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Revela Secretaría de Salud actividades esenciales que no pueden parar durante emergencia sanitaria

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El subsecretario de Salud, Hugo López-Gatell, enlistó este martes las actividades laborales que no podrán parar durante el periodo de emergencia sanitaria decretado este lunes por el Gobierno federal con la finalidad de contener la dispersión COVID-19.

“Se ordena la suspensión inmediata de actividades no esenciales en los sectores público, privado y social con el fin de mitigar la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV-2”, leyó López-Gatell esta mañana en Palacio Nacional.

No obstante, dijo, hay labores que no se pueden dejar de desempeñar porque son indispensables para el funcionamiento de la sociedad en la vida diaria, como la atención médica, la producción y el reparto de alimentos, los servicios de agua y luz, de combustible, y la seguridad pública, entre otras.

En lo que corresponde a la rama médica, el decreto incluye el abasto, servicios y proveeduría de sector farmacéutico, manufactura de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud, así como los involucrados en disposición de los residuos peligrosos biológicos-infecciosos, tanto en el sector público como en el privado.

También la limpieza y sanitización de las unidades médicas en los diferentes niveles.

En materia de seguridad pública y la protección ciudadana, así como la defensa de la integridad y la soberanía nacional, la procuración e impartición de justicia, además de la actividad legislativa en los niveles federal y estatal.

Los sectores económicos considerados esenciales son los servicios financieros; la recaudación tributaria; la distribución y venta de energéticos; la generación y distribución de agua potable, la industria de alimentos y bebidas no alcohólicas.

También mercados de alimentos, supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes y venta de alimentos preparados.

Tampoco deben parar los servicios de transportes de pasajeros y de carga, la producción agrícola y pecuaria, agroindustria, química, productos de limpieza, las ferreterías, los servicios de mensajería y las guardias en labores de seguridad privada.

En la lista se incluyen guarderías y estancias infantiles, asilos y estancias para personas de la tercera edad.

Las telecomunicaciones y los medios de información, además de los servicios privados de emergencia, los servicios funerarios y de inhumación, el almacenamiento y cadena de insumos esenciales.

En esta fase se mantendrán la operación de aeropuertos, puertos y ferrocarriles y las actividades cuya suspensión pueda tener efectos irreversibles.

En cuanto al Gobierno, se mantiene la operación de los programas sociales.

En los sectores económicos que mantendrán las labores se pide atender las recomendaciones de no realizar reuniones de más de 50 personas y el lavado de manos constante.

López-Gatell especificó que las medidas se implementarán entre el 30 de marzo y el 30 de abril.

En forma efectiva”, dijo, son 21 días hábiles, entonces también que tengan conciencia de que la reducción de movilidad son 30 días, pero en términos laborales son 21 días”.