lo que se le ha pedido en varias ocasiones desde que iniciaron las campañas electorales. 

Por su parte el Partido Acción Nacional (PAN) interpuso una queja por las 36 conferencias mañaneras realizadas del 5 de abril al 25 de mayo, es decir, durante el tiempo de campañas, por lo que pidió que se ordenara la suspensión inmediata de las campañas hasta que concluyan las elecciones y se impusiera una tutela preventiva al presidente para que se abstenga de seguir incurriendo en el proceso electoral.

La petición sobre suspender las conferencias de prensa matutinas fue rechazado, pues ya existe una sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en la que permitieron su realización durante las campañas con el criterio de que debía apegarse a los supuestos constitucionales sin que incurra en propaganda gubernamental y se analizarían presuntas violaciones por separado.

Al seguir con las conferencias matutinas, la segunda opción fue obtener la tutela preventiva “ya que de un análisis preliminar, se advierte que de manera ordinaria, reiterada y constante el sujeto denunciado se ha expresado en 29 de las 36 conferencias analizadas en temas que pudieran catalogarse como propaganda gubernamental o información que influye en la contienda electoral”.

Finalmente, las consejeras Claudia Zavala y Adriana Favela señalaron que suspender las mañaneras sería desproporcionado por la sentencia del TEPJF, pero los servidores públicos que participan en éstas, deben apegarse a sus deberes constitucionales y en estos momento “ningún gobierno municipal, estatal o federal puede mencionar sus logros o acciones de gobierno”.

(Fuente: Luis Cárdenas MX)

TEPJF regresa al INE caso de intervención de AMLO en elecciones de Nuevo León

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió que la Comisión Estatal Electoral (CEE) no es competente para atender las quejas interpuestas por el PRD y el PAN contra el presidente Andrés Manuel López Obrador y las devolvió a la Unidad Técnica de lo Contencioso del Instituto Nacional Electoral.

De igual manera devolvió al INE las denuncias contra López Obrador presentadas a nivel local por Movimiento Ciudadano (MC) y por su candidato a la Gubernatura de Nuevo León, Samuel García.

Cabe recordar que anteriormente el órgano electoral había determinado que no era competente y envió a las autoridades electorales del estado las denuncias contra el mandatario por interferir en el proceso electoral.

Las quejas fueron presentadas luego de que, en sus conferencias matutinas, AMLO acusó al candidato del PRI a la gubernatura, Adrián de la Garza, de entregar una tarjeta de apoyo a la mujer con motivos electorales.

Tras recibir las quejas del PRD y el PAN contra el titular del Poder Ejecutivo federal, la Unidad Técnica de los Contencioso del INE se declaró incompetente para conocerlas y remitió a la CEE por considerar que implicaban una posible afectación al proceso electoral en el Estado.

Por su parte, la CEE recibió los casos y las juntó con las denuncias de MC y García a nivel local, pero también, a través de la Comisión de Quejas y Denuncias, solicitó a la Sala Superior del TEPJF definir cuál órgano es competente para tramitarlas.

“La Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral es competente para conocer y resolver las denuncias formuladas en contra del Presidente de la República y Mario Delgado Carrillo (dirigente nacional de Morena)”, se ve en la resolución de la Sala Superior.

“Derivado de lo expuesto, se deben emitir los autos a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral para que, en el ámbito de sus facultades, actué como en derecho corresponda”.

Entre los elementos para determinar que las quejas corresponden al INE está el que son por la conducta de un funcionario federal, el uso de recursos federales y que las declaraciones se dan a nivel nacional y no se limitan a Nuevo León.

(Con información de Grupo Reforma)

TEPJF sanciona a Morena por uso indebido de spots sobre pandemia

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Sala Especializada sancionar a Morena, por el uso indebido de la pauta en la difusión de dos promocionales sobre el covid-19, que se emitieron presuntamente para informar sobre la pandemia.

Cabe recordar que en enero pasado PAN y PRD denunciaron a Morena y solicitaron eliminar la difusión de los promocionales, debido a que violaban el proceso electoral en curso. 

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) otorgó medidas cautelares y ordenó suspender la transmisión, pues consideró que aunque los materiales tenían la frase: “Tiempo cedido por Morena para el cuidado de la salud” podrían desinformar al no ser una cesión de tiempos, ni propaganda, sino material pautado.

El 13 de mayo, la Sala Especializada determinó que hubo uso indebido de la pauta por parte de Morena, pero revocó sancionar al partido y concluyó que la transmisión de spots fue responsabilidad de las concesionarias.

Sin embargo, la Sala Superior confirmó que debe sancionarse al partido, porque no renunció a sus tiempos en radio y televisión conforme al acuerdo del INE para ceder esta prerrogativa, a fin de brindar información sobre la emergencia sanitaria.

(Fuente: Luis Cárdenas MX)

“Informe de cien días del tercer año de gobierno de AMLO fue ilícito”: TEPJF

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinó que el informe de los “Primeros 100 días del Tercer Año de Gobierno” del presidente Andrés Manuel López Obrador, fue ilícito pues se realizó en medio de las campañas electorales y esto vulnera la imparcialidad y laneutralidad de la competencia electoral. 

La Sala Regional Especializada consideró que el informe de actividades que realizó López Obrador el pasado 30 de marzo, no acreditó infracciones constitucionales de propaganda personalizada o indebida ni mal uso de recursos públicos, lo que fue impugnado por el PRD. 

El proyecto presentado ante el TEPJF determinó que hay elementos suficientes para considerar el evento como un acto ilícito, pues constituye propaganda personalizadaal advertirse que durante todo el evento, además de que fue notoria la presencia del titular del Ejecutivo y el propósito de su discurso fue obtener la aprobación de su labor al frente del Gobierno Federal. 

Además de que el evento se realizó cuando ya habían comenzado las campañas en Campeche, Colima, Guerrero, Nuevo León, San Luis Potosí y Sonora, además se difundió en 38 emisoras de radio y televisión.

Por unanimidad de votos se aprobó revocar la sentencia de la Sala Especializada para que emita un nuevo análisis en el que “debe reconocer que el evento fue propaganda gubernamental ilícita y debe emitir las consecuencias jurídicas que en derecho corresponda”.

(Fuente: Luis Cárdenas MX)

TEPJF tumba candidatura local de Mariela Saldívar

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La candidatura de Mariela Saldívar para buscar el Distrito 8 local con la coalición Juntos Haremos Historia, encabezada por Morena, fue revocada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación después de una impugnación del Partido Acción Nacional (PAN).

En la resolución de la Sala Superior se argumentó que para aspirar a una reelección por un partido diferente al que había representado en el periodo anterior debió haber renunciado o perdido la militantes antes de la mitad de su mandato.

Sin embargo, cabe mencionar que Saldívar fue legisladora simpatizante, más no militante de Movimiento Ciudadano, por lo que cuestionó el vínculo que hicieron los magistrados de la Sala Superior para tumbar su candidatura.

Cabe recordar, que Saldívar comenzó el 2018 su ciclo como diputada local plurinominal por Movimiento Ciudadano (MC), y en febrero dejó el partido para unirse al proyecto de Clara Luz Flores en Morena, donde fue postulada como candidata.

Este sábado, Saldívar fue notificada, y acusó al PAN de cerrar su oportunidad de representar a la ciudadanía en el Congreso local porque la consideran una amenaza para el sistema político del estado.

“Soy una amenaza para el sistema político en Nuevo León por eso entiendo que, en su momento, Movimiento Ciudadano, a pesar de mi desempeño como diputada, me haya negado la oportunidad de participar con ellos electoralmente. Y también entiendo que el PAN se empeño en impugnar mi candidatura como diputada local hacia la reelección hasta que logró cerrar esa oportunidad para mí. Soy una amenaza para el sistema y nao me quieren en el Congreso de Nuevo León”, afirmó.

La resolución del TEPJF se después de que, previamente, el PAN había impugnado la candidatura sin que ésta prosperara ni en la Comisión Estatal Electoral, ni en el Tribunal Estatal Electoral, ni en la Sala Regional Monterrey del TEPJF, y fue hasta la última instancia en la que se revocó la candidatura de Saldívar.

TEPJF revoca “tapabocas” electoral a AMLO

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, en sesión privada, el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) por el cual se imponían limitaciones a las expresiones del presidente Andrés Manuel López Obrador en sus conferencias mañaneras, giras y eventos durante el proceso electoral 2020 – 2021.

De acuerdo con el Magistrado Felipe de la Mata, quien reveló en sus cuentas de redes sociales la decisión, el INE excedió la orden que la había dado el Tribunal.

“Se revocó el acuerdo del Consejo General del INE, por el cual dictó medidas cautelares inhibitorias respecto de todo servidor público, para que se abstuvieran de realizar manifestaciones cuyo contenido pueda ser de naturaleza electoral”, publicó De la Mata.

El proyecto que circuló desde la semana pasada indicaba que el Tribunal, con anterioridad, había considerado licitas las conductas que el INE quería limitar y señalaba que al no quedar comprobada “la alta probabilidad” de posibles conductas ilícitas en el futuro, lo procedente era la revocación del acuerdo.

Cabe mencionar que el acuerdo del INE contemplaba un decálogo de limitaciones durante el tiempo electoral no sólo para el presidente, sino para funcionarios de cualquier nivel de gobierno.

“El Consejo General del INE excedió lo ordenado al dictar medidas cautelares para todo servidor. Si pretendía establecer un lineamiento general para los servidores públicos, podía haber ejercido su facultad de atracción, acorde al procedimiento de ley”, justificó De la Mata.

Presume Congreso de Nuevo León 13 leyes en Informe

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Al rendir su informe de actividades del segundo año de ejercicio de la actual Legislatura, Juan Carlos Ruiz destacó que se aprobaron 13 nuevas leyes y que se realizaron reformas constitucionales para permitir que el Congreso local pudiera seguir operando con sesiones de comisiones a distancia, pese a la pandemia por Covid-19.

El hasta hoy presidente del Congreso dijo que en el segundo año de ejercicio de la Legislatura se atendieron 919 asuntos, de los cuales 208 corresponden a decretos, 220 a acuerdos y 360 a acuerdos administrativos.

Dijo que desde marzo la Legislatura se vio obligada a modificar la Constitución local y su Ley Orgánica para permitir que las sesiones de comisiones de dictamen y comités pudieran realizarse en línea y para que las sesiones del Pleno también se pudieran llevar a cabo a distancia.

Destacó las nuevas leyes de Movilidad, la del Isssteleón, Fomento y Protección Apícola, Entrega-Recepción, Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, Archivos, Ciencia, Tecnología e Innovación, Atención y Protección de las Personas con la Condición del Espectro Autista y Trastornos del Neurodesarrollo.

Ruiz incluyó dentro del listado de nuevas leyes, las anuales, como son las de Ingresos del Estado, la de Ingresos de los Municipios, la de Hacienda del Estado, la de Hacienda para los Municipios y la de Egresos del Estado.

Incluso, incluyó dentro de las reformas legales una hecha a la Ley Ambiental del Estado para la prohibición de plásticos de un sólo uso en la entidad, que nunca se mandó publicar y que, a petición de él, se regresó a comisiones.

De hecho, dijo que se habían hecho reformas constitucionales y a la Ley de Medio Ambiente para crear una Comisión Estatal para la Calidad del Aire, lo cual aún no se concreta, pues la modificación a la Constitución sólo se ha validado en primera vuelta y su aprobación definitiva se incluyó en las agendas de varias bancadas -incluso la del PAN- para el periodo que inicia mañana.

También dijo que habían tenido avances en materia de paridad, cuando recientemente la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que la Legislatura había sido omisa en ese tema y en violencia política y les ordenó legislar al respecto.

El informe, que se realizó en línea y duró casi una hora, fue seguido por 130 personas.

En representación del Gobernador Jaime Rodríguez, el Secretario General de Gobierno, Manuel González, dio un mensaje en el que reconoció el trabajo de los Diputados locales, las medidas adoptadas durante la pandemia y les recordó que entraban en el último año de su gestión y que éste, sin duda, estaría marcado por un proceso electoral inédito que ya estaba en puerta.

 

 

(Con información de El Norte)